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Gobierno: Inmigrantes contribuyeron al aumento del desempleo

gracias a los inmigrantes piñera no va a poder cumplir unas de sus mayores promesas que era la creacion de empleos....
a ver si con esto le ponen mas restriccion a la llegada de venecos malnacidos....
el problema que la oferta laboral esta saturada por el factor inmigrante aunque se crearan no se notaria
2-expulsarlos bachelet estara lsta para aplicar su poderio en los DDHH contra chile
3 quieren volver al poder lo mas pronto posible jamas la chancha y sus secuaces reconocera su culpa en el ambito inmigratorio
 
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Ayer conversaba precisamente con un compañero de carrera, el cual se encuentra trabajando para un studio de abogados, me comentaba que está llegando gente buscando asesoría en temas laborales porque precisamente los despiden por necesidades de la empresa y atrás tiene a un haitiano o a un Veneco.

El asunto señores es el siguiente, cuando una empresa invoca el artículo 161 del CDT este tiene por fundamento jurídico, que la empresa se encuentra en un mal escenario económico, reestructuración o presenta mejoras tecnológicas, y por lo mismo, si contrata a alguien con el mismo cargo, se contrapone al fundamento del artículo 161.

Sí esto le pasa a usted o a algún conocido, difunda esto, la gente se queda con el "Me despidieron", al final si toman acciones, gana el trabajador y pierde la empresa, por eso el sector empresarial se aprovecha del mas débil.

Próximo articulo a derogar en una reforma laboral para estimular el crecimiento.
 
lo mas chistoso es que no se requiere de ningun estudio tan profundo para darse cuenta de que esta la caga por los inmigrantes...el mismo INE dijo que fue por el aumento de la fuerza laboral, pero con la escusa infantil de que ha sido por el "optimismo de la gente para buscar trabajo :retard:" y no tienen nada que ver las docenas de miles de extranjeros que vienen a buscar empleo en un pais que apenas mantiene cifras azules...porque hay que ser muy berta para creer que "crecimiento economico" es sinonimo de mas empleos.

Ayer conversaba precisamente con un compañero de carrera, el cual se encuentra trabajando para un studio de abogados, me comentaba que está llegando gente buscando asesoría en temas laborales porque precisamente los despiden por necesidades de la empresa y atrás tiene a un haitiano o a un Veneco.

El asunto señores es el siguiente, cuando una empresa invoca el artículo 161 del CDT este tiene por fundamento jurídico, que la empresa se encuentra en un mal escenario económico, reestructuración o presenta mejoras tecnológicas, y por lo mismo, si contrata a alguien con el mismo cargo, se contrapone al fundamento del artículo 161.

Sí esto le pasa a usted o a algún conocido, difunda esto, la gente se queda con el "Me despidieron", al final si toman acciones, gana el trabajador y pierde la empresa, por eso el sector empresarial se aprovecha del mas débil.

y ojo que siempre se cagan a la gente cuando los mandan a firmar el finiquito bajo presion y no tienen idea de que pueden reservarse el derecho a demandar en caso de que corresponda
 
El desempleo subió en 0,4% quedándome con los números que da la nota, y el número de extranjeros que fueron reconocidos por el gobierno subió en 700k.

Lo que nos da como resultado que en el excepcional caso que el 100% de los nuevos inmigrantes contabilizados estuvieran cesantes aún hay un 0,02% de nuevos cesantes que responden a una mala gestión.

Pero bueno, siempre es mejor echarle la culpa a un tercero :hands:.

Enviado desde una galaxia muy, muy lejana
 
Ellos necesitan trabajar y producen presión sobre el mercado del trabajo",
deben hacerlo, deben trabajar
EN SUS PAISES
Ayer conversaba precisamente con un compañero de carrera, el cual se encuentra trabajando para un studio de abogados, me comentaba que está llegando gente buscando asesoría en temas laborales porque precisamente los despiden por necesidades de la empresa y atrás tiene a un haitiano o a un Veneco.

El asunto señores es el siguiente, cuando una empresa invoca el artículo 161 del CDT este tiene por fundamento jurídico, que la empresa se encuentra en un mal escenario económico, reestructuración o presenta mejoras tecnológicas, y por lo mismo, si contrata a alguien con el mismo cargo, se contrapone al fundamento del artículo 161.

Sí esto le pasa a usted o a algún conocido, difunda esto, la gente se queda con el "Me despidieron", al final si toman acciones, gana el trabajador y pierde la empresa, por eso el sector empresarial se aprovecha del mas débil.
pero si es diferente contrato? osea se sabe que es la misma posicion, pero hay clausulas diferentes?
 
Me resulta curioso eso de que si nadie quiere hacer los trabajos estos se quedan sin hacer. Si nadie quiere tomar el puesto de limipador en alguna clínica dde Santiago, entonces mandaran a los médicos a limpiarla ? . Mas bien podría ocurrir que ofrecieren mas dinero si el servicio es indispensable para que no les cursen una multa
 
Ayer conversaba precisamente con un compañero de carrera, el cual se encuentra trabajando para un studio de abogados, me comentaba que está llegando gente buscando asesoría en temas laborales porque precisamente los despiden por necesidades de la empresa y atrás tiene a un haitiano o a un Veneco.

El asunto señores es el siguiente, cuando una empresa invoca el artículo 161 del CDT este tiene por fundamento jurídico, que la empresa se encuentra en un mal escenario económico, reestructuración o presenta mejoras tecnológicas, y por lo mismo, si contrata a alguien con el mismo cargo, se contrapone al fundamento del artículo 161.

Sí esto le pasa a usted o a algún conocido, difunda esto, la gente se queda con el "Me despidieron", al final si toman acciones, gana el trabajador y pierde la empresa, por eso el sector empresarial se aprovecha del mas débil.
o sea se les puede sacar plata a los traidores mal nacidos como @impedanci?

Broderito, le pido que haga un tema que toque este asunto de manera mas detallada y que es lo que debe hacerse, como tambien puntos fundamentales en el contrato o el finiquito en los cuales hay que fijarse. Todo esto para los antronianos que quizas sufran este destino durante los malos tiempos que hay :sisi3:
 
Próximo articulo a derogar en una reforma laboral para estimular el crecimiento.
No compita, ahí se equivoca, el único fin de este artículo es desvincular al trabajador, por eso mencione el fundamento, no está en la norma sino que se subentiende, es la forma mas sana de cortar al trabajador, el 159 se refiere a la terminación del contrato, 160 son faltas graves, por lo tanto el 161 es causal genérica
Lo que están atacando los proges son los siguientes artículos 19 y 20 el cual establecen que el 85%, a lo menos, de los trabajadores que sirvan a un mismo empleador debe ser de nacionalidad chilena. Sin embargo, se exceptúa de esta disposición el empleador que no ocupa más de veinticinco trabajadores y el Ord. N°6307/282 de la Dirección del Trabajo aclara el concepto de "personal técnico especialista y fija las reglas para calificar los límites a la contratación de personal extranjero".

Fletopolis quiere derogar o dejar el limite lo más bajo, aquél que diga que la migración solo afecta a la mano de obra no calificada, no es así, si son técnicos pueden saltarse la norma.

En resumen, en un tiempo más habrá un tremendo desmedro laboral en contra del Chileno, en un país que no crece y más tras el gobierno de la nefasta, lo peor que podían hacer es dárselas de buenistas con gente que es ajena al país, aquí Tanto Kast como Piñera caén en un error tremendo, otorgar visas a los Venecoz y Haitianos nos afecta tremendamente, nos entregaron el país con un 7,2% de desempleo, se sabía que pasaría esta wea.
 
Última edición:
o sea se les puede sacar plata a los traidores mal nacidos como @impedanci?

Broderito, le pido que haga un tema que toque este asunto de manera mas detallada y que es lo que debe hacerse, como tambien puntos fundamentales en el contrato o el finiquito en los cuales hay que fijarse. Todo esto para los antronianos que quizas sufran este destino durante los malos tiempos que hay :sisi3:
Si Broderito, les puedes sacar plata, es un 30% adicional al finiquito o incluso pueden reincorporarte inclusive (Art 161), a la hora de firmar el finiquito, como menciona el antroniano de más arriba debes colocar derecho a reserva y pones en tú caso lo que vas a discutir en tribunales, en este caso poner despido injustificado, si no lo haces, pierdes el derecho a reclamar.

Otra cosa, pueden datear en la Inspección del trabajo anónimamente de que no están cumpliendo con el artículo 19 pero ojo aquí, ya que el 15% puede concentrarse en un establecimiento diferente sin problemas.

Respecto al tema, si podría pero tendría que re estudiar el asunto pero no habría problema, cualquier antroniano podría pasar por dificultades, así que es entendible.
deben hacerlo, deben trabajar
EN SUS PAISES

pero si es diferente contrato? osea se sabe que es la misma posicion, pero hay clausulas diferentes?
Claro, debes distinguir si te contratan como Profesional, Contrato de Trabajo común (mano de obra no calificada), y cargos de confianza, púes tiene diferencias a la hora del terminar de contrato pero de igual manera aplica, ya que es causal genérica.
 
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