Goalkeeper
Papito corazón!! paga la pensión!!
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Si se, lo primero que dirán es lo que todo el mundo sabe.
El archivo de las causas civiles no ocurre porque alguien lo pida, simplemente porque la causa no ha tenido moviemiento en un tiempo determinado. Los demandantes no generan ningúna instancia de avance de la causa y el tribunal decide archivarla, lo que no significa que se haya extingido la causa, solo está congelada, hasta que los HDP de los demandantes decidan reabrirla, lo que es un webeo y generalmente no lo hacen.
Para los que no saben mi historia, no creo que no la sepan se los resumo brévemente:
1. Tengo 2 demandas de mi ex banco en mi contra, una por 4,5 palos y otra por 2 palos.
2. Ambas demandas con un pagaré individual por cada una, pagaré generado automáticamente por el banco.
3. Ambos pagarés ya están vencidos en su fecha para ejercer acciones ejecutivas... ya sé , ya sé, lo hicieron antes del vencimiento (para allá voy)
4. La demanda de 4,5 millones, está archivada hace 4 meses.
5. La demanda de 2 palos, aún no cae en eso.
Mi duda es la siguiente, el tiempo de inactividad de una demanda ¿puede ser roto por cualquier wea?, por ejemplo, mi 2da demanda estaba desde mayo sin movimiento, desde que se hizo la traba del embargo y ahora en octubre, 5 meses después, hubo un movimiento, pero fue solo un otorgamiento de poder amplio entre abogados, es como si el abogado que llevaba la causa, le diera el pase a otro abogado para que ese se haga cargo,,,, onda, el culiao se fue de vacaciones o se jubiló, se enfermó que se yo y le cedió todas las causas a otro abogado.
La duda es esa, porque según yo, 6 meses y la causa se archiva por falta de movimiento, pero ¿se considera movimiento ese anuncio de ceder poder entre abogados?.
Estoy expuesto, no sé que pasará, no tengo ni un puto peso para pagar al abogado que me quería defender, he tenido otros problemas.
La idea era invocar el abandono de procedimiento y demostrar que nunca se me notificó personalmente de la 2da demanda, una vez demostrado el abandono y lo de la notificación, el asunto quedaría en cero y tendrían que volver a demandarme nuevamente, pero como el pagaré está extinto en su fecha, no podrían hacerlo y todo quedaría en nada.
Mi deuda no se extinguirá pero no podrán embargar nada.
El archivo de las causas civiles no ocurre porque alguien lo pida, simplemente porque la causa no ha tenido moviemiento en un tiempo determinado. Los demandantes no generan ningúna instancia de avance de la causa y el tribunal decide archivarla, lo que no significa que se haya extingido la causa, solo está congelada, hasta que los HDP de los demandantes decidan reabrirla, lo que es un webeo y generalmente no lo hacen.
Para los que no saben mi historia, no creo que no la sepan se los resumo brévemente:
1. Tengo 2 demandas de mi ex banco en mi contra, una por 4,5 palos y otra por 2 palos.
2. Ambas demandas con un pagaré individual por cada una, pagaré generado automáticamente por el banco.
3. Ambos pagarés ya están vencidos en su fecha para ejercer acciones ejecutivas... ya sé , ya sé, lo hicieron antes del vencimiento (para allá voy)
4. La demanda de 4,5 millones, está archivada hace 4 meses.
5. La demanda de 2 palos, aún no cae en eso.
Mi duda es la siguiente, el tiempo de inactividad de una demanda ¿puede ser roto por cualquier wea?, por ejemplo, mi 2da demanda estaba desde mayo sin movimiento, desde que se hizo la traba del embargo y ahora en octubre, 5 meses después, hubo un movimiento, pero fue solo un otorgamiento de poder amplio entre abogados, es como si el abogado que llevaba la causa, le diera el pase a otro abogado para que ese se haga cargo,,,, onda, el culiao se fue de vacaciones o se jubiló, se enfermó que se yo y le cedió todas las causas a otro abogado.
La duda es esa, porque según yo, 6 meses y la causa se archiva por falta de movimiento, pero ¿se considera movimiento ese anuncio de ceder poder entre abogados?.
Estoy expuesto, no sé que pasará, no tengo ni un puto peso para pagar al abogado que me quería defender, he tenido otros problemas.
La idea era invocar el abandono de procedimiento y demostrar que nunca se me notificó personalmente de la 2da demanda, una vez demostrado el abandono y lo de la notificación, el asunto quedaría en cero y tendrían que volver a demandarme nuevamente, pero como el pagaré está extinto en su fecha, no podrían hacerlo y todo quedaría en nada.
Mi deuda no se extinguirá pero no podrán embargar nada.