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Licantén: Niña de 11 años fue secuestrada por hombre con antecedentes de abuso sexual

Código Penal Artículo 141 Chile

El que sin derecho encerrare o detuviere a otro privándole de su libertad, comete el delito de secuestro y será castigado con la pena de presidio o reclusión menor en su grado máximo.

En la misma pena incurrirá el que proporcionare lugar para la ejecución del delito.

Si se ejecutare para obtener un rescate o imponer exigencias o arrancar decisiones será castigado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio.

Si en cualesquiera de los casos anteriores, el encierro o la detención se prolongare por más de quince días o si de ello resultare un daño grave en la persona o intereses del secuestrado, la pena será presidio mayor en su grado medio a máximo.

El que con motivo u ocasión del secuestro cometiere además homicidio, violación, violación sodomítica o algunas de las lesiones comprendidas en los artículos 395, 396 y 397 N° 1, en la persona del ofendido, será castigado con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado.
Lea más: http://leyes-cl.com/codigo_penal/141.htm


Presidio o reclusión menor en su grado máximo = de 3 a 5 años Eso y lo que aleguen los abogados o quizás que papita suelte el acusado. No se si si de 3 a 5 años son efectivos.
Y recuerda también intento de homicidio en contra del abuelo.
 
El delito de secuestro es uno de los más graves y con altas penas. Independiente si la cabra chica quería o no, es menor de edad y por ende es secuestro por donde se le mire.
Además para ser considerado pedófilo, no es necesario tener relaciones sexuales con un menor. Basta tener una relación amorosa / romantica con un menor para que sea configurado como pedofilia, independiente si hay relación sexual de por medio.
La palabra pederastia es la apropiada para referirse al abuso sexual que se comete con niños, y no pedofilia, que alude únicamente a la atracción romantica o sexual que una persona adulta siente por los niños, aunque no abuse de ellos.

Por eso serán importantes los informes siquiatricos para saber si hay delito de pedofilia en caso de que diga estar "enamorado" de la menor.

Tal vez no. Imaginaos el sismo del 2010. Muchos en la playa y salen todos arrastrados por un mega ola. Después de un rato el mar se retira un hombre que sobrevivio agaarado a un árbol, halla una menor en la misma situación. El no tiene idea de donde salio la menor, ni menos donde ir a dejarla asi que comienzan a caminar tratando de hallar el pueblo. En este caso, el que el aludido haya tenido una condena anterior , podría ser un factor. Podria alegar que tuvo miedo por ese factor de ir a dejar a la menor con las tortujas ninjas.
 
Tal vez no. Imaginaos el sismo del 2010. Muchos en la playa y salen todos arrastrados por un mega ola. Después de un rato el mar se retira un hombre que sobrevivio agaarado a un árbol, halla una menor en la misma situación. El no tiene idea de donde salio la menor, ni menos donde ir a dejarla asi que comienzan a caminar tratando de hallar el pueblo. En este caso, el que el aludido haya tenido una condena anterior , podría ser un factor. Podria alegar que tuvo miedo por ese factor de ir a dejar a la menor con las tortujas ninjas.
Deja de escribir weas viejo de mierda enfermo... :nonono:

El padre, en tanto, ya adelantó que buscará quedarse con la tuición de su hija. “Se alegró al verme, me dijo papá, se paró y me abrazó, con eso estoy feliz. Ahora voy a luchar por la custodia de mi hija”, sentenció.

La madre, por su parte, reaccionó diciendo que “yo voy a luchar para que eso no pase. Ella siempre ha estado conmigo, nunca ha estado con él, ahora después de tanto tiempo viene a dárselas de papá, no puede ser”.

Sename evalúa pedir que menor ingrese a un centro de protección
http://www.latercera.com/nacional/noticia/sename-evalua-pedir-menor-ingrese-centro-proteccion/64339/

:ohno:
 
Código Penal Artículo 141 Chile

El que sin derecho encerrare o detuviere a otro privándole de su libertad, comete el delito de secuestro y será castigado con la pena de presidio o reclusión menor en su grado máximo.

En la misma pena incurrirá el que proporcionare lugar para la ejecución del delito.

Si se ejecutare para obtener un rescate o imponer exigencias o arrancar decisiones será castigado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio.

Si en cualesquiera de los casos anteriores, el encierro o la detención se prolongare por más de quince días o si de ello resultare un daño grave en la persona o intereses del secuestrado, la pena será presidio mayor en su grado medio a máximo.

El que con motivo u ocasión del secuestro cometiere además homicidio, violación, violación sodomítica o algunas de las lesiones comprendidas en los artículos 395, 396 y 397 N° 1, en la persona del ofendido, será castigado con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado.
Lea más: http://leyes-cl.com/codigo_penal/141.htm


Presidio o reclusión menor en su grado máximo = de 3 a 5 años Eso y lo que aleguen los abogados o quizás que papita suelte el acusado. No se si si de 3 a 5 años son efectivos.

Al tipo lo imputaron por sustracción de menores (el artículo que le precede), que en este caso tendría una pena mayor (por no haber violación, no durar más de 15 días o pedir recompensa por el rescate):

ART. 142.
La sustracción de un menor de 18 años será castigada:

1.- Con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, si se ejecutare para obtener un rescate, imponer exigencias, arrancar decisiones o si resultare un grave daño en la persona del menor.
2.- Con presidio mayor en su grado medio a máximo en los demás casos.
Si con motivo u ocasión de la sustracción se cometiere alguno de los delitos indicados en el inciso final del artículo anterior, se aplicará la pena que en él se señala.

Igual es interesante el caso. El intento de homicidio se va a caer por el de lesiones leves, está claro, por lo que es interesante enfocarse en el secuestro. No sé como funcionará en la práctica, pero si la niña se fue con el tipo voluntariamente, él le dio refugio y comida en la casa de su hermana, y ella no estuvo en ningún momento cohercionada a no salir de la casa (suponiendo que la niña así lo llegase a afirmar ante el tribunal)... ¿seguiría siendo secuestro? ¿él la privó realmente de su libertad?
 
Al tipo lo imputaron por sustracción de menores (el artículo que le precede), que en este caso tendría una pena mayor (por no haber violación, no durar más de 15 días o pedir recompensa por el rescate):

ART. 142.
La sustracción de un menor de 18 años será castigada:

1.- Con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, si se ejecutare para obtener un rescate, imponer exigencias, arrancar decisiones o si resultare un grave daño en la persona del menor.
2.- Con presidio mayor en su grado medio a máximo en los demás casos.
Si con motivo u ocasión de la sustracción se cometiere alguno de los delitos indicados en el inciso final del artículo anterior, se aplicará la pena que en él se señala.

Igual es interesante el caso. El intento de homicidio se va a caer por el de lesiones leves, está claro, por lo que es interesante enfocarse en el secuestro. No sé como funcionará en la práctica, pero si la niña se fue con el tipo voluntariamente, él le dio refugio y comida en la casa de su hermana, y ella no estuvo en ningún momento cohercionada a no salir de la casa (suponiendo que la niña así lo llegase a afirmar ante el tribunal)... ¿seguiría siendo secuestro? ¿él la privó realmente de su libertad?
la voluntad de ella no creo que tenga mucha relevancia por ser una menor de edad, además por mucho que digan que no tiene daño psicológico lo debe tener por todo lo vivido. No podría irse tranquila y a voluntad luego de presenciar lo que pensaron era el homicidio de su abuelo, que por muy aweonao que sea el viejo, no deja de ser un hecho impactante que ella presenció.
 
Tal vez no. Imaginaos el sismo del 2010. Muchos en la playa y salen todos arrastrados por un mega ola. Después de un rato el mar se retira un hombre que sobrevivio agaarado a un árbol, halla una menor en la misma situación. El no tiene idea de donde salio la menor, ni menos donde ir a dejarla asi que comienzan a caminar tratando de hallar el pueblo. En este caso, el que el aludido haya tenido una condena anterior , podría ser un factor. Podria alegar que tuvo miedo por ese factor de ir a dejar a la menor con las tortujas ninjas.

tampoco esta bien weón, si pasa eso llevai a la pendeja al centro de la ciudad y te dejai de webiar :nonono:
 
Última edición:
la voluntad de ella no creo que tenga mucha relevancia por ser una menor de edad, además por mucho que digan que no tiene daño psicológico lo debe tener por todo lo vivido. No podría irse tranquila y a voluntad luego de presenciar lo que pensaron era el homicidio de su abuelo, que por muy aweonao que sea el viejo, no deja de ser un hecho impactante que ella presenció.

puede decidir sobre su cuerpe y su identidad de genero y no puede decidir con quien ir unos dias al bosque?
 
Las caras de ahuenaos no se las sacas ni con 15 años de charchazos constantes.
X2 JAJAJAJA, el weon lo van a condenar a 20 años, y despues de ese tiempo los weones no van a despabilar la cara de pueblerinos culiaos alumbrados "yo sueño con la capitale gancho.".
 
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