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Sobre herencia.

raulbike

Plasta Culiad@
Registrado
2015/02/16
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La hermana de mi difunto abuelo de parte de madre está en la última vuelta de su vida. Es una mujer solitaria, sin perro que le ladre (aparentemente). No comparte los mismos apellidos que mi abuelo, porque en su juventud fue adoptada por unos wns X que al morir le dejaron la casa en herencia.

La viejita esta pasada a gladiolo y los parientes de sus papas adoptivos X están rondando las cercanías como buitres en busca de que agarrar cualquier wea cuando estire la pata. Ellos intentaron quitarle la casa cuando sus padres adoptivos murieron, pero no lo lograron.

¿Mi madre puede obtener o alegar algo, por ser hija de su hermano, presentando algún registro del año de la pera que lo acredite antes de que fuera adoptada? ¿los parientes de los padres adoptivos de la viejita tienen más derecho?

Es una casa vieja, pero en un terreno bien céntrico, por lo cual es entendible que todos lo miren con dientes largos.

Pd: sus padrastros no tienen hijos aparte de la adopción de ella. Los sobrinos de su padrastro son los que están asechandola, son los únicos vivos de la familia de su padrastro. .
 
Última edición:
Primero vea que la propiedad no haya sido transferida, verifícalo en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Debería aparecer la propiedad a nombre de la viejita o en sucesión a nombre de ella y sus hermanos.
De fallecer y ante una adopción, no existiendo un testamento previo y siendo una persona sin ascendientes o descendientes sería el pariente legal más próximo quien o quienes heredarían (si hay hermanos con el mismo apellido y padres aunque ella sea adoptada heredan ellos)


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hay que ver el grado de parentezco de los "parientes" porque eso puede jugar a favor o en contra.
 
Primero vea que la propiedad no haya sido transferida, verifícalo en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Debería aparecer la propiedad a nombre de la viejita o en sucesión a nombre de ella y sus hermanos.
De fallecer y ante una adopción, no existiendo un testamento previo y siendo una persona sin ascendientes o descendientes sería el pariente legal más próximo quien o quienes heredarían (si hay hermanos con el mismo apellido y padres aunque ella sea adoptada heredan ellos)


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No tiene hermanos de parte de X, solo sobrinos de su padrastro X.
 
hay que ver el grado de parentezco de los "parientes" porque eso puede jugar a favor o en contra.
Su padrastro no podia tener hijos, pero los hermanos de el si y le dejo varios primos. son esos wns los que estan al diente.
 
En este caso los bienes de ella serían para los parientes (por apellido) en línea colateral más cercanos.


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Su padrastro no podia tener hijos, pero los hermanos de el si y le dejo varios primos. son esos wns los que estan al diente.

Legalmente; los únicos que son herederos directos( que si o si deben tocar por ley parte de la herencia, independiente de que alguien desee deseredarlos o cagarlos con testamentos), son : la conyuge, los hijos, los padres y los hermanos......los sobrinos no son herederos obligados; por lo que si a la vieja se le pinta la raja de testar a cualquier weon, no tienen nada que alegar a nadie!!( han habido varios casos que los sobrinos juran que les corresponde por ley propiedades y sitios millonarios de tíos...pero después cagan porque se lo testan a amigos, cuidadoras pilloicas o se lo dejan hasta a las monjas)...
 
Legalmente; los únicos que son herederos directos( que si o si deben tocar por ley parte de la herencia, independiente de que alguien desee deseredarlos o cagarlos con testamentos), son : la conyuge, los hijos, los padres y los hermanos......los sobrinos no son herederos obligados; por lo que si a la vieja se le pinta la raja de testar a cualquier weon, no tienen nada que alegar a nadie!!( han habido varios casos que los sobrinos juran que les corresponde por ley propiedades y sitios millonarios de tíos...pero después cagan porque se lo testan a amigos, cuidadoras pilloicas o se lo dejan hasta a las monjas)...
Supongo que si la viejita no deja escrito estamos cagaos. Mi mami no se quiere hacer cargo de la viejita, por que paso años sin vida social cuidando de mi abuelo postrado con alzheimer y su señora ciega. Le pagamos una enfermera entre todos, pero en las tardes le tocaba a ella apechugar cuando volvia de la pega.


pd: hace como 3 años la vieja de la esquina le dejo la casa a nombre de un club de 3° edad y wea. cago a todos los hijos, por que se estaban peleando la casa.
 
Primero tienes que ver la relación de parentesco, porque hay norma especial en lo que dice la ley 7.613.
 
Primero tienes que ver la relación de parentesco, porque hay norma especial en lo que dice la ley 7.613.
en ese caso tendria todo el derecho la familia en la que fue adoptada la abuelita. Serian los primos, por que no hay hijos, padres, abuelos, sobrinos o hermanastros. El hermano biologico no tendria derecho supongo, por que la señora dejo de ser parte de la familia al ser dada en adopcion...
 
en ese caso tendria todo el derecho la familia en la que fue adoptada la abuelita. Serian los primos, por que no hay hijos, padres, abuelos, sobrinos o hermanastros. El hermano biologico no tendria derecho supongo, por que la señora dejo de ser parte de la familia al ser dada en adopcion...
Hablemos por inbox, porque te estas confundiendo.
Saludos
 
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