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Avanza proyecto que busca declarar "indigno de heredar" a quien maltrate a un adulto mayor

de la jara

Babos@
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El texto, aprobado en general en el Senado, declara incapaz para suceder al difunto a quien ejerza violencia contra un anciano.

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Los senadores aprobaron por unanimidad el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que declara "indignos de heredar" a quienes maltraten o abandonen a los adultos mayores.

La moción, que modifica el artículo 1182 del Código Civil, establece la indignidad para suceder como heredero o legatario de los bienes de un adulto mayor violentado a quien haya sido condenado por delito de maltrato, maltrato habitual, delito de abandono de personas desvalidas o delito de abuso patrimonial de este grupo etario.

Los legisladores descataron la importancia de legislar para asegurar la dignidad de este grupo etario, advirtiendo "la precaria situación de los adultos mayores, con bajas pensiones, dificultad de acceso, medicamentos costosos, abandono; todas estas situaciones que han llevado –incluso- a numerosos casos de suicidio", consignó el hemiciclo a través de un comunicado de prensa.

La Sala acordó fijar plazo de indicaciones hasta el mediodía del jueves 18 de julio.


https://www.cooperativa.cl/noticias...redar-a-quien-maltrate/2019-07-04/003903.html
 
Bien ctm!! Por fin algo bueno!! Conozco una abuelita que la tratan como el pico!! Hace como una semana la cache afuera en la calle de noche cagada de frio con un chaleco y en su silla de ruedas, con la puerta cerrada!! Aparte siempre hablo con ella y la hija le roba sus cosas (son como el pico).
Tanto asi que el otro dia me tope a la hija y la nieta en la calle, me comentaron que tiene demencia cenil agresiva, "que por eso que gritaba tanto siempre". Yo no vivo muy cerca de ellos como para escuchar pero no tenia idea que también la hacian gritar a la pobre.
Por lo general la encuentro llorando afuera en la puerta de su casa y tengo que si o si ir a hablar con ella.. no he querido hacer nada pero la tratan como el pico!! Una vez entre a su pieza y la wea es terrible inerte, cama, mueble pala tele, una tele y la ampolleta colgando ctm, mas encima la pieza es blanca entera, la wea rara.

Esto lo vengo viendo hace muchos años.

Que rabia!!
 
La palabra clave es "condenado". Si no se ejercen acciones legales no vale nada. Cuánta gente maltrata en silencio sin que los viejitos puedan defenderse. No me tinca el proyecto
 
El efecto del populismo es hacer creer que se hace algo para beneficiar a la gente, pero el beneficiario es otro. En este caso la sanción siempre existió pero la gente lo ignora, porque en la práctica es poco común ver casos en que declaren a alguien indigno de suceder, de hecho el mecanismo es algo engorroso, meramente privado y de ahí su desconocimiento a nivel popular. Ahora si se analiza la lógica del proyecto aparentemente pretende ser buena, pero técnicamente es absurda, primero porque como han dicho, la norma existe y aplica para toda persona difunta no importando a que grupo pertenecía, parece un sin sentido agregar algo que ya existe, pero todos sabemos que nunca dan la puntada sin hilo, y ahí es donde hay que tener cuidado, porque lo que quieren agregar es una norma redactada para quese pueda relacionar con otras normas u otros cuerpos legales.

La modificación es ésta: Es indigno para suceder:
6º El que, en relación con el causante, haya sido condenado por alguno de los delitos tipificados en el título tercero BIS del Código Penal titulado del maltrato a menores de dieciocho años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.

Lo que no explican es que quieren modificar además el código penal a este respecto agregándole un inciso al art. 403, y ahí es donde estará el truco pues podría traer como consecuencia ordenar el comiso de la herencia, porque la indignidad será una pena accesoria del delito de violencia o abandono indignidad que la declarará el juez del crimen. Actualmente la acción de indignidad es privada y civil, pero los delitos son acciones punitivas de orden público. Lo que quiere decir que el Estado puede intervenir en ellas a nombre de la sociedad a través de la fiscalía, el sename, adulto mayor, etc..
Pueden revisar la moción en el
Boletín 12034-18



 
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