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Tribunal constitucional rechaza ambos requerimientos presentado por ley de aborto en 3 causales.

Que post más estupido :lol2:

:lol2:

Pensé la misma wea

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Se viene otro trapo de inmundicia :clapclap:
 
Lo más triste de esto no es el aborto en sí, es que con esta ley otra vez la izquierda va a quedarse en el poder por una buena cantidad de años. Con esto se compró a la gente y ahora toda la juventud progre alabando a Bachelet y a sus secuaces :ohno:
 
Menos del 5% embarazos entran entre esas 3 causales.
Una wea totalmente irrelevante para el comun de los chilenos y un despilfarro de tiempo y dinero.

Y obviamnte veremos al bertismo celebrando lah libertah de la mujer 2:
No por que te pongas del lado de los opus DEI, vas a ser uno de ellos... Arribista de toma


PD: como lloran las viejas fachas 2:

Enviado desde mi Lenovo K53b36 mediante Tapatalk
 
¿Qué derecho se estaría vulnerando?
“El Derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. La protección de la vida en la Constitución del Estado de Chile es coincidente con el art. 6.1 del PDCP al establecer en su artículo 19 N°1 que “La constitución asegura a todas las personas el derecho a la vida y la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer.

cipadrito si estoy mal o equivocado me citas nuevamente....
 
“El Derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. La protección de la vida en la Constitución del Estado de Chile es coincidente con el art. 6.1 del PDCP al establecer en su artículo 19 N°1 que “La constitución asegura a todas las personas el derecho a la vida y la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer.

cipadrito si estoy mal o equivocado me citas nuevamente....
Obvio que estás equivocado. Revisa la definición referida a "persona" . Además, la misma categoría de "persona humana" o "ser humano" es inaplicable a un cigoto; son contrarios por antonomasia.

Deje de dar la cacha parcerito.

:santa:
 
“El Derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. La protección de la vida en la Constitución del Estado de Chile es coincidente con el art. 6.1 del PDCP al establecer en su artículo 19 N°1 que “La constitución asegura a todas las personas el derecho a la vida y la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer.

cipadrito si estoy mal o equivocado me citas nuevamente....

Estás equivocado, lo acaba de decidir el Tribunal Constitucional :hands:
 
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