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tiempos mejores levantan restricción a extranjeros para trabajar en empresas de seguridad

KALASCH

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El diario oficial publicó el sábado pasado el decreto que levanta la prohibición para que extranjeros desempeñen funciones en empresas de vinculadas a la seguridad y el transporte de valores.
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Antes estaba establecido que sólo podían trabajar chilenos en ese rubro, de acuerdo al decreto de ley Nº 3.607, que data desde 1981. Pero dicha de norma ya no rige más y ahora permitirá incluir una dotación foránea de hasta un 15% del total.
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Lo anterior, se desprende de una determinación del nuevo decreto Nº 867 emanado desde el Ministerio del Interior en junio de 2017, luego que la administración Bachelet realizara una análisis de las reglas de la seguridad privada e incluyera una serie de modificaciones.

De acuerdo a lo señalado por el Diario Financiero, el documento pasó a Contraloría para la respectiva toma de razón en agosto de ese mismo año y luego quedó a la espera de su publicación en el Diario Oficial, que se concretó el sábado.

“Este decreto profesionaliza la actividad, es una normativa mucho más completa, y creo que esto actualiza el funcionamiento de las empresas de vigilancia que claramente han tenido un enorme desarrollo”, dijo el exdirector del Trabajo, Marcelo Albornoz, quien también destacó que “este cambio acepta a los extranjeros como parte de la realidad país”.

Los cambios a la normativa
El decreto anterior establecía 5 condiciones para trabajar en esas empresas: ser chileno, mayor de 18 años, 8º año de Enseñanza Básica, no haber sido condenado ni estar procesado por algún delito, además de salud y condiciones físicas para el cargo.

Pero ahora la situación quedó enlistada de la siguiente forma: mayor de 18 años, condiciones físicas y psíquicas para el cargo (control de impulsos, especialmente), 4º año de Enseñanza Media o su equivalente, sumado a no tener condenas ni acusaciones por algún delito.

A ello también sumaron no tener sanciones por violencia intrafamiliar, junto a no haber dejado las Fuerzas Armadas y de orden a raíz de una sanción disciplinaria. el gato cuidando la carnicería
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http://www.biobiochile.cl/noticias/...ajar-en-empresas-de-seguridad-y-valores.shtml
 
Última edición:
Osea la wea ya es oficial...15% baia baia...
 
- Ahora con mi carta "asaltante" ataco directamente a tu carta "camion de valores" y el daño restante va directo a tus puntos de vida!!!

- NO TAN RAPIDO! activo mi carta "diversidad laboral" y sacrifico un masisi enviandolo directamente al cementerio, y con ello evito el daño a mis puntos de vida!

- OOH!!! SO TOLERANT!
 
Te encargo las faltas de respeto que van a tener que soportar por parte de la gente los pobres migrantes, si a los guardias de mierda, pacos fustrados no les tiene respeto nadie desde ya.
 
el decreto lo firmo la gorda...recien hoy aparecio publicado en el diario oficial.
Los decretos presidenciales a.k.a decretos supremos (que son simples decretos de rango administrativo) pueden ser aprobados y derogados por el presidente sin preguntarle a nadie.

No confundir con decreto ley (DL) o decreto fuerza de ley (DFL) que ambos, más allá de su origen antidemocrático, tienen la misma fuerza de cualquier ley de la República.

Y Piñera el progre teniendo las facultades para modificarlo y/o eliminarlo, no lo hizo :menani:
 
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