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Estado
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Todólogos (periodistas) ilusionando niños con mentiras socialistas por tv.

:menanihands:

"Según información que maneja Radio Bío Bío de Concepción, desde la 16:00 horas del lunes que la PDI busca detener a los funcionarios, pero desde la institución se estarían resistiendo a la medida."

:hmm:
Que se venga luego la debacle... esta wea no da pa mas... como xuxa wn los delincuentes, terroristas, narcos y comunistas dejando la zorra y los malos son los milicos y los pacos.. estamos cagaos.
 
Estimados, por medio de este link pueden acceder a cualquier CPR del mundo para que vayan revisando.

:idolo::idolo::idolo::idolo::idolo: JAPÓN 1946
PREÁMBULO
Nosotros, el pueblo japonés, actuando por intermedio de los representases debidamente elegidos de la Dieta Nacional, determinados a asegurar para nosotros y para nuestra posteridad los frutos de la cooperación pacífica con todas las naciones y los beneficios de la libertad para toda nuestra tierra, y resueltos a evitar los horrores de una nueva guerra como resultado de la acción del gobierno, proclamamos que el poder soberano reside en el pueblo y establecemos firmemente esta Constitución. El Gobierno es un mandato sagrado del pueblo, de quien deriva su autoridad; sus poderes son ejercidos por los representantes del pueblo y sus beneficios son prerrogativa del pueblo. Este es el principio universal de humanidad sobre el cual se basa esta Constitución. Rechazamos y revocamos todas las constituciones, leyes, ordenanzas y decretos imperiales que se opongan a la presente Constitución.

Nosotros, el pueblo japonés, deseamos una paz duradera y, profundamente conscientes de los altos ideales que controlan las relaciones humanas, hemos resuelto preservar nuestra seguridad y existencia, confiados en la justicia y la buena fe de los pueblos amantes de la paz. Deseamos ocupar un lugar digno en la sociedad internacional que lucha por la preservación de la paz y por la abolición definitiva en el mundo de la tiranía y la esclavitud, de la opresión y la intolerancia. Reconocemos que todos los pueblos de la tierra tienen el derecho de vivir en paz, libres de temor y de necesidades.

Creemos que ninguna nación es responsable sólo ante sí misma, sino que las leyes de la moral política son universales y que la obediencia a esas leyes incumbe a todas las naciones que sustentan su propia soberanía y justifican sus relaciones soberanas con otras naciones.

Nosotros, el pueblo japonés, comprometemos nuestro honor nacional en el cumplimiento de estos altos ideales y propósitos con todos nuestros recursos.
 
Estimados, por medio de este link pueden acceder a cualquier CPR del mundo para que vayan revisando.

CONSTITUCION DE HAITI - SOBRE LA EDUCACION Y CULTURA

CAPITULO V. DE LA UNIVERSIDAD - DE LA ACADEMIA - DE LA CULTURA
ARTÍCULO 208
La enseñanza superior es libre. Es ofrecida por la Universidad de Haití, que goza de autonomía, y por las escuelas superiores públicas y las escuelas superiores privadas autorizadas por el Estado.

ARTÍCULO 209
El Estado debe financiar el funcionamiento y el desarrollo de la Universidad de Haití y de las escuelas superiores públicas. Su organización y su localización serán consideradas desde una perspectiva de desarrollo regional.

ARTÍCULO 210
Se fomentará la creación de centros de investigación.

ARTÍCULO 211
Se creará un organismo público a cargo de regular y controlar la calidad de la enseñanza superior y de la investigación científica en todo el territorio. Este organismo ejercerá su control sobre todas las instituciones públicas y privadas que trabajen en esos dos campos. Todos los años publicará un informe sobre la calidad de la formación y elaborará una lista de instituciones por desempeño. La ley determinará el nombre y la forma de organización y funcionamiento de este organismo.

...
ARTÍCULO 213
Se instituye la Academia Haitiana con el propósito de afianzar el idioma creole haitiano y permitir su desarrollo científico y armonioso.


tom-and-jerry-laughing.gif
 
Estimados, por medio de este link pueden acceder a cualquier CPR del mundo para que vayan revisando.

:idolo::idolo::idolo::idolo::idolo: JAPÓN 1946
PREÁMBULO
Nosotros, el pueblo japonés, actuando por intermedio de los representases debidamente elegidos de la Dieta Nacional, determinados a asegurar para nosotros y para nuestra posteridad los frutos de la cooperación pacífica con todas las naciones y los beneficios de la libertad para toda nuestra tierra, y resueltos a evitar los horrores de una nueva guerra como resultado de la acción del gobierno, proclamamos que el poder soberano reside en el pueblo y establecemos firmemente esta Constitución. El Gobierno es un mandato sagrado del pueblo, de quien deriva su autoridad; sus poderes son ejercidos por los representantes del pueblo y sus beneficios son prerrogativa del pueblo. Este es el principio universal de humanidad sobre el cual se basa esta Constitución. Rechazamos y revocamos todas las constituciones, leyes, ordenanzas y decretos imperiales que se opongan a la presente Constitución.

Nosotros, el pueblo japonés, deseamos una paz duradera y, profundamente conscientes de los altos ideales que controlan las relaciones humanas, hemos resuelto preservar nuestra seguridad y existencia, confiados en la justicia y la buena fe de los pueblos amantes de la paz. Deseamos ocupar un lugar digno en la sociedad internacional que lucha por la preservación de la paz y por la abolición definitiva en el mundo de la tiranía y la esclavitud, de la opresión y la intolerancia. Reconocemos que todos los pueblos de la tierra tienen el derecho de vivir en paz, libres de temor y de necesidades.

Creemos que ninguna nación es responsable sólo ante sí misma, sino que las leyes de la moral política son universales y que la obediencia a esas leyes incumbe a todas las naciones que sustentan su propia soberanía y justifican sus relaciones soberanas con otras naciones.

Nosotros, el pueblo japonés, comprometemos nuestro honor nacional en el cumplimiento de estos altos ideales y propósitos con todos nuestros recursos.
jajajajaja, pero esa wea la escribieron los grignos pos wn, debio decir "yo harry truman, presidente de estados unidos de america , exijo q estos orientales dientes de conejo, corten su weveo o los nukeamos de nuevo"
 
jajajajaja, pero esa wea la escribieron los grignos pos wn, debio decir "yo harry truman, presidente de estados unidos de america , exijo q estos orientales dientes de conejo, corten su weveo o los nukeamos de nuevo"
Ya pero los japoneses no andan webeando con que su constitución fue escrita por 4 generales :lol3:
 
La Versión 2.0




Es wea mia o el art. 3 está antes que el art. 2?
 
Yo más bien veo que se viene el nuevo HAMBRE mundial…
Y nosotros somos el experimento del cómo implantar ese orden, y por lo que veo la receta de los expertos sociólogos de la ONU consiste en DESTRUIR una sociedad hasta la ceniza para luego imponer su nuevo orden a través del estomago, sin ninguna posibilidad de oposición.

Fixed
 
Están acabados fachos, sus máximos referentes son Alberto Plaza, la paty maldonado y el kakast, no tienen por donde hacer una buena campaña.
el problema es que este país está lleno de deficientes mentales [ incluyendote ) y resentidos que probablemente votaran

apruebo :hands:


no tiene nada q ver la wea q mencionas en tu cagá de post, indio culiao mongólico .
 
Y cuales serian los referentes del sipoaprueboh? :orejon:
claudio narea, jorge gonzales, pablo chile,marcianeke, naya facil, ñacson , loco rene, huevito gay , roger water de caca, burric , jackson, ziches,tia pikachu , vieja loncon, taradit, rene residente, etc etc jajajajjajajajajjajajajjajajajajaj


tremendos referentes del sipoaprueo xd
 
CONSTITUCION DE HAITI - SOBRE LA EDUCACION Y CULTURA

CAPITULO V. DE LA UNIVERSIDAD - DE LA ACADEMIA - DE LA CULTURA
ARTÍCULO 208
La enseñanza superior es libre. Es ofrecida por la Universidad de Haití, que goza de autonomía, y por las escuelas superiores públicas y las escuelas superiores privadas autorizadas por el Estado.

ARTÍCULO 209
El Estado debe financiar el funcionamiento y el desarrollo de la Universidad de Haití y de las escuelas superiores públicas. Su organización y su localización serán consideradas desde una perspectiva de desarrollo regional.

ARTÍCULO 210
Se fomentará la creación de centros de investigación.

ARTÍCULO 211
Se creará un organismo público a cargo de regular y controlar la calidad de la enseñanza superior y de la investigación científica en todo el territorio. Este organismo ejercerá su control sobre todas las instituciones públicas y privadas que trabajen en esos dos campos. Todos los años publicará un informe sobre la calidad de la formación y elaborará una lista de instituciones por desempeño. La ley determinará el nombre y la forma de organización y funcionamiento de este organismo.

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ARTÍCULO 213
Se instituye la Academia Haitiana con el propósito de afianzar el idioma creole haitiano y permitir su desarrollo científico y armonioso.


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Se instituye la Academia Haitiana con el propósito de afianzar el idioma creole haitiano y permitir su desarrollo científico y armonioso.

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