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Existen los cementerios privados?

Asmodeoyo

Bosta
Registrado
2005/06/01
Mensajes
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Me explico, esta permitido la existencia de cementerios particulares para la familia dentro de una propiedad privada?, existieron alguna vez acá en Chile?. Si no es así se puede hacer un columbario en una propiedad en el campo?.
 
creo que es ilegal, a menos que cremes el cuerpo, ahi te puedes llevar las cenizas del difunto a la casa.
De hecho no, no te puedes llevar las cenizas a tu casa, ni esparcirlas. Las cenizas deben quedar en un columbario, que curiosamente está dentro de un cementerio.
 
De hecho no, no te puedes llevar las cenizas a tu casa, ni esparcirlas. Las cenizas deben quedar en un columbario, que curiosamente está dentro de un cementerio.
y por que hay noticias de por ej, que se metieron a robar a una casa y robaron un frasco con cenizas del finado??
 
De hecho no, no te puedes llevar las cenizas a tu casa, ni esparcirlas. Las cenizas deben quedar en un columbario, que curiosamente está dentro de un cementerio.

estas segura?

pq mi abuela la tengo en una anfora en mi casa :

urna-cenizas-cremacion-mascotas-s-anfora-100-cobre-D_NQ_NP_710673-MLC27685108872_072018-O.jpg
 
jajaja, pero esa wuea la dice la iglesia, no LA LEY, y la iglesia pesa menos que un gusano :hands:
Es una opción, la mayoría de la gente en este país se dice ser "católica". Sólo estaba respondiendo lo que me preguntaron. No te pongai brigido po! Jaja
 
Pero puedes fabricar tu propio horno al estilo nazi, solo debes conseguir una temperatura de 900°C y listo, toma un martillo y vas golpeando los restos de huesitos hasta hacer polvo, y lo tiras como abono para alguna plantita. Ahi tendras tu propio cementerio privao
 
estas segura?

pq mi abuela la tengo en una anfora en mi casa :

urna-cenizas-cremacion-mascotas-s-anfora-100-cobre-D_NQ_NP_710673-MLC27685108872_072018-O.jpg
desde cuando que la tienes ahi?? no está apretada¿¿??
:rofl:




no en serio, desde cuando que la tieenen ahi?? porque la noticia que subieron más arriba es del 2016, es decir desde hace 2 años q no se podría.
 
Perrito, lea acá y no pesque a las culias que no tienen ni pico idea;
"el Código Sanitario en su artículo 135 señala que sólo en cementerios autorizados pueden inhumarse restos humanos, sin embargo, la misma norma en su inciso segundo establece la facultad excepcional de la Autoridad Sanitaria para permitir temporal o perpetuamente la inhumación de cadáveres en lugares que no sean cementerios, ósea, se encuentra dentro del marco de las facultades que poseen las Secretarias Regionales Ministeriales de Salud".

:santa:
 
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