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El autodenominado mejor abogado de Chile Ariel Wolfenson no le gusta que le pongan una estrella en google y presenta un recurso de protección

Análisis de caso.

Protección - 317 - 2024 (Valparaíso).
- 26/01/2024: Wolfenson interpone recurso de protección a favor de recurrente que afirma haber sido excluida del trámite posesión efectiva a pesar de que fue adoptada por quien falleció y que además cambió su apellido en honor a su padre adoptivo.
- Wolfenson interpone el recurso contra el Registro Civil.​
- La documentación de respaldo está constituida por el certificado de posesión efectiva donde no figura la parte recurrente como hijo (a), certificado de nacimiento del recurrente donde figura la adopción que es de tipo ADOPCIÓN SIMPLE y la sentencia de cambio de apellido.​
- Wolfenson solicita a la Corte acoger el recurso y que se ordene reincorporar al recurrente a la posesión efectiva.​
- 15/02/2024: La parte recurrida ingresa escrito con su respuesta tras ser solicitado por la Corte.
- El informe señala que en el sistema la recurrente no es hija de quien originó la posesión efectiva.​
- Además se señala la existencia de una subinscripción donde figura que la recurrente fue adoptada por quien originó la posesión efectiva por ADOPCIÓN SIMPLE.​
- El informe destaca que en su momento la legislación distinguía entre ADOPCIÓN SIMPLE y ADOPCIÓN PLENA, en donde la primera es de carácter de asistencia y protección al menor, no genera derechos hereditarios y se extingue con la mayoría de edad.​
- También se cita el artículo 988 del Código Civil en donde se señala que los hijos excluyen a los demás herederos en caso de que exista cónyuge sobreviviente.​

- 27/02/2024: La Corte RECHAZA el recurso de protección:
- Si bien la ley donde se distinguía entre los tipos de adopción está derogada, está el mecanismo de acogerse a otra ley donde por consentimiento de ambas partes a través de escritura pública, se podía adquirir estado civil y en consecuencia derechos hereditarios. No hay documentación en el recurso de protección donde se haya justificado dicho trámite.​
- La recurrente no tiene la calidad de hija del causante de la posesión efectiva y por lo tanto no tiene derechos hereditarios.​
- 04/03/2024: Wolfenson interpone recurso de apelación afirmando que la Corte mantiene la distinción entre hijos de primera y segunda categoría, a pesar de que dicha legislación se encuentra derogada. El abogado afirma que la decisión de la Corte no es admisible "a la luz de los Derechos Humanos y concepto de familia".
- Además se pide a la Corte que se deriven los antecedentes a la CS.​
- 03/05/2024: CS confirma sentencia de Valparaíso.
:sisi3:
 
Tania Wolfenson Lidid

Creadora del sistema de el Retorno del Mago y la Meditación Acuática Punto Cero
Conferencista
Bailarina / Coreógrafa
Terapeuta Corporal
Poeta

Imaginen la calidad de tolueno que podría traer al foro :ohno:
Ahí falta 'Soldadora al arco'.:sisi3:

El q es golpeador de ancianos no es él, es su hermano, Joaquín Wolfenson, médico cirujano 👇

HECHOSEl día jueves 19 de mayo del presente año, alrededor de las 09:00 horas de la mañana, encircunstancias en el querellante don Carlos Patricio de la Rivera Rojas volvía a su casa habitaciónubicada en calle Alonso de Ovalle N.° 1631, comuna de Santiago, al llegar al portón de ingresoconduciendo su automóvil particular, el cual se encontraba obstruido por el vehículo conducido pordon Joaquín Ignacio Wolfenson Rivas, quien se desempeña como médico cirujano en elestablecimiento del Centro Médico Vida Íntegra ubicado en avenida Libertador Bernardo O’HigginsN.° 1620, comuna de Santiago, quien se encontraba conversando con un grupo de personas queportaban maletines propios de los visitadores médicos.En esos instantes, don Carlos Patricio de la Rivera Rojas al solicitarle que permitiera el ingreso por elportón, el querellado se ofuscó violentamente, procediendo a insultarlo en forma grosera gritándole: “pedófilo búscate un pendejo”, entre otras expresiones injuriosas y absolutamente fuerade lugar. Ante esto, don Carlos de la Rivera Rojas baja de su vehículo, con el objeto de fotografiar laplaca patente del querellado, recibiendo otra serie de insultos. Habiendo vuelto a su vehículo paraingresar a su domicilio, al bajar para abrir el portón, recibe una tercera serie de insultos de parte delmédico querellado. En esos instantes, don Joaquín Ignacio Wolfenson Rivas baja de su auto,acercándose a la víctima, con nuevos insultos y propinándole un violento empujón que lo bota alpiso golpeándose violentamente contra el suelo. Logra ponerse de pie, y recibe nuevamente unempujón que lo lanza al piso de cemento, quedando con lesiones. Luego de un tercer intento deempujar al agredido, el querellado ingresa al recinto de la Centro Médico Vida Íntegra paraestacionar.
Está claro que en la familia Wolfenson Rivas están todos cagados del mate.:sisi3:
 
Análisis de caso.

Protección - 317 - 2024 (Valparaíso).
- 26/01/2024: Wolfenson interpone recurso de protección a favor de recurrente que afirma haber sido excluida del trámite posesión efectiva a pesar de que fue adoptada por quien falleció y que además cambió su apellido en honor a su padre adoptivo.
- Wolfenson interpone el recurso contra el Registro Civil.​
- La documentación de respaldo está constituida por el certificado de posesión efectiva donde no figura la parte recurrente como hijo (a), certificado de nacimiento del recurrente donde figura la adopción que es de tipo ADOPCIÓN SIMPLE y la sentencia de cambio de apellido.​
- Wolfenson solicita a la Corte acoger el recurso y que se ordene reincorporar al recurrente a la posesión efectiva.​
- 15/02/2024: La parte recurrida ingresa escrito con su respuesta tras ser solicitado por la Corte.
- El informe señala que en el sistema la recurrente no es hija de quien originó la posesión efectiva.​
- Además se señala la existencia de una subinscripción donde figura que la recurrente fue adoptada por quien originó la posesión efectiva por ADOPCIÓN SIMPLE.​
- El informe destaca que en su momento la legislación distinguía entre ADOPCIÓN SIMPLE y ADOPCIÓN PLENA, en donde la primera es de carácter de asistencia y protección al menor, no genera derechos hereditarios y se extingue con la mayoría de edad.​
- También se cita el artículo 988 del Código Civil en donde se señala que los hijos excluyen a los demás herederos en caso de que exista cónyuge sobreviviente.​

- 27/02/2024: La Corte RECHAZA el recurso de protección:
- Si bien la ley donde se distinguía entre los tipos de adopción está derogada, está el mecanismo de acogerse a otra ley donde por consentimiento de ambas partes a través de escritura pública, se podía adquirir estado civil y en consecuencia derechos hereditarios. No hay documentación en el recurso de protección donde se haya justificado dicho trámite.​
- La recurrente no tiene la calidad de hija del causante de la posesión efectiva y por lo tanto no tiene derechos hereditarios.​
- 04/03/2024: Wolfenson interpone recurso de apelación afirmando que la Corte mantiene la distinción entre hijos de primera y segunda categoría, a pesar de que dicha legislación se encuentra derogada. El abogado afirma que la decisión de la Corte no es admisible "a la luz de los Derechos Humanos y concepto de familia".
- Además se pide a la Corte que se deriven los antecedentes a la CS.​
- 03/05/2024: CS confirma sentencia de Valparaíso.
:sisi3:


:maestro: No ganar ni por si acaso
 
Actualización recurso de protección interpuesto por Wolfenson contra Canal 13, Colegio de Abogados, Soledad Recabarren y periodista.

- 14/10/2025: Ministros ICA Valparaíso resuelven lo siguiente en respuesta a sucesivos escritos ingresados tanto por el recurrente, recurridos y Carabineros.
- Téngase presente que el trámite de notificación ante Colegio de Abogados AG fue positiva.​
- Se concede incorporar a nuevos recurridos, ordenar notificarlos y que en plazo de ocho días presenten informes.​
- Sebastián Flores Muga.​
- Nicolás Copano Vera.​
- Elías Vargas Loyola.​
- Claudia Oliva García.​
- Téngase presente que el trámite de notificación ante periodista de Canal 13 resultó negativo.​
- Se solicita al recurrente que proporcione otro domicilio para notificar al recurrido con plazo de cinco días.​
- Se resuelve evacuar (ingresar a revisión) contestación del Colegio de Abogados AG.​
- Se resuelve evacuar (ingresar a revisión) contestación de Soledad Recabarren Galdames.​
- Se resuelve trasladar (a resolución) excepción de incompetencia presentada por Colegio de Abogados AG.​
- Se resuelve ampliar plazo de presentación para periodista de Canal 13 por cinco días más.​
:sisi3:

:paranoico:
Y se nos armó crossover con COPENE, otro @Descompensadito del foro :lol2:
 
Última edición:
Análisis de caso:

Protección - 19675 - 2025 (ICA Santiago)
- 03/09/2025: Wolfenson interpone recurso de protección a favor de recurrente quien afirma haber sido desvinculada injustificadamente por empleador cuya naturaleza es de derecho privado y colaborador del Estado (parte recurrida).
- La parte recurrente expone que tras una licencia médica por estrés efectuó un viaje al extranjero por recomendación médica y que en estos casos de enfermedades por estrés el ocio no es incompatible.​
- La notificación de desvinculación fue por "faltas a la probidad" tras una investigación interna por el viaje en medio de un período de reposo con fecha 29/07/2025.​
- Wolfenson acompaña como antecedentes varios artículos de la CPR (19 y 20), del Código del Trabajo (160 y 161), Ley 19.880 (11 y 41) y jurisprudencia de la propia corte (Protección - 3399 - 2024, donde se establece que un viaje durante licencia médica no es por sí sólo incumplimiento de reposo en la medida de que no afecte la recuperación).​
- La parte recurrente solicita que la Corte declare que el proceder del empleador fue ilegal, dejar sin efecto la resolución de la desvinculación, reintegro inmediato y pago de las remuneraciones correspondientes.​
- 04/09/2025: Corte informa de admisibilidad en la sala tramitadora.

- 05/09/2025: Ministros resuelven declarar el recurso INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO puesto que la interposición del recurso fue más allá de los 30 días corridos desde la ejecución del acto de desvinculación.

:sisi3:
 
:paranoico:

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Tiembla TVN...te metiste con Wolfenstein...
 
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