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Clientes deberán costear los nuevos medidores inteligentes.

Acá en la quinta región están en un piloto cambiando los medidores pero a costo de la empresa
 
Argentina estaría siendo vandalizada en este minuto si les metieran ese golazo.

Esto debería difundirse hasta el cansancio para que agarre vuelo. Primero para que la gente no permita el cambio de medidor en sus domicilios y segundo para obligar dar pie atrás con la movida que hicieron al traspasar los costos del equipo y futuro arriendo del mismo a los clientes. Son una puta vergüenza empresas y políticos.


De paso alguien me puede aclarar eso de que aún cuando no estés consumiendo electricidad este nuevo medido sigue marcando? Mito?
 
Y cuanto va a subir la luz por cambio de ese medidor de mierda? Afecta a todas las compañías, supongo? Que paja la weaaaaa :fffuuu::okay:
 
habra que pillar como alterar la lectura de estos nuevos... parece que todos mis trucos cagaron
 
Amigos, y que tal la instalación de paneles solares??? Experiencias? Como tenemos hasta el 2025 a aguantarlos.
 
Y cuanto va a subir la luz por cambio de ese medidor de mierda? Afecta a todas las compañías, supongo? Que paja la weaaaaa :fffuuu::okay:
Aparte del aumento del costo provocado por , al mes siguiente de que te cambien el medidor comenzarás a pagar una cuota de arrendamiento a la empresa por concepto de uso del medidor (calcula

Todo Chile.

Acá en la quinta región están en un piloto cambiando los medidores pero a costo de la empresa


Broderitos, para que tengan más o menos claro lo que esta pasando. Trataré explicarles con la menor cantidad de leguleyadas posibles.

Este problema se produce con la publicación de la Ley 21.076, cuyo título es "MODIFICA LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS PARA IMPONER A LA EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA LA OBLIGACIÓN DE SOLVENTAR EL RETIRO Y REPOSICIÓN DEL EMPALME Y MEDIDOR EN CASO DE INUTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES POR FUERZA MAYOR".

Lo que partió siendo un proyecto inocentónn y loable presentado por Sergio Gahona y respaldado por la UDI-RN (entre ellos el emperador Kast):
"texto original proyecto ley de gahona". Artículo Único: Incorpórese un nuevo artículo 139 bis en el Decreto con Fuerza de Ley número 4 de 2007 Ley General de Servicios Eléctricos de conformidad al siguiente texto: “El retiro y reposición del empalme y medidor será íntegramente de cargo de la empresa distribuidora de energía, siempre que la inutilización de la obra se haya producido por una fuerza mayor como un sismo, salida de mar, temporal u otra calamidad y en el caso en que la autoridad competente haya decretado zona de catástrofe”

Se vició y transformó totalmente en la discusión en particular efectuado en el tramite constitucional seguido ante el senado, ahí el proyecto se transformó en este engendro:
Los Honorables Senadores señores Alejandro García-Huidobro, Jorge Pizarro y Baldo Prokurica, en sintonía con la sugerencia que hicieran los representantes del Ejecutivo (según se consigna en lo medular de este informe), formularon una indicación que incluye dos aspectos: - En primer término, para sustituir el artículo 139° bis, que esta disposición propone, por el que sigue:
“Artículo 139° bis.- El empalme y el medidor son parte de la red de distribución y, por tanto, de propiedad y responsabilidad de la concesionaria del servicio público de distribución o de aquel que preste el servicio de distribución. Los decretos tarifarios a que se refieren los artículos 120°, 184° y 190°, o el que los reemplace, determinarán la forma de incluir en sus fórmulas tarifarias la remuneración de estas instalaciones, así como las condiciones de aplicación de las tarifas asociadas a ellas.”. -
En segundo término, para incorporar los siguientes artículos transitorios, nuevos:
“Disposiciones Transitorias Artículo primero.- Para efectos de lo dispuesto en la presente ley, los usuarios que a la fecha de su publicación en el Diario Oficial sean propietarios de medidores o empalmes, mantendrán dicha titularidad hasta que se produzca el cambio de alguna de estas instalaciones por parte de la concesionaria del servicio público de distribución o de aquel que preste el servicio de distribución, de acuerdo a los requerimientos de la red eléctrica para el debido cumplimiento de la normativa vigente o lo dispuesto en el inciso siguiente. Respecto de usuarios que sean propietarios del medidor o empalme, la concesionaria del servicio público de distribución o aquel que preste el servicio de distribución, a partir de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial, deberá asumir íntegramente el costo del retiro o desmantelamiento del empalme y del medidor, así como la ejecución o instalación del empalme y del medidor cuando sea necesaria su reposición, siempre que la inutilización o destrucción de dichas instalaciones se haya producido por fuerza mayor, como terremoto, salida de mar, temporal u otra calamidad, y que la autoridad competente haya decretado estado de catástrofe, de conformidad con la normativa vigente. El retiro o desmantelamiento y la ejecución o instalación del empalme y del medidor señalados en este inciso no estarán condicionados a la inexistencia de servicios impagos, ya sea total o parcialmente, al momento en que se produzca la fuerza mayor y se decrete estado de catástrofe por la autoridad competente. Artículo segundo.- Los decretos tarifarios a que se refieren los artículos 120°, 184°, 187° y 190° de la Ley General de Servicios Eléctricos, podrán ser modificados para incorporar los mayores costos asociados a esta ley y a los estándares y exigencias de calidad y seguridad de servicio y de suministro que establezca la normativa técnica dictada por la Comisión Nacional de Energía, debiendo evitar en todo momento el doble pago de servicios o infraestructura. Las fórmulas resultantes tendrán una vigencia hasta completar el período tarifario del respectivo decreto modificado. Para la aplicación de lo dispuesto en este inciso, no regirá lo prescrito en los artículos 120°, inciso final; 183°; 184°, inciso final, y 187° de la Ley General de Servicios Eléctricos. Artículo tercero.- Las obligaciones establecidas en la presente ley, salvo lo dispuesto en el inciso segundo del artículo primero transitorio, entrarán en vigencia a partir de la publicación y vigencia de los decretos tarifarios que incorporen los mayores costos en la prestación del servicio público eléctrico asociados a las exigencias de esta ley.”.

El proyecto original sufrió sendas modificaciones, que desvirtúan su tenor original, y fue aprobada por unanimidad por las bancadas de la nueva Mayoría frente amplio y PC, promulgada con bombos y platillos por Soa Bachelet. El cambio y los problemas que hoy se producen, lo han sido gracias a estos personajes:
El Ministro de Energía, señor Andrés Rebolledo, acompañado por el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía, señor Andrés Romero; el Jefe de la División de Energías Renovables, señor Christian Santana; el Jefe de la División de Eficiencia Energética, señor Ignacio Santelices, y el profesional señor Sebastián Arroyo. - La Subsecretaria de la Cartera, señora Jimena Jara, acompañada de la Jefa de la División de Seguridad y Mercado Energético, señora María José Reveco; el Jefe de la División Jurídica, señor Hernán Moya, y el Jefe de la División de Ingeniería Eléctrica de la SEC, señor Jack Nahmias; Los Honorables Senadores señores Alejandro García-Huidobro, Jorge Pizarro y Baldo Prokurica en historia ley 21076 tramite constitucional senado p. 4, 9


Ahora bien.

La ley introduce una modificación esencial consistente en la mutación de la titularidad o dominio del empalme y medidor. Con la antigua ley Eléctrica empalme y medidor eran de propiedad del consumidor (normalmente el propietario del inmueble) por lo que sólo se pagaba por su instalación una tarifa única al momento de habiltitar luz eléctrica a un inmueble mediante un contrato de suministro (Solicitud de Empalme o Medidor Tarifa BT1). Con la Ley 21.076, la propiedad del empalme y medidor pasan a ser de la propiedad empresa distribuidora de energía (sea la distribuidora, la concesionaria de la red de distribución, o de la empresa que preste el servicio).

La ley 21.076 modifica la Ley general de Servicios eléctricos introduciendo un nuevo artículo: "Artículo 139 bis.- El empalme y el medidor son parte de la red de distribución y, por tanto, de propiedad y responsabilidad de la concesionaria del servicio público de distribución o de aquel que preste el servicio de distribución. Los decretos tarifarios a que se refieren los artículos 120, 184 y 190, o el que los reemplace, determinarán la forma de incluir en sus fórmulas tarifarias la remuneración de estas instalaciones, así como las condiciones de aplicación de las tarifas asociadas a ellas.".

Al mutar la propiedad del empalme y del medidor en favor de la empresa concesionaria, resulta necesario regular la remuneración estableciendo una cuota mensual de arrendamiento, pues, nada es gratis en la vida. Esta demás decir que esta remuneración es perpetua mientras la Ley no sea derogada.

Claro está, el cambio de titularidad de dominio en el empalme y el medidor no es automático, pues, eso generaría problemas de inconstitucionalidad de la norma misma por afectar el derecho constitucional de propiedad de los propietarios de empalmes y medidores que hasta antes de la entrada en vigencia de la Ley 21076 mantienen íntegra su propiedad (vale decir todo Chile), por eso la misma norma ha condicionado la mutación o el cambio de la titularidad del dominio del empalme-medidor: al hecho de tener que ser cambiado el empalme o medidor tras la publicación o entrada en vigencia de la norma. Todo medidor que sea cambiado tras la entrada en vigencia de la nueva Ley se rige por ella, por tanto el propietario del medidor o empalme será o pasará a ser la empresa. Como señala en sus artículos transitorios:

Artículo primero .- Para efectos de lo dispuesto en la presente ley, los usuarios que a la fecha de su publicación en el Diario Oficial sean propietarios de medidores o empalmes mantendrán dicha titularidad hasta que se produzca el cambio de alguna de estas instalaciones por parte de la concesionaria del servicio público de distribución o de aquel que preste el servicio de distribución, de acuerdo a los requerimientos de la red eléctrica para el debido cumplimiento de la normativa vigente o lo dispuesto en el inciso siguiente.

Pero hecha la Ley hecha la trampa. De ahí que las empresas de distribución hayan empezado una campaña del terror acelerando por todos los medios posibles el cambio de medidor, y ha pasado a promover agresivamente el "medidor inteligente". Pues, mientras no te cambien el empalme y el medidor, mantienes la calidad de propietario y titular de los mismos y nada se te puede cobrar por concepto de uso o arrendamiento. Por supuesto la empresa distribuidora o su concesionaria velando por sus altruistas intereses le preocupa que tú no te quieras cambiar al nuevo medidor.

Cualquier tarifa asociada a arrendamiento del medidor que te cobren, mientras no aceptes el cambio de medidor o del empalme, es ILEGAL Y ARBITRARIA. Una vez que aceptas el cambio. Cagaste. Adiós titularidad en el dominio del medidor y del empalme.

El cambio de medidor y de empalme puede ser voluntario, si accedes a que te lo cambien quedarás bajo el amparo de la ley actual y pagarás mensualmente una tarifa adicional por arrendamiento del medidor. El cambio también puede producirse por causal legal siendo el usuario obligado a aceptar el cambio por razones de fuerza mayor. Tener claro esto, es necesario para saber a quién le corresponde asumir el costo de desmantelamiento, instalación y cambio del nuevo medidor.

El inciso segundo del Artículo primero de las disposiciones transitorias señala: "Respecto de usuarios que sean propietarios del medidor o empalme, la concesionaria del servicio público de distribución o aquel que preste el servicio de distribución, a partir de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial, deberá asumir íntegramente el costo del retiro o desmantelamiento del empalme y del medidor, así como la ejecución o instalación del empalme y del medidor cuando sea necesaria su reposición, siempre que la inutilización o destrucción de dichas instalaciones se haya producido por fuerza mayor, como terremoto, salida de mar, temporal u otra calamidad, y que la autoridad competente haya decretado estado de catástrofe, de conformidad con la normativa vigente. El retiro o desmantelamiento y la ejecución o instalación del empalme y del medidor señalados en este inciso no estarán condicionados a la inexistencia de servicios impagos, ya sea total o parcialmente, al momento en que se produzca la fuerza mayor y se decrete estado de catástrofe por la autoridad competente."

Respecto a la asunción del costo por cambio de medidor vemos que la norma nada dice respecto a que la empresa esta obligada a asumir el costo de desmantelamiento, cambio e instalación de un nuevo medidor para los casos en que el usuario acepta gustosamente el cambio.

El trucazo para la empresa distribuidora consistirá en chamuyarte o coaccionarte para que aceptes cambiar voluntariamente a un medidor inteligente, pues, matan varios pájaros de un tiro: I) adquieren propiedad del medidor-empalme (por ende te cobrarán tarifa de arrendamiento por su uso; II) instalan un medidor que es capaz de registrar mayores consumos altos, bajos, armónicos, etc; III) te hacen pagar las labores de desmantelamiento e instalación del empalme dado que la ley sólo los obliga a asumir el costo total de la operación para los casos de fuerza mayor (subrayados en amarillo).

La empresa distribuidora sólo puede obligarte a cambiar el medidor cuando se cumplen dos condiciones: 1) la inutilización se produce por causal legal consistente en fuerza mayor, terremoto, etc ( vale decir, causales legales taxativas, enunciadas en el articulo transitorio de la LEY); 2) cuándo a consecuencia de esa fuerza mayor se ha decretado estado de catastro para esta fuerza mayor ( vale decir, en tu comuna debe haberse decretado un estado de excepción constitucional, cuya ejecución es facultad del presidente de la república) . SIN CUMPLIR ESAS DOS CONDICIONES LA EMPRESA DISTRIBUIDORA NO PUEDE OBLIGARTE A CAMBIAR EL MEDIDOR.

Recordar, que sólo en caso de inutilización por fuerza mayor en que la autoridad haya decretado estado de catastrofe para tu comuna, la empresa podrá obligarte a cambiar el medidor, y en ese caso deberá asumir integramente el costo. Por las condiciones estipuladas no suena muy accesible.


Antoniano. Si van a tu casa a tratar de cambiar el medidor con la chiva barata de la tecnología del futuro, el cuidado del medioambiente o que contribuirás a ayudar a los niños de siria, NIÉGATE, pues, el empalme y el medidor son tú propiedad hasta que cumplan su vida útil reglamentaria ; sí a tú casa entra personal de chilectra o CGE o como quiera que se llame la compañía y tratan de manipular el medidor acuselos a la SEC mediante denuncia, pues usted antroniano sigue siendo el propietario; Sí se lo han cambiado bajo el pretexto cualquiera, diverso al señalado en la ley y no han pasado 30 días corridos desde que ocurrió el hecho presente un recurso de protección solicitando como medida para restablecer el imperio del derecho la reposición del antiguo medidor con cargo a la empresa distribuidora.
 
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Argentina estaría siendo vandalizada en este minuto si les metieran ese golazo.

Esto debería difundirse hasta el cansancio para que agarre vuelo. Primero para que la gente no permita el cambio de medidor en sus domicilios y segundo para obligar dar pie atrás con la movida que hicieron al traspasar los costos del equipo y futuro arriendo del mismo a los clientes. Son una puta vergüenza empresas y políticos.


De paso alguien me puede aclarar eso de que aún cuando no estés consumiendo electricidad este nuevo medido sigue marcando? Mito?
solo grabese 50 Hertz, es la clave, la punta del iceberg, resulta que los medidores vienen descalibrados y marca cualquier webada, pero por ley dice que solo debe marcar solo la frecuencia 50hertz, pero los ladrones de :monomeon:chilectra:monomeon: estan marcando varias frecuencia y eso hace que cobre de luz un camion Brinks con dolares recien salido del aeropuerto.
 
Aquí está la mano para que las distribuidoras cobren por hora punta, no querían energía ERNC? Estos medidores apuntar a resolver una situación generada en la última gran licitación de bloques de energía, la compra no a un solo generador, sino que compra de energía por hora a distintos proveedores, eso lleva a que el riesgo del negocio de las distribuidoras pasa a los usuarios. El tema es largo de explicar así que si tengo tiempo me explayo más.
Bachelet y sus infinitos picos en el ojo. La ley de transmisión dejó la crema en los consumidores finales, generando cobros dobles por varios millones de dólares mensuales.

El cobro diferenciado de energía por horario no es el principal problema (de hecho es una buena idea e indispensable si es bien implementada), ni tampoco con la idea de modernizar los medidores para tener una lectura fidedigna (incluyendo harmónicos) en tiempo real del consumo.

El principal problema es que no existe marco regulatorio decente, y al final son las distribuidoras las que hacen lo que quieren a la hora de manejar sus cobros adicionales. Tanto es así que son las distribuidoras las que arbitrariamente seleccionan el tipo de medidor a instalar, al punto de que ENEL fabrica sus propios medidores.

Hasta donde tengo entendido, la SEC todavía no elabora un reglamento técnico con las especificaciones técnicas que estos medidores deben poseer a nivel país, particularmente los rangos de medición de potencia efectiva real (incluyendo harmónicos), junto a los protocolos de comunicación y recolección de datos entre medidores y centrales, y su operación bajo corte de energía. Quién garantiza que lo que se está midiendo es lo que realmente se debe medir?
 
habra que pillar como alterar la lectura de estos nuevos... parece que todos mis trucos cagaron

Cuentese algun trukito por ultimo por MP :ear::ear::ear::ear:, y como conto un antroniano mas abajo NO te lo pueden cambiar de forma obligada .

En mi casa vivo en un condominio cerrrado y el medidor esta dentro de mi casa asi que ya estan advertidos todos los weones .
 
A un colega le cambiaron el medidor por uno de estos nuevos hace como 6 meses, este no tenia idea de nada de lo que se esta hablando aquí así que lo hizo pasar, cuento corto; el instalador le ofreció por 20 lucas dejarle conectado al nuevo medidor solo el segundo piso de su casa, de alguna forma que desconozco, todo el consumo del primer piso y donde estan la mayoría de los aparatos electricos no le marca en el medidor, así que mensualmente paga como 5 lucas :lol2:
La pulenta helmano. Que algún capo se pronuncie.

yo tenia eso en mi casa cuando vivia ahi, ahora que la deje en arriendo lo deje tal como estaba antes, pero les explico como se hace.

la idea de hacer esto es intervenir la energia eléctrica antes de la llegada al medidor por eso es importante que la canalización de energia desde el poste hasta el medidor pase por el interior de la casa, puesto que es ahi donde debes intervenir el coaxial de alimentación para sacar un arranque yo para eso no pague la cuenta de la luz y cuando me cortaron la energia con un dremel a un inversor de voltage con el auto saque energia para cortar el tubo galvanizado.
una vez intervenida la energía eléctrica ya sea para el primer piso o el segundo se debe dejar una caja electrica con los dispositivos de protección ya sea diferenciales o automáticos ya que ante cualquier corte se puede quemar el fisible y ahi los weones te puede revisar la instalación.
... para evitar que te sorprendan con esto ya que puede ir un weon y cortar la luz y pedir que prendas artefactos para ver si estas robando corriente se debe hacer lo siguiente: con la energia del piso que si consume tienes que energizar la bobina de un contactor el cual se usara como mando de fuerza de la energia "Gratis" asi cuando los weones te pidan contar la energia se cortara la bobina del contactor cortando tambien la energia al circuito que tenias intervenido.

yo en los 5 años que vivi en esa casa pague sagradamente $10.000 de luz, de dio lata pagar menos mientras que mis vecinos pagaban $50.000 y como no pasábamos en el dia nunca un inspector pudo entrar a verificar (aunque entiendo que la rondaron bastante), ahora que vivo en depto estoy hasta el reverendo peko ctm.
 
yo tenia eso en mi casa cuando vivia ahi, ahora que la deje en arriendo lo deje tal como estaba antes, pero les explico como se hace.

la idea de hacer esto es intervenir la energia eléctrica antes de la llegada al medidor por eso es importante que la canalización de energia desde el poste hasta el medidor pase por el interior de la casa, puesto que es ahi donde debes intervenir el coaxial de alimentación para sacar un arranque yo para eso no pague la cuenta de la luz y cuando me cortaron la energia con un dremel a un inversor de voltage con el auto saque energia para cortar el tubo galvanizado.
una vez intervenida la energía eléctrica ya sea para el primer piso o el segundo se debe dejar una caja electrica con los dispositivos de protección ya sea diferenciales o automáticos ya que ante cualquier corte se puede quemar el fisible y ahi los weones te puede revisar la instalación.
... para evitar que te sorprendan con esto ya que puede ir un weon y cortar la luz y pedir que prendas artefactos para ver si estas robando corriente se debe hacer lo siguiente: con la energia del piso que si consume tienes que energizar la bobina de un contactor el cual se usara como mando de fuerza de la energia "Gratis" asi cuando los weones te pidan contar la energia se cortara la bobina del contactor cortando tambien la energia al circuito que tenias intervenido.

yo en los 5 años que vivi en esa casa pague sagradamente $10.000 de luz, de dio lata pagar menos mientras que mis vecinos pagaban $50.000 y como no pasábamos en el dia nunca un inspector pudo entrar a verificar (aunque entiendo que la rondaron bastante), ahora que vivo en depto estoy hasta el reverendo peko ctm.

Y en canalizacion subterranea, como lo puedes hacer ?
En mi casa los cables estan dentro de un tubo como de PVC que va solo al medidor y un cable negro que llega a un automatico al lado , no hay postes , habia leido de abrir y girar un tornillo pero me da un poco de cuco
 
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