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Pascua Lama podría volver a operar. Se anula Multa de 16k UTA

PoLoCuaTiCo

Plasta Culiad@
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En forma unánime, el Tribunal Ambiental resolvió anular la resolución con que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) multó al proyecto minero Pascua Lama, y le ordenó rehacer totalmente la resolución sancionatoria, resolviendo los vicios e ilegalidades contenidos en el primer documento.

“Este Tribunal ha llegado a la convicción que los vicios de legalidad descritos precedentemente son de tal entidad, que sólo cabe la anulación de la resolución reclamada”, dice la sentencia.

Al acoger parcialmente las reclamaciones contra la resolución N° 477 –emitida por la SMA el 24 de mayo de 2013- el Tribunal Ambiental determinó mantener las medidas “urgentes y transitorias” ya impuestas, es decir la paralización total del proyecto minero y la obligación de construir, a la brevedad, las obras de resguardo necesarias para la protección de los recursos hídricos.

El Tribunal, después de analizarlo en extenso, resolvió rechazar el criterio utilizado por la SMA, que agrupó las 22 infracciones cometidas y reconocidas por la minera para fijar las sanciones. A través de un supuesto “concurso infraccional”, la Superintendecia tomó 19 de ellas y conformó solo dos incumplimientos, los que sumados a las tres restantes dieron lugar a una multa total de 16.000 UTA.

“La SMA incurrió en ilegalidad al sancionar los trece incumplimientos a la RCA como una sola infracción y considerar el número de incumplimientos como agravantes, por lo que deberá, al dictar la nueva resolución, proceder a sancionar cada uno de los incumplimientos en forma independiente, realizando la calificación de cada uno de ellos conforme a los criterios del artículo 36 de la LOSMA y determinar, conforme a los criterios del artículo 40, cuál es la sanción correspondiente de acuerdo a una debida fundamentación. (…) deberá proceder de la misma forma respecto de, a lo menos, los seis incumplimientos a la Resolución N° 107, ya que también se les sancionó como una sola infracción por aplicación del denominado “concurso infraccional”, calificado como improcedente por este Tribunal” dice el Tribunal Ambiental.

FALTA DE FUNDAMENTACION

El Tribunal también se refiere en su sentencia a las argumentaciones entregadas por la Superintendencia a lo largo de su resolución sancionatoria, explicando que la falta de fundamentación que se observa a lo largo de todo el documento, es una de las razones más importantes por la cual la resolución de la SMA adolece de ilegalidad.

“Este Tribunal concluye que la resolución impugnada no cumple -entre otros- con los requisitos de integridad y autosuficiencia que se exige a las resoluciones como la impugnada. Carece de integridad porque de los argumentos señalados por el Superintendente en la citada resolución, no se logra entender por qué se sancionan todas las infracciones a la RCA como una sola y por qué el número de estas se consideró como una agravante. La carencia anterior resulta contumaz respecto de las infracciones a la Resolución N° 107, donde sólo se indica que se aplicará el concurso infraccional sin ningún tipo de fundamentación. La resolución impugnada no es autosuficiente por cuanto requirió de nuevos argumentos por parte del Superintendente para explicar su decisión, lo que se agrava si se considera que dichos antecedentes estaban destinados a fundamentar una figura jurídica distinta a aquella contenida en la resolución recurrida. Lo anterior, es motivo suficiente para invalidar en esta parte la resolución”, afirma el fallo.

“Este Tribunal exigirá la debida motivación por parte del Superintendente en todo el proceso señalado, para lo cual no será suficiente referirse en términos genéricos a los fundamentos de lo decidido o enunciar la normativa aplicable sin realizar el debido análisis de cada una de las circunstancias consideradas al momento de establecer la sanción especifica. Particularmente, esta Magistratura revisará con especial detención los fundamentos de aquellas decisiones contenidas en la resolución impugnada que digan relación con la aplicación de una especial forma de sancionar las infracciones (concurso infraccional), las razones esgrimidas para calificar cada una de ellas y especialmente, el desarrollo de los argumentos de cada uno de los criterios que lo llevaron a decidirse por la imposición de una sanción en detrimento de otra de las sanciones contenidas en el artículo 39 de la LOSMA” afirma el Tribunal.

http://www.latercera.com/noticia/ne...a-de-la-sma-contra-proyecto-pascua-lama.shtml

Que les parece?
 
ahora llega la vieja qlá guatona y le da rienda suelta a todos estos proyectos :nonono:
 
hay que puro hechar a andar las cuarenta y tantas plantas generadoras de electricidad a punta de carbón y unicornios
 
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Que manera de pegarse fail este gobierno, puros pasos en falsos, lo más chistoso que se lo achacan al próximo gobierno cuando esto es 100% decisión de este desgobierno que no tiene dirección alguna en lo territorial, energético, político, ambiental, etc...

:hands:
 
democracia ejemplar para LA :lol2:
justicia de país desarrollado :lol2:
 
Que manera de pegarse fail este gobierno, puros pasos en falsos, lo más chistoso que se lo achacan al próximo gobierno cuando esto es 100% decisión de este desgobierno que no tiene dirección alguna en lo territorial, energético, político, ambiental, etc...

:hands:


en serio encontray "buenos chatos" a los luksic?????????????????? csmmmmmmmmmmmmmmmmmmmm
 
si era obvio que los weones pararon las obras porque estaban esperando la bendicion de la gorda...esto es show pa la tele.

 
Y los weones de arriba culpando a Bachelet porque la Superintendencia del Medio Ambiente hizo las cosas mal. :lol2:

:idolo: "Es culpa del gobierno posterior."
 
“Este Tribunal ha llegado a la convicción que los vicios de legalidad descritos precedentemente son de tal entidad, que sólo cabe la anulación de la resolución reclamada”

que significa eso????
 
Obvio, además de capos.

que chucha, muchas empresas estan muy mal por la gestion de los luksic como madeco, vapores, shell, empresas compradas con aumentos de capital (afp) que despues simplemente revenden a inversionistas extranjeros (madeco, vapores), lo que pasa es que tienen tanta plata gracias a la mineria y el banco que no saben donde meterla, por eso es que compran en rubros tan diferentes que van desde cervezas hasta barcos y canales de television

comprar una empresa por que me sobra la plata y si resulta bien si no mala cuea yo no lo llamaria ser capo
 
que chucha, muchas empresas estan muy mal por la gestion de los luksic como madeco, vapores, shell, empresas compradas con aumentos de capital (afp) que despues simplemente revenden a inversionistas extranjeros (madeco, vapores), lo que pasa es que tienen tanta plata gracias a la mineria y el banco que no saben donde meterla, por eso es que compran en rubros tan diferentes que van desde cervezas hasta barcos y canales de television

comprar una empresa por que me sobra la plata y si resulta bien si no mala cuea yo no lo llamaria ser capo


Me refiero a sus orígenes, además te faltó precisar que varias de las empresas nombradas venían con problemas antes de los Luksic.
 
si entiendo bien, habia 1 multa por varias cosas

ahora habrán varias multas por cada cosa, por lo que la empresa pagará mas dinero en multas


es mejor así, o no :iii:
 
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