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Corte suprema incluye hora extras en indemizacion por año de servicio

mirlo_azul

Plasta Culiad@
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Una resolución de la Cuarta Sala de la Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, que incluyó en la base de cálculo de indemnizaciones de despido lo pagado por concepto de horas extras.


La resolución del máximo tribunal unifica, de aquí en adelante, la jurisprudencia sobre el cálculo de las indemnizaciones por despido, pero aclara que sólo se ejecutará cuando se refiera a horas extras “permanentes” y “habituales”, excluyendo las “esporádicas”.

Según la legislación nacional, se considera horas extras aquellas que excedan las 45 horas de trabajo semanales. Y ahora se podrán exigir como parte del cálculo de la indemnización, sólo si estás se trabajan de manera permanente


http://www.biobiochile.cl/noticias/...xtras-a-las-indemnizaciones-por-despido.shtml
 
Una resolución de la Cuarta Sala de la Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, que incluyó en la base de cálculo de indemnizaciones de despido lo pagado por concepto de horas extras.


La resolución del máximo tribunal unifica, de aquí en adelante, la jurisprudencia sobre el cálculo de las indemnizaciones por despido, pero aclara que sólo se ejecutará cuando se refiera a horas extras “permanentes” y “habituales”, excluyendo las “esporádicas”.

Según la legislación nacional, se considera horas extras aquellas que excedan las 45 horas de trabajo semanales. Y ahora se podrán exigir como parte del cálculo de la indemnización, sólo si estás se trabajan de manera permanente


http://www.biobiochile.cl/noticias/...xtras-a-las-indemnizaciones-por-despido.shtml

perdón mi ignorancia.........eso es solo para los apitutados del sector publico o para todos :huh-47:
 
aclararon en base a que serán pagadas las horas extras en el finiquito... ya que al ser muy ambiguo el concepto, serán refutadas por los empleadores a la hora de desvincularte de la empresa, por lo tanto, éste precedente es populismo puro, porque a la hora de pagar, dudo que se lleve a cabo tal medida.
 
La única forma práctica en que me imagino que podría funcionar el cálculo para ser "justo", es demostrando que se trabajaba un factor fijo de horas extra durante una duración de tiempo ininterrumpida :zippymmm:.
 
La Corte Suprema hace lo que se le antoja, están estirando el principio pro operario de forma artificiosa y desmedida.
Lo peor es que una medida así va a atentar contra los ingresos de los trabajadores a futuro, ya que encareciendo tanto el despido, los empleadores optarán por impedir, en los hechos, que los trabajadores efectúen horas extras de manera permanente (gran fuente de ingresos!!).
Como ellos son funcionarios públicos que tienen la vida asegurada, les da lo mismo que la economía del país se vaya a la chucha.
 
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otro pico en el ojo mas y nos dejaran ciegos
 
La gran mayoría de los (parásitos) funcionarios públicos no están sujetos a contrato de trabajo sino que desempeñan una función públics y son nombrados, no contratados; así que no aplica para ellos esta nueva creación de la suprema.

A este paso, entre el afán creador de ley de la corte y el tribunal constitucional ni falta que hace tener congreso
 
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