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problema con requiso legal sobre un atropello a un perro

corotoma

Hincha Huevas
Registrado
2015/06/12
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les cuento, lo que pasa que me atropellaron el perro en una carretera y procedi a retírarlo en el transcurso de la accion pasa el supuesto tipo que lo atropello y me dijo que me iba a demandar por daños al auto, lo que hice en ese momento fue negar que el perro era mio
si el tipo me demanda( en caso de que me saco foto retirandolo o con testigos) me podria meter en líos?
 
Linda la weá!!!! La cagá se la manda él y te echa el muerto a tí el Csm.... hazte el weón no mas y entierra luego al perrito.... puedes hasta funarlo por cagao.... cero respeto.... :nono:

Edit: Alguien me contó que en los estados juntos cuando no cruzas por las esquinas el conductor puede demandar al peatón por los daños y no cruzar por la esquina. Pero estamos en Chile... no creo que eso funke si ni se saca parte a peatones...
 
Última edición:
Naaaa... no tienen como probar que el perro es tuyo. Tranquilo
 
y podre defenderme con esto???????????

El hecho no sólo radica en el atropello de ‘Rocky’, sino que en la crueldad con que fue atropellado, reventado en sangre y arrastrado, lo que constituye sin duda un acto de crueldad (muerte del animal) de acuerdo a lo que señala el Artículo 291 Bis del Código Penal.

Fuente: BioBioChile http://www.biobiochile.cl/2014/10/0...tropello-de-un-animal-a-ley-de-transito.shtml

por que en fiscalia aceptan el caso e igual me citaran supongo no?
 
lo atropelló en una carretera?..y como va a saber de que casa eres?..o fuiste tan bendito de darle tus datos?
naah..son choreás que se pegan en el momento y chau
 
Linda la weá!!!! La cagá se la manda él y te echa el muerto a tí el Csm.... hazte el weón no mas y entierra luego al perrito.... puedes hasta funarlo por cagao.... cero respeto.... :nono:

La cagada se la manda el? aunque apoyo al cumpita para que no pague creo que elunico culpable aqui es el dueño del perro: las mascotas no se crian puertas afuera. Si el weon del auto iba rapido, o no, ese es otro problema. El perro no tiene porque estan en medio de una carretera.
 
lo atropelló en una carretera?..y como va a saber de que casa eres?..o fuiste tan bendito de darle tus datos?
naah..son choreás que se pegan en el momento y chau

era un colectivero de la zona e igual ubican ademas el perro se dirigia camino a la propiedad ,es algo absurdo pero igual te pueden citar a fiscalia no?
 
era un colectivero de la zona e igual ubican ademas el perro se dirigia camino a la propiedad ,es algo absurdo pero igual te pueden citar a fiscalia no?
pucha,es re comun ver en las noticias por ejemplo que se arrancan caballos por la caletera..y le llegan las penas del infierno al dueño de los animales,,multas incluídas, tomando en cuenta que el perro por un descuido tuyo se arrancó siendo atropellado y causando daños...no desestimo la idea que el colectivero haga algo legal(lo siento harto por tu cachupín) pero sobre todo los profesionales de la locomoción colectiva,se saben las leyes al revés y al derecho así es que taaaan descabellado no creo que sea con lo que te amenazó.
qué hacer?...irte en la negativa ,que no es tu perro y que por humanidad fuiste a recogerlo.
supongo que al colectivero le corresponde la parte de demostrar que el perro es tuyo.
 
Técnicamente si puede demandarte porque eres responsable que can que no ande por donde no debe.
De echo si se abollaron latas no es tanto, pero hay casos en que queda más la cagaa, se rompen parachoques, radiador, hasta tren delantero a veces. Lo mejor es hacerse el weon nomas y Chao.

Gatos al poder now!!!
 
La cagada se la manda el? aunque apoyo al cumpita para que no pague creo que elunico culpable aqui es el dueño del perro: las mascotas no se crian puertas afuera. Si el weon del auto iba rapido, o no, ese es otro problema. El perro no tiene porque estan en medio de una carretera.
La verdad jurídica ni mas ni menos... hay que ver que dice la ley...
 
¿Cómo un perro te abolla un auto?
No capté bien.

cualquier animal hace mierda cualquier auto o camion...


en australia tienen que ponerles por obligacion estas defensas para canguros.


03.JPG


imageGen.ashx
 
primero explica que hace tu perro, de raza grande por lo demas, suelto en la calle. te recuerdo que la carretera es para velocidades altas, dudo mucho que un perro quede entero y no salte sangre si lo atropellan a 100 km/h
 
a la hora que te saca la xuxa a vo' te demanda por mancharle los puños con sangre
 

Revisa los hechos.

Como lo van a aceptar en fiscalía para investigarlo, sacowea pa grande si el hecho no es constitutivo de delito. El fiscal que revise la denuncia o la querella se la llevará a su oficina para cagarse de la risa un rato, y te pegará un llamado o te mandará una carta :

expresándote lo que significas para él y lo feliz que es de conocerte y salir contigo, teniendo la esperanza de que seguir caminando juntos por el sendero de cariño que han creado, mientras en una de sus manos, estará la suya y en la otra el firme compromiso de sacarte una sonrisa en cada instante que te vea. A su vez, te dará algo más simple, la noticia de que su querella no es constitutiva de delito y que puede estar tranquilo, junto con eso un regalo, algo como un peluche pequeño sobre algún animal que te pueda gustar.

Ahora procedo a responder como corresponde. Y complemento con lo que ya te han respondido.

Como propietario de un animal eres absolutamente responsable de sus acciones (art. 2326 y 2327 del Código Civil), incluso de los daños ocasionados por éste después de su soltura o extravío. sí, incluso después de eso.

Esa responsabilidad, bajo cierto respecto puede ser objetiva por el solo hecho de haberse cometido el daño por el animal, sin que se te permita alegar prueba en contrario tendiente a ser absuelto del daño.
Una foto con el perro en facebook y cagaste con argumentos en contrario, un pantallazo de tu posteo en redes sociales de lo indignante de la situación, y cagaste; ¿querías hacer un grupo en facebook por el perro y pedir ley emilia para él? cagaste.
Como propietario del animal, obraste con descuido y negligencia, configurando un cuasidelito. Existiendo daño, cometido sin intención de causarlo .
Y creo que difícilmente podrías imputarle mucha responsabilidad al conductor en una autopista de alta velocidad, que en principio sólo debe estar atento a las condiciones actuales del tránsito, y claro a las leyes de tránsito. Quizá a qué hora ocurrió el hecho, si fue de noche no podrás imputarle demasiado al conductor, bien sea que haya atropellado un perro, una vaca o un marciano de Roswell.

Ahora difícil que te demanden, si lo hacen puedes "reconvenirlo" en la contestación de la demanda, y ser tú el que demande al conductor para que éste te pague el valor del perro, sea: daño emergente, moral y lucro cesante (ej: si usabas al perro para apuestas). Si te vas más a la mala, al conductor, al propietario y al que aparece como dueño del vehículo en Registro nacional vehículos motorizados.

En el segundo caso, crearás una paradoja en el Robocop de turno que le toque resolver el caso.


Edit: Alguien me contó que en los estados juntos cuando no cruzas por las esquinas el conductor puede demandar al peatón por los daños y no cruzar por la esquina. Pero estamos en Chile... no creo que eso funke si ni se saca parte a peatones.

Compadre acá es lo mismo, échale un ojo al art. 171 de la ley de tránsito (18.290). De ahí se agarraron los defensores de Johnny Herrera en su caso o a lo menos fue parte de su defensa. Ahora la idiosincrasia chilensis te lleva a no denunciarlo la mayoría de las veces, lo que no quiere decir que no exista.
 
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