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Mal día para las feminazis: Miembros de La Manada quedan en libertad provisional

  • Autor de tema Camille Sand
  • Fecha de inicio
Estado
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La cagó el abogado de la manada wn, me quito el sombrero.
Al wn lo pusieron contra 5 feminazis y trapeó el piso con las sororas. :clapclap:



Cuando el wn dice que esta argumentando sólo, contra puras mujeres, una loca le dice que es igual al caso de la manada, que era un mujer contra 5 hombres.
El wn le responde que si, y al igual que en el caso, todos llegaron voluntariamente :jijiji2:. Un crack
El video está lleno de joyitas :vale:
 
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el abogado de la manada esta ahora en directo con TVN y el Buenos dias, todos los progress contra el y se los a comido con patas, el Ignacio Gutierrez esta con la media vena y la Aristegui hecha humo, le metio un dedo en el culo con las feminazis
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Les traigo un poco de :grito:

Todos indignados en Muy Buenos Días en contacto con abogado de La Manada: “Son imbéciles, pero no culpables”
Autor: C. Z. / 9 julio, 2018

“Son unos imbéciles, pero no son culpables”.

Esta y otras frases del abogado español Agustín Martínez, defensor de cuatro de los cinco integrantes de La Manada, el grupo que violó a una joven de 18 años hace un año, dejó atónitos, a veces molestos y otras indignados a los integrantes de Muy Buenos Días.

El matinal de TVN realizó un contacto en directo con Martínez, quien volvió a defender a ultranza a los hombres que son repudiados en su país y el resto del mundo. Esta fue parte de la conversación:

María Luisa Godoy: “Tomamos contacto con Agustín Martínez, abogado de cuatro de los cinco integrantes de La Manada. Abogado, le preguntábamos ¿qué le parece a usted la fotografía? ¿Le parece correcto que tomaran esa fotografía donde usted sale celebrando la resolución?”

Agustín Martínez: “Buenos días, María Luisa, buenos días a todos en Chile. Yo entiendo que bien ustedes deben comprender que todas las resoluciones judiciales hay que respetarlas. Cuando estas personas han sido puestas en libertad, es porque se ha aplicado el estado de derecho. Y eso significa que están en libertad porque es una resolución ajustada a derecho y, por lo tanto, debe respetarse.

“¿Cuál es el problema en que, en un momento determinado, yo pueda, no se si llamarlo celebrar, pero si lo plantean así, celebrar la libertad. No se les olvide si han escuchado el video, que han puesto ustedes de presentación de este acto, y permítanmelo, cometen un error, que es bastante común en España, que cometen algunos periodistas en España. Que es juzgar sin que sea juzgada todavía la resolución pendiente. ¿Por qué consideran que son culpables, o pueden ser culpables, si todavía no hay una resolución judicial que así lo dictamine?”

Godoy: “Pero ya hubo condena por abuso sexual. Así lo dictaminó la justicia”

Martínez: “No. Es decir, una condena en primer instancia, Chile también es un país democrático”

Nacho Gutiérrez: “Es una condena…”

Martínez: “Sí, pero permítame. Una condena, en primera instancia, simplemente equivale a una condena en primera instancia. Es decir, está sometida a que haya una resolución firme”

Gutiérrez: “Abogado, ¿usted me va a decir que no hay ninguna niña abusada acá?”

Martínez: “Que no le quepa la menor duda, Nacho, que no le quepa la menor duda”

Gutiérrez: “¿Ho hay ninguna niña abusada?”

Martínez: “Primero, estaríamos hablando de una mujer. Es verdad que ustedes, en el código penal chileno, hay una diferencia de 14-18, en España es a partir de 16 años. Y le puedo asegurar, no le quepa la menor duda, de que el resultado final de este procedimiento va a ser una sentencia absolutoria. Y le digo más. Es verdad que existen dos magistrados que entendieron que había un delito de abuso sexual, que no había agresión sexual.

“También en Chile hay una diferencia perfectamente clara de lo que es el delito de violación y el delito de abuso. Pero bien, había dos magistrados que entendieron bien que había el delito de abuso y otro, que por el contrario entendía que no había ningún delito, que no se había producido ninguna agresión y ningún delito de abuso. Por lo tanto, estamos hablando de una cuestión de actividad probatoria”

Gutiérrez: “Abogado, sacando lo técnico, me va a perdonar, pero aquí hay una joven que debe haber estado borracha, o no, fue abordada por cinco hombres en una fiesta en Pamplona. Se lo puedo preguntar. ¿Puede hablar de alguna forma humana o solamente tenemos que hablar de lo legal? Porque por último, imagínese, si estaba con trago, con alcohol, no podía ser. Más complicado todavía”

Martínez: “Claro, pero usted está partiendo… Voy a intentar hacerlo nada técnico. Usted está pretendiendo, Nacho… Lo voy a ser mucho más sencillo. Esta señora contó una versión que es que la habían introducido por la fuerza a un portal. Pues, cuando estuvimos en la sala, no dijo eso. Dijo que ella entró voluntariamente dentro del portal. Eso es un matiz importante”

Andrea Arístegui: “Pero el tribunal determinó otra cosa. El tribunal determinó que aquí no hubo consentimiento de parte de la víctima. Por eso hay una condena por abuso sexual”

Martínez: “Claro, pero disculpe. Sí, es cierto. Pero el problema es la interpretación del hecho. Aquí parece, Nacho me preguntaba algo muy simple…”

Arístegui: “La polémica respecto a la interpretación tiene que ver si es que fue violación o abuso sexual, que eso es lo que más llama la atención. Y eso es lo que ha movilizado a su país. Y eso es lo que ha hecho que las mujeres y los hombres salgan a la calle a exigir justicia. Pero aquí no se está poniendo en duda si hubo o no consentimiento. Eso queda establecido en la sentencia del tribunal, abogado”

Martínez: “No, señora. Hay un matiz…”

Arístegui: “O sea, ¿son condenados por abuso sexual por qué?”

Martínez: “Son condenados por abuso sexual porque dos magistrados entienden una cosa y otro entiende otra cosa diferente”

Arístegui: “¡Exacto! Fueron condenados por abuso sexual porque la mayoría del tribunal entiende que no hubo consentimiento. Por lo tanto, fue un abuso sexual”

Martínez: “Pero hágame caso. En primer lugar, las mayorías no necesariamente siempre tienen razón”

Arístegui: “Pero usted mismo está diciendo que, en un estado de derecho, hay que respetar lo que dice el tribunal”

Martínez: “Claro, pero en un estado de derecho, cuando no se está de acuerdo con una sentencia, es recurrirla”

Godoy: “Seamos claro. Aquí, hasta el momento, hay una condena. La condena dice que aquí hay abuso sexual. ¿A usted no le parece gravísimo?”

Martínez: “Vamos a ver. A mí claro que me parece gravísimo que haya una condena en primera instancia. Decir lo contrario sería absurdo. Es decir, la trascendencia que tiene una condena, en primera instancia, equivale a que, ahora mismo… (Error de sonido). Fíjese que un detalle más importante. Cuando están en prisión provisional, lo están con una condena de hasta más de 25 años.

“Con 9 años, ese mismo tribunal que los condena los pone en libertad a la espera de la sentencia en segunda instancia. Es decir, la valoración de las pruebas es algo absolutamente subjetivo. Y es cierto, ahora mismo son dos contra uno. Pero es más. El propio recurso mantiene un criterio que es absolutamente discutible. Nada tiene que ver lo que ocurrió en la sala con los argumentos que tiene la sentencia, nada, nada"

http://glamorama.latercera.com/noti...manada-son-imbeciles-pero-no-culpables.shtml/
 
Al abogado también lo entrevistaron en el mega la priscilla vargas y no hubo forma en que se lo cagara :hands:

:monomeon: argumentos sentimentalistas
:monomeon: argumentos feministas
 
Queda en evidencia que el medio de comunicación con más potencia de difusión que se ha inventado jamás, es operado por puros tarados :sisi3:
 
Si llegan a ganar el recurso logrando absolución, se vendrá el cataclismo.

Es muy difícil si. Hay una presión tremenda que claramente va a influir en la deliberación.
 
Hoy resolvió el Tribunal Supremo español. Se van a Canadá los violetas.

El Tribunal Supremo condena a ‘La Manada’ por violación y eleva la pena a 15 años

Uno de ellos suma otra condena de dos años, hasta un total de 17, por robo con intimidación del móvil de la víctima


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El Tribunal Supremo condena a 15 años de prisión a los cinco acusados por delito de violación por el caso de La Manada, en el que agredieron sexualmente a una joven de 18 años durante los Sanfermines de 2016.

Uno de ellos, Antonio Manuel Guerrero Escudero, suma otra condena de 2 años de prisión, hasta un total de 17, por robo con intimidación del móvil de la víctima. La Audiencia de Navarra había establecido que aquello era un mero hurto.

El Supremo establece un delito de violación con el agravante de trato vejatorio y de la actuación conjunta de dos o más personas

El Alto Tribunal establece un delito de violación con el agravante de trato vejatorio y de la actuación conjunta de dos o más personas. De esta manera incrementa la pena a los cinco sevillanos de nueve años que había fijado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra por abuso sexual a 15 años por violación. Además, el Alto Tribunal, que hoy mismo había celebrado la vista para estudiar los recursos contra la sentencia, eleva la indemnización a la víctima a un total de 100.000 euros.

La Fiscalía pedía aumentar la pena hasta 18 años de prisión. El Alto Tribunal establece que de los propios hechos probados de la sentencia de Navarra se debe determinar que hubo un “auténtico escenario intimidatorio” que obliga a calificar los hechos de violación. Además entiende que la víctima no consintió los actos sexuales, en contra de lo mantenido por las defensas de los acusados, que hoy mismo sostuvo que la joven aceptó mantener relaciones sexuales con los cinco jóvenes simultáneamente.

Prohibición de comunicación o acercamiento a la víctima durante 20 años

Además, a cada uno de ellos se les dicta inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, prohibición de acercamiento a la denunciante durante 20 años, su domicilio, lugar de trabajo o a cualquier otro que sea frecuentado por ella a una distancia inferior a los 500 metros así como la prohibición de comunicación, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, y a 8 años de libertad vigilada.

La Sala de lo Penal considera que lo que ocurrió aquella noche de Sanfermines fue una situación “intimidante” que hizo que la víctima adoptara una actitud de “sometimiento”, haciendo lo que los acusados le decían que hiciera.

Y lo hizo “ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza y las circunstancias personales de la víctima y de los acusados, lo que fue aprovechado por ellos para realizar los actos contra la libertad de aquella, al menos diez agresiones sexuales con penetraciones simultáneas bucales, vaginales y anales”.

De hecho, ya no sólo la violación en sí, el tribunal hace mención que después de los hechos los acusados hicieron “alarde” de las prácticas sexuales en los vídeos grabados, “jactándose de su obrar”, recogen los magistrados en el fallo, que ha sido anunciado tras una deliberación de más de dos horas, que ha comenzado justo después de que concluyera la vista pública en la que los cinco magistrados de la Sala han escuchado los argumentos de acusaciones y defensas.

Tras esta deliberación, el Supremo considera que lo ocurrido en los Sanfermines de 2016 fue agresión sexual y no abuso, que es el delito por el que tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) habían condenado a José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Pozas y Alfonso Jesús Cabezuelo.

Con el fallo del Supremo, la sentencia contra ‘La Manada’ ya es firme, pero el encargado de ejecutar las penas deberá ser el tribunal enjuiciador, esto es, la Audiencia Provincial, que citará previsiblemente a los condenados para comunicarles que deberán ingresar en prisión.

El Tribunal Supremo condena a 15 años de prisión a los cinco acusados por delito de violación por el caso de La Manada, en el que agredieron sexualmente a una joven de 18 años durante los Sanfermines de 2016.

Uno de ellos, Antonio Manuel Guerrero Escudero, suma otra condena de 2 años de prisión, hasta un total de 17, por robo con intimidación del móvil de la víctima. La Audiencia de Navarra había establecido que aquello era un mero hurto.

El Supremo establece un delito de violación con el agravante de trato vejatorio y de la actuación conjunta de dos o más personas

El Alto Tribunal establece un delito de violación con el agravante de trato vejatorio y de la actuación conjunta de dos o más personas. De esta manera incrementa la pena a los cinco sevillanos de nueve años que había fijado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra por abuso sexual a 15 años por violación. Además, el Alto Tribunal, que hoy mismo había celebrado la vista para estudiar los recursos contra la sentencia, eleva la indemnización a la víctima a un total de 100.000 euros.

La Fiscalía pedía aumentar la pena hasta 18 años de prisión. El Alto Tribunal establece que de los propios hechos probados de la sentencia de Navarra se debe determinar que hubo un “auténtico escenario intimidatorio” que obliga a calificar los hechos de violación. Además entiende que la víctima no consintió los actos sexuales, en contra de lo mantenido por las defensas de los acusados, que hoy mismo sostuvo que la joven aceptó mantener relaciones sexuales con los cinco jóvenes simultáneamente.

Prohibición de comunicación o acercamiento a la víctima durante 20 años

Además, a cada uno de ellos se les dicta inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, prohibición de acercamiento a la denunciante durante 20 años, su domicilio, lugar de trabajo o a cualquier otro que sea frecuentado por ella a una distancia inferior a los 500 metros así como la prohibición de comunicación, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, y a 8 años de libertad vigilada.

La Sala de lo Penal considera que lo que ocurrió aquella noche de Sanfermines fue una situación “intimidante” que hizo que la víctima adoptara una actitud de “sometimiento”, haciendo lo que los acusados le decían que hiciera.

Y lo hizo “ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza y las circunstancias personales de la víctima y de los acusados, lo que fue aprovechado por ellos para realizar los actos contra la libertad de aquella, al menos diez agresiones sexuales con penetraciones simultáneas bucales, vaginales y anales”.

De hecho, ya no sólo la violación en sí, el tribunal hace mención que después de los hechos los acusados hicieron “alarde” de las prácticas sexuales en los vídeos grabados, “jactándose de su obrar”, recogen los magistrados en el fallo, que ha sido anunciado tras una deliberación de más de dos horas, que ha comenzado justo después de que concluyera la vista pública en la que los cinco magistrados de la Sala han escuchado los argumentos de acusaciones y defensas.

Tras esta deliberación, el Supremo considera que lo ocurrido en los Sanfermines de 2016 fue agresión sexual y no abuso, que es el delito por el que tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) habían condenado a José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Pozas y Alfonso Jesús Cabezuelo.

Con el fallo del Supremo, la sentencia contra ‘La Manada’ ya es firme, pero el encargado de ejecutar las penas deberá ser el tribunal enjuiciador, esto es, la Audiencia Provincial, que citará previsiblemente a los condenados para comunicarles que deberán ingresar en prisión.

Los cinco miembros de La Manada han cumplido este viernes con la obligación de presentarse en los juzgados de Sevilla, uno de los requisitos impuestos por la Audiencia de Navarra para su libertad bajo fianza, el mismo día que el Tribunal Supremo ha visto los recursos de casación contra su condena.

https://www.lavanguardia.com/suceso...nada-condenados-15-anos-carcel-violacion.html
 
al final fue violacion...
A recoger el jabon en la cana los wnes :hands:
 
Con la fama que se hicieron, a los de la manada los irán a visitar minas a destajo para el venusterio.
 
Entonces hasta el momento la presunta violación de La Manada es solo otro montaje del Frente Amplio y de las sororas :nonono:

Estoy participando en una orgía pero igual me están violando porque soy mujer y por eso soy incapaz de mentiiiiiiirrrrr :grito::grito::grito:
Que lindo es ver cuando estas qlias son descubiertas en sus mentiras haciendo lo que sea por tratar de salvarse despues de un cagazo...
Ahi quedaron feas qlias... ahora no importa que dejen a media españa cubierta en toallas con sangre de la zorra, ya quedaron como weonas mentirosas :hands:





:camera:
 
ya cabrEs, antes de culiar, enviar video de la peuca diciendo "mi nombre es ______, y voy a tener relaciones setsuales con _____ con mi consentimiento".
 
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