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Embargo por deuda de otra persona

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Hij@'e Puta
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2015/03/01
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Macho
Estimados

Hago este thread pq estoy teniendo un problema màs o menos. Resulta que el año pasado compré mi casa (usada) la cual fue entregada en enero de este año después de toda la tramitación del banco. Días después de recibirla, llega una carta de un banco X distinto del cual yo pedí el crédito hipotecario, a nombre de un arrendatario anterior. Mi suegra abre esta carta y nos avisa a mí y a mi pareja que quieren embargar la casa por una deuda que dejó este tipo y que no ha pagado.

Preocupado empiezo a hacer las averiguaciones, voy al juzgado civil, ChileAtiende y un abogado del banco que llevaba el caso. Este último me dice que no me preocupe pues el caso si bien aún sigue abierto pq no encuentran al deudor ya está estipulado que él no vive ahí y que no me preocupe, que lo que manda el banco es extrajudicial y no tiene ningún poder.. me dice que vaya a "Calidad" en el banco para que retiren mi domicilio del sistema y no me lleguen más cartas, voy ahí y llevo el certificado de inscripción del CBR (a´ún el banco no me hace llegar la escritura) pero de Calidad me responden por correo días después que no van a retirar el domicilio pq se apega a la ley y toda la parafernalia y que si llegan a embargarme tengo que hacer una tercería de mis bienes con un abogado (500 lucas perdidas de la nada..)

Fui tb a la empresa de gestión de cobranzas externa y me dijeron que revisarían el caso con el ejecutivo, nada más

En el juzgado civil me dieron el rol de la causa y me mostraron que el año pasado a mitad de año fue un notificador y encontró la casa vacía con letrero Se Vende, es lo último que sale en la página. Es decir, este tipo aún no habría sido notificado de todo esto.

En fin, hasta ahí quedé medio confundido pq de unos lados me dicen una cosa y de otros otra. Ahora ayer (marzo 2015) me acabo de encontrar una nueva carta del banco dirigida al tipo pero no quiero abrirla pq no es correspondencia mía... pero luce igual que la anterior, entonces me vuelvo a asustar y por eso hago este topic.

Qué debo hacer en este caso? Es legal que demostrando que esa casa fue comprada por otra persona sigan molestando a los actuales dueños y moradores amenazando con quitar los bienes? Pueden entrar a mi casa si está sin moradores para anotar los bienes? pues yo y mi señora trabajamos durante el día y mi suegra está enl a casa sólo algunas veces.

Eso. Realmente cualquier ayuda es muy agradecida. Saludos!
 
Estimados

Hago este thread pq estoy teniendo un problema màs o menos. Resulta que el año pasado compré mi casa (usada) la cual fue entregada en enero de este año después de toda la tramitación del banco. Días después de recibirla, llega una carta de un banco X distinto del cual yo pedí el crédito hipotecario, a nombre de un arrendatario anterior. Mi suegra abre esta carta y nos avisa a mí y a mi pareja que quieren embargar la casa por una deuda que dejó este tipo y que no ha pagado.

Preocupado empiezo a hacer las averiguaciones, voy al juzgado civil, ChileAtiende y un abogado del banco que llevaba el caso. Este último me dice que no me preocupe pues el caso si bien aún sigue abierto pq no encuentran al deudor ya está estipulado que él no vive ahí y que no me preocupe, que lo que manda el banco es extrajudicial y no tiene ningún poder.. me dice que vaya a "Calidad" en el banco para que retiren mi domicilio del sistema y no me lleguen más cartas, voy ahí y llevo el certificado de inscripción del CBR (a´ún el banco no me hace llegar la escritura) pero de Calidad me responden por correo días después que no van a retirar el domicilio pq se apega a la ley y toda la parafernalia y que si llegan a embargarme tengo que hacer una tercería de mis bienes con un abogado (500 lucas perdidas de la nada..)

Fui tb a la empresa de gestión de cobranzas externa y me dijeron que revisarían el caso con el ejecutivo, nada más

En el juzgado civil me dieron el rol de la causa y me mostraron que el año pasado a mitad de año fue un notificador y encontró la casa vacía con letrero Se Vende, es lo último que sale en la página. Es decir, este tipo aún no habría sido notificado de todo esto.

En fin, hasta ahí quedé medio confundido pq de unos lados me dicen una cosa y de otros otra. Ahora ayer (marzo 2015) me acabo de encontrar una nueva carta del banco dirigida al tipo pero no quiero abrirla pq no es correspondencia mía... pero luce igual que la anterior, entonces me vuelvo a asustar y por eso hago este topic.

Qué debo hacer en este caso? Es legal que demostrando que esa casa fue comprada por otra persona sigan molestando a los actuales dueños y moradores amenazando con quitar los bienes? Pueden entrar a mi casa si está sin moradores para anotar los bienes? pues yo y mi señora trabajamos durante el día y mi suegra está enl a casa sólo algunas veces.

Eso. Realmente cualquier ayuda es muy agradecida. Saludos!

A ver por lo que entendí, tu problema es que luego que compraste tu casa te empezaron a llegar notificaciónes de embargo por deudas contraídas por un antiguo arrendatario, es eso verdad?

Bueno si es eso te cuento que lo que te llega es un aviso extrajudicial de cobranza, los bancos para evitarse la paja de irse a juicio y embargar contratan empresas de cobranza externa para que ellos webeen a los deudores para obtener el pago sin juicio, ya que si lo logran ganan un porcentaje del pago.

Esta notificación vale todo lo que es callampa, así que por ese lado no te preocupes.

Ahora si luego de esto va un receptor (no notificador) judicial a tu casa ahí la cosa cambia. Que haría yo, pediría un certificado de domino vigente (conservador de bienes raíces) de la casa en donde salga tu nombre como dueño y cuando vaya el receptor mostrarle ese documento y el certificara que la casa ya no esta ocupada por el antiguo deudor y debería dejarte en paz.

Ahora no todos los receptores son tan buena onda, por lo cual podría igual embargarte la casa, en ese caso tienes que hacer una tercería de dominio no de posesión, ya que el dominio de los bienes raíces se prueba con la inscripción de esta en el conservador de bienes raíces.

Este tramite lo tienes que hacer con abogado y te cobrarían entre 300 a 500 lucas, aunque puedes regodearte por que hay tanto abogado que capaz que te salga menos.
Yo te recomiendo que con el rol de la causa (juicio) dos veces al mes te metas a ver en que estado procesal esta el juicio, si por ejemplo el banco solicita embargo de tu casa ahí te urjes (aunque no creo que pase) , ademas si el banco reconoce que el deudor ya no vive en tu casa deberían dejar de molestarte, los que no te van a dejar de wear es la empresa de cobranza, por lo cual ahí te puedes poner un poco mas pesado y decirles que si no dejan de molestar podrás tomar acciones legales, y ahí te dejaran de wear, ahora es el banco quien da la orden a estas empresas de cobranza para dejen de cobrar, por lo cual anda al banco y exígeles que den esa orden.

si quieres mándame el rol y el tribunal del juicio por interno y te cuento en que esta.
Bueno espero haberte ayudado, saludos,
 
A ver por lo que entendí...

Muchas gracias por tu respuesta, es una gran ayuda.

Siempre me meto con el rol de la causa a ver en qué está la cosa, no soy muy entendido pero en el historial lo último que sale es de septiembre del año pasado en donde el receptor judicial indica algo como "me constitui en casa bla bla bla diligencia que no pude realizar por cuanto domicilio se encuentra sin moradores con letrero SE VENDE", y no hay ninguna actualización después de eso. Según mi lógica no entendida debería ser suficiente eso pa que me dejen de hinchar las bolas.

Salen ahí en la pág los litigantes y del mismo juzgado civil me mandaron a hablar con el abogado, no lo encontré pero encontré a otro tipo que me dijo que no me preocupara y que esas cosas extrajudiciales no tienen ningún poder, pero me siguen llegando estas cartas de la empresa externa asustándome.

Tengo certificado de dominio vigente e inscripción en CBR, la escritura aun no me llega.

Lo otro que me tiene preocupado es que el receptor judicial vaya a hacer la nota de bienes (o como se llame, el embargo) cuando yo no esté en la casa (con mi polola trabajamos todo el día).. si hace eso puede entrar nomás para hacerla o tengo que estar yo presente?? tiene que dejar algún papel o copia de lo que anotó si va cuando no estoy? como pa pegarme el alcachofazo de que fueron a anotar mis cosas y hacer la tercería.

Gracias por tu respuesta, el rol no lo tengo ahora pq estoy en la pega, apenas pueda te lo envío.

Saludos!
 
Muchas gracias por tu respuesta, es una gran ayuda.

Siempre me meto con el rol de la causa a ver en qué está la cosa, no soy muy entendido pero en el historial lo último que sale es de septiembre del año pasado en donde el receptor judicial indica algo como "me constitui en casa bla bla bla diligencia que no pude realizar por cuanto domicilio se encuentra sin moradores con letrero SE VENDE", y no hay ninguna actualización después de eso. Según mi lógica no entendida debería ser suficiente eso pa que me dejen de hinchar las bolas.

Salen ahí en la pág los litigantes y del mismo juzgado civil me mandaron a hablar con el abogado, no lo encontré pero encontré a otro tipo que me dijo que no me preocupara y que esas cosas extrajudiciales no tienen ningún poder, pero me siguen llegando estas cartas de la empresa externa asustándome.

Tengo certificado de dominio vigente e inscripción en CBR, la escritura aun no me llega.

Lo otro que me tiene preocupado es que el receptor judicial vaya a hacer la nota de bienes (o como se llame, el embargo) cuando yo no esté en la casa (con mi polola trabajamos todo el día).. si hace eso puede entrar nomás para hacerla o tengo que estar yo presente?? tiene que dejar algún papel o copia de lo que anotó si va cuando no estoy? como pa pegarme el alcachofazo de que fueron a anotar mis cosas y hacer la tercería.

Gracias por tu respuesta, el rol no lo tengo ahora pq estoy en la pega, apenas pueda te lo envío.

Saludos!
A ver si desde septiembre que no tienen movimientos el juicio probablemente se vaya a dormir luego en el pre archivo y luego en el archivo judicial, así que ahí no tendrás de que preocuparte.

Respecto a que si van a tu casa y no hay nadie, primero hay que diferenciar algo,de cuanto es el monto de la deuda, por que son 800 lucas probablemente lo que te va a embargar serán sillas, teles y cosas así, para lo cual deberán entrar a tu casa ver los bienes que tienes y trabar el embargo.

Si un día van y no hay nadie dejaran como que la gestión no se pudo hacer por no haber nadie o por oposición, en ambos casos el banco deberá pedir fuerza publica para ingresar a la casa, o sea ira con los pacos y un cerrajero y te abrirán la casa, esto pasa cuando la deuda es importante, por 300 lucas nicagando lo harán ya que es el medio webeo, pero por sobre 800 lucas hasta 3 palos lo podrán hacer.(esto es en general, he visto embargos por 100 lucas)

Lo otro que pueden hacer si la deuda es sobre 800 lucas es embargarte el auto pero eso es difícil, pero se puede hacer.
Ahora cuando el monto es de millones te pueden embargar la casa, en ese caso el receptor hace el embargo con el certificado de dominio vigente que debe estar a nombre del deudor y proceder al embargo, para eso no es necesario que ingresen a tu casa, ya que el valor de esta se mide por el avaluó o tasación fiscal y un avaluó comercial que hace el banco o por el monto del crédito.

Ahora cuando te embragan y no hay nadie el receptor hace un listado de las cosas embragadas, esas cosas no se las llevan, las dejan en tu poder como depositario provisional, lo único que no podrás hacer es venderlas o deshacerte de ellas, pero ocuparlas si, y el listado de cosas embargadas te las deben dejar y notificar, aunque deben dejar constancia de esto en el miso expediente.
eso saludos
 
A ver si desde septiembre que no tienen movimientos el juicio probablemente se vaya a dormir luego en el pre archivo y luego en el archivo judicial, así que ahí no tendrás de que preocuparte(...)

El monto son 8 cifras, por eso estoy tan preocupado.

Pueden embargarme el auto igual si éste está a mi nombre?? y bueno la casa igual está a mi nombre xd.

Entonces entiendo que si estos tipos van a mi casa y no me encuentran, yo al meterme a la página para ver el desarrollo del caso me voy a encontrar con alguna actualización que diga que fueron y no me encontraron.

Saludos y gracias de nuevo.
 
si tu auto y tu casa están a tu nombre pueden embargartelo pero debes hacer tercería, los receptores no preguntan de quien son las cosas llegan y embargan, y es obligación tuya probar que no corresponden al deudor
 
El monto son 8 cifras, por eso estoy tan preocupado.

Pueden embargarme el auto igual si éste está a mi nombre?? y bueno la casa igual está a mi nombre xd.

Entonces entiendo que si estos tipos van a mi casa y no me encuentran, yo al meterme a la página para ver el desarrollo del caso me voy a encontrar con alguna actualización que diga que fueron y no me encontraron.

Saludos y gracias de nuevo.

si tu auto y tu casa están a tu nombre pueden embargartelo pero debes hacer tercería, los receptores no preguntan de quien son las cosas llegan y embargan, (en los casos de autos y casas piden al conservador y al registro civil el nombre de los dueño,por lo cual es super poco probable que te los embraguen si tu no eres el deudor) y es obligación tuya probar, cuando sean otros bienes embargados que no corresponden al deudor
 
A ver si desde septiembre que no tienen movimientos el juicio probablemente se vaya a dormir luego en el pre archivo y luego en el archivo judicial, así que ahí no tendrás de que preocuparte.

Respecto a que si van a tu casa y no hay nadie, primero hay que diferenciar algo,de cuanto es el monto de la deuda, por que son 800 lucas probablemente lo que te va a embargar serán sillas, teles y cosas así, para lo cual deberán entrar a tu casa ver los bienes que tienes y trabar el embargo.

Si un día van y no hay nadie dejaran como que la gestión no se pudo hacer por no haber nadie o por oposición, en ambos casos el banco deberá pedir fuerza publica para ingresar a la casa, o sea ira con los pacos y un cerrajero y te abrirán la casa, esto pasa cuando la deuda es importante, por 300 lucas nicagando lo harán ya que es el medio webeo, pero por sobre 800 lucas hasta 3 palos lo podrán hacer.(esto es en general, he visto embargos por 100 lucas)

Lo otro que pueden hacer si la deuda es sobre 800 lucas es embargarte el auto pero eso es difícil, pero se puede hacer.
Ahora cuando el monto es de millones te pueden embargar la casa, en ese caso el receptor hace el embargo con el certificado de dominio vigente que debe estar a nombre del deudor y proceder al embargo, para eso no es necesario que ingresen a tu casa, ya que el valor de esta se mide por el avaluó o tasación fiscal y un avaluó comercial que hace el banco o por el monto del crédito.

Ahora cuando te embragan y no hay nadie el receptor hace un listado de las cosas embragadas, esas cosas no se las llevan, las dejan en tu poder como depositario provisional, lo único que no podrás hacer es venderlas o deshacerte de ellas, pero ocuparlas si, y el listado de cosas embargadas te las deben dejar y notificar, aunque deben dejar constancia de esto en el miso expediente.
eso saludos
primer tema que leo que no piden dinero ni nada enseñan muchas gracias
 
hola:
hace poco pasé algo parecido... compré casa usada y tiempo despues llegó embargo por familiar de vendedor...

al final me logré contactar con abogados demandantes y le informé de direccion nueva ( de deudor). al final cambiaron la.direccion y siguieron todo el trámite allá.

¿ compraste con crédito?
¿ el dueño anterior dice algo?

la tercería la puede poner recién una vez te hayan embargado y no antes ( ojo que a cualkier abogado te va a querer meter lo de la tercería, pa sacarte plata... hasta hacer esperar pa que el proceso llegue a eso.)



Enviado desde mi HUAWEI VNS-L23 mediante Tapatalk
 
hola:
hace poco pasé algo parecido... compré casa usada y tiempo despues llegó embargo por familiar de vendedor...

al final me logré contactar con abogados demandantes y le informé de direccion nueva ( de deudor). al final cambiaron la.direccion y siguieron todo el trámite allá.

¿ compraste con crédito?
¿ el dueño anterior dice algo?

la tercería la puede poner recién una vez te hayan embargado y no antes ( ojo que a cualkier abogado te va a querer meter lo de la tercería, pa sacarte plata... hasta hacer esperar pa que el proceso llegue a eso.)



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En este caso es un familiar que le dejo la deuda a otro de 1.600.000 el cual se le pidió la persona que se declara en quiebra https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/ver/37407 no se si sera el mejor consejo para el el banco le dice que junte 500.000 quede en costo 0 intereses las cuotas o 1.000.000 previo evaluación asi estan las reglas del banco porque no permitió cuotas
 
hola:
hace poco pasé algo parecido... compré casa usada y tiempo despues llegó embargo por familiar de vendedor...

al final me logré contactar con abogados demandantes y le informé de direccion nueva ( de deudor). al final cambiaron la.direccion y siguieron todo el trámite allá.

¿ compraste con crédito?
¿ el dueño anterior dice algo?

la tercería la puede poner recién una vez te hayan embargado y no antes ( ojo que a cualkier abogado te va a querer meter lo de la tercería, pa sacarte plata... hasta hacer esperar pa que el proceso llegue a eso.)



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Bueno primero que todo, el tema es de hace 2 años. El loco de arriba lo revivió sin querer.

Finalmente nunca me contacté con el dueño anterior.La deuda era o es de 10 palos apróx. :lol2:

Primero hablé con la empresa cobradora y me contestó un wn que puro me peloteaba y no llegó a solución, porque supuestamente el loco que llevaba mi caso era otro, o tenía que hablar con su jefe primero, ya ni me acuerdo. Después fui al banco con toda la documentación que avalaba que yo soy el dueño de la casa (escritura, inscripción CBR), pero no me pescaron mucho y me decían que el weón que tenía que hacer el cambio de domicilio es el deudor, que es el cliente del banco :lol2: la weá es muy tonta pensando que obviamente el loco se está arrancando y además, yo estoy demostrando que compré la casa.

Así que fui a la SBIF y presenté el caso, y después me llegó un correo con una carta del banco donde salía que iban a dejar de llegar notificaciones y weás a la casa. Han pasado 2 años y hasta el momento no he vuelto a saber del tema.

En todo caso, las notificaciones que llegaban siempre fueron extrajudiciales, emanadas de la empresa externa de cobranza y nunca llegó nada judicial.

:bye1:
 
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