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Polémica en el Tribunal Constitucional por contratación como asesor de ex ministro recién cesado

sennenring

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En una decisión inédita en la historia del TC, se contrató como asesor y revisor de fallos al ex ministro Francisco Fernández, quien concluyó sus ocho años de servicio el 29 de agosto. Ministros alegan que su reintegro es "improcedente y viola el debido proceso".

sábado 29 de agosto pasado el ministro integrante delTribunal Constitucional, Francisco Fernández Fredes (PS) terminó su período de ocho años en la institución, y la Corte Suprema lo reemplazó por José Ignacio Vásquez Márquez, abogado de amplia trayectoria en el Poder Judicial.

Sin embargo, apenas cuatro días después, el 3 de septiembre, en un hecho inédito para el organismo, el presidente de dicho tribunal, Carlos Carmona Santander,propuso contratarlo a honorarios como asesor, con un sueldo de $2 millones 351 mil, lo que fue aprobado por mayoría, pero reprobado por los ministros Iván Aróstica y María Luisa Brahm, quienes emitieron fuertes cuestionamientos.

El acta de sesión del TC señala que Francisco Fernández, ex encargado de asuntos económicos en Cuba durante el gobierno de Salvador Allende, ex director del Sernac y ex fiscal nacional económico, desempeñará “funciones de asesoría al Pleno consistente en la revisión de los proyectos de sentencias y otros cuerpos normativos que se le encomienden, a fin de velar por la adecuada expedición formal de las sentencias definitivas y de otras resoluciones del Pleno y/o de las Salas de esta Magistratura (por ejemplo, correcciones gramaticales, de referencia, de estilo, etc.), tal como lo realizó mientras fue Ministro de este Tribunal. Asimismo, supervisará la confección de un documento que establezca dichos criterios de revisión”.

Ministros: “Nombramiento es improcedente y viola el debido proceso”




La decisión de contratar a Fernández como asesor, amparada en el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal, fue impugnada por los ministros Aróstica y Brahm, quienes emitieron ocho argumentos en contra que se transcriben a continuación:

  1. Las sentencias deben ser redactadas por los ministros, siendo improcedente que un tercero enmiende esa redacción.
  2. Poner las sentencias en conocimiento de un tercero con facultades de corregir errores de hecho, antes de ser notificadas a las partes, viola el debido proceso y pone en riesgo la reserva de los acuerdos que establece el Código Orgánico de Tribunales.
  3. Si hay errores de hecho en las sentencias, la Constitución Política y la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, establecen la forma de corregirlos.
  4. Si existen labores que requieren de un asesor especializado, se debe intentar satisfacer esa necesidad con recursos internos, entre los cuales destaca la labor de los suplentes de ministros que, de acuerdo a la ley, deben cumplir media jornada para realizar las tareas que le encomiende el tribunal.
  5. En caso de no contar internamente con personas idóneas, y con el objeto de dar cumplimiento a los principios constitucionales de transparencia y probidad, el camino para la designación de la asesoría especializada es la realización de un concurso público, con bases que determinen las competencias y conocimientos que deban ser evaluados, para efectos de la contratación requerida.
  6. No procede que funciones públicas habituales –como es corregir proyectos de sentencias a fin de evitar errores de hecho o de derecho- sea encomendado a terceros particulares que no forman parte de la Institución, por ejercer un mero cometido a honorarios.
  7. Dado que el ejercicio de las funciones que la Constitución y la ley radica en determinados sujetos jurídicos resulta indelegable, las necesidades públicas en que se expresan tales fines permanentes deben satisfacerse por estas entidades directamente, con sus propios medios, recursos y dotación de personal.
  8. Por último, constituye un hecho anómalo contratar una prestación de servicios, indefinida en el tiempo, orientada a cumplir funciones privativas y dando lugar a una plantilla paralela e informal, al margen de la dotación oficial.
El cuestionamiento a la reelección de Carmona
Carmona fue reelecto el mes pasado por dos años más como presidente del TC -hasta agosto de 2017-, con ocho votos a favor y dos abstenciones, de Marisol Peñay Domingo Hérnandez. La ex presidenta del Tribunal defendió su postura en que el “principio de alternancia en el poder es una regla básica de la forma democrática de Gobierno”.

Carmona también coincide con Francisco Fernández en el Consejo de Modernización de la Labor Legislativa, que crearon este mes los presidentes del Senado, Patricio Walker, y de la Cámara de Diputados, Marco Antonio Núñez.

La instancia, que se extenderá durante tres meses, y tiene de presidente a Fernández, estudiará “el proceso de generación de la ley para identificar mejoras en términos de mayor transparencia, nuevos mecanismos de participación ciudadana, técnica legislativa y calidad de la ley”.

Carmona, de sensibilidad DC, ha tenido una extensa trayectoria en los gobiernos de Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Ricardo Lagos y Michelle Bachelet, donde durante su primer mandato se desempeñó como jefe de la División Jurídica. En marzo de 2009 fue propuesto por la Mandataria como ministro del Tribunal Constitucional por un período de nueve años.

http://ellibero.cl/actualidad/polem...ion-como-asesor-de-ex-ministro-recien-cesado/
 
El poder judicial es marxista, pegado en la época de Allende y los apernados hacen lo que quieren.
The End.
 
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