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Estos estan desde el 2013. Que me recomiendas hacer entonces? Cual seria la accion mas rapida? Pienso ir mañana mismo basandome en tu respuestaSi estas dentro de los 6 meses desde que se tomaron la casa, tienes título de dominio acreditable, pruebas y particularmente testigos para acreditar el ingreso violento: Querella de restablecimiento.
Se tramita en un procedimiento especial de interdictos posesorios, en audiencia de -contestación, conciliación, prueba- que se celebra al quinto día de notificada la querella. Tras la audiencia, el tribunal tiene un plazo mínimo de 10 días para dictar sentencia. Y luego de eso, si no hay apelación, o mayor oposición: el desalojo o lanzamiento.
Si el abogado te lleva bien el proceso, puede demorar 3 o 4 meses o 6. Yo ejecute uno en 3 meses y medio.
El desalojo sí o sí te saldrá entre 300 a 400 lucas (considerando receptor judicial, cerrajero, peonetas para desalpojar muebles de la casa). Más la lucas del abogado.
Un wn que no cacha nada se tirará al precario que es un procedimiento un poco más lento, habiendo acciones más rápidas.
Es que en la casa hay como siete weones y niños. Y son flaites. Puede salirse de control y quedar la caga po. Hasta puede morir un wn, asi que es mejor via legal.O junta un lote de weones, unos 8, le pagas 20 Lukas a cada uno y entras a la fuerza y los botas cagando noma
Estos estan desde el 2013. Que me recomiendas hacer entonces? Cual seria la accion mas rapida? Pienso ir mañana mismo basandome en tu respuesta
Como estás totalmente fuera de plazo para acciones posesorias. Pues, no dijiste el hace cuánto se la tomaron, así que tendría que ser precario no más, pero el precario varía según si ellos tienen algún título para justificar porqué están en la casa.
Y como no aportas nada más a la historia para encuadrar la acción. ¿ se tomaron la casa, la arrendaron y no pagan, están por otro motivo o razón, hay algún antecedente escrito que los justifique estar ahí ? // sabes quienes son, cuántos son // sabes cómo llegaron, de que forma se tomaron la casa. Etc.
Se prueba con certificado de dominio vigente de la inscripción de dominio de la propiedad de tú papá, se saca en el conservador de bienes raíces respectivo.La casa es propiedad de mi papa, él es el unico dueño, lo comprobe con el certificado de propiedad que hay en el SII y mas encima tenemos la escritura.
No hay contrato de arriendo, mi viejo les paso esa casa porque la weona era su amiga, en ese tiempo andaba urgida con sus bendiciones y como tenemos mas propiedades, mi viejo se la paso onda "quedate aca por un tiempo" , pero ahora no se quiere ir.