• ¿Quieres apoyar a nuestro foro haciendo una donación?, entra aquí.

Devolución de impuestos

No pasa.

Cuando se hace la declaración, antes de devolver el SII hace un cruce. Si la información bancaria informada no pertenece al RUT del F22, gira un cheque a nombre de la persona.
y habría otra jugada que los dueños de la compañía puedan hacer?
 
del 10 que se supone que te retienen, este año uno puede optar a una devolución parcial del 70% de ese monto.
Tenía entendido lo mismo, recuerdo haber leído una nota de chileatiende donde explicaban que este año se daría la opción que hacerlo parcial
 
bueno ya falta poco para la famosa devolución de impuestos.

actualmente soy socio de una compañía limitada por lo que recibo una parte de la devolución, pero también me estoy saliendo de la compañía este año. Mi pregunta es si es posible que el contador de la empresa me juegue una mala pasada (no tengo contacto con él) y cambie la cuenta de banco a donde llega la devolución y ponga una del dueño ?

o necesariamente la cuenta bancaria tiene que estar a nombre del socio para recibir la devolución ? Hay alguna excepción ?

¿te saliste o piensas en salir de la empresa? porque si te saliste mucho OJO .... recuerda que te saliste de la empresa como socio y "esperas la devolución" de impuestos , claramente no corresponde, porque cuando uno deja la empresa, por ejemplo vendes tu porcentaje o traspasas por completo, la ganancia y también las perdidas que llevan en ese momento son traspasadas a los nuevos socios, en este caso NO TE CORRESPONDE y puedes tener problemas legales, porque es un patrimonio de la empresa, no personal, los patrimonios se pueden pasar a los socios bajo vatacion en casos super especiales, pero eso es otra materia, suerte y no sea weon! no te corras con plata, por que es plata paso a ser plata AJENA sinvergüenza rqlo :awesomehands:
 
¿te saliste o piensas en salir de la empresa? porque si te saliste mucho OJO .... recuerda que te saliste de la empresa como socio y "esperas la devolución" de impuestos , claramente no corresponde, porque cuando uno deja la empresa, por ejemplo vendes tu porcentaje o traspasas por completo, la ganancia y también las perdidas que llevan en ese momento son traspasadas a los nuevos socios, en este caso NO TE CORRESPONDE y puedes tener problemas legales, porque es un patrimonio de la empresa, no personal, los patrimonios se pueden pasar a los socios bajo vatacion en casos super especiales, pero eso es otra materia, suerte y no sea weon! no te corras con plata, por que es plata paso a ser plata AJENA sinvergüenza rqlo :awesomehands:
recién están haciendo los trámites para salirme
 
Aprovechando el tema. Si cotice este año por el mínimo, ¿no debería descontar? o ¿solo un porcentaje?
 
Que manera de no cachar nada algunos...
Es que este año no hay devolucion de impuestos :qloco:

El loco habla de retiros, posiblemente renta atribuida y salen hablando de boletas de honorarios, na que ver la weá.

Si se puede, para casos especiales:

  • los afiliados al sistema antiguo de previsión (Capredena, Dipreca e IPS)
  • mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años al 1 de Enero de 2012
  • pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total
  • quienes tengan honorarios anuales inferiores a $301.250
  • y quienes hayan cotizado mensualmente como dependiente por el límite máximo imponible mensual (73,2 UF, aproximadamente $1.880.000).
Yo si recibo platita, y sus buenos morlacos, me encuentro en el ultimo caso :sisi3:
 
Pagina qliá esta saturada a cagar...
Mas encima me van a descontar por la wea de cotizaciones, y yo soy dependiente. :nonono:
 
les llego la propuesta al correo??
al final del total bruto tienen que calcular el 80%
de ese 80% calculan el 10 % (2,7096% que se va a cotizaciones y el 7,2904% es la devolución que recibirán)
 
Chicos necesito orientación.
Hace poco trabaje en base a honorarios y obviamente tire boletas, puedo pedir devolución con estos antecedentes?
(Fue en noviembre y diciembre del 2018)
 
Volver
Arriba