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Buscando el bienestar antroniano, les dejo un link con una ley donde se especifica un nuevo bono para los trabajadores activos privados y publicos de menores ingresos.....platita que nunca viene mal
http://www.inp.cl/inicio/bono_ley20012.php
LEY N° 20.012
(Publicada en el diario oficial del 02.05.2005)
OTORGA BONO EXTRAORDINARIO PARA LOS SECTORES DE MENORES INGRESOS.
1. ¿En qué consiste este beneficio?
Consiste en un bono extraordinario de cargo fiscal para todos los trabajadores que cumplan esa calidad al 1° de Abril de 2005 y que a dicha fecha cumplían los requisitos para percibirlo.
2. ¿Cuáles son los trabajadores que pueden percibir la bonificación?
- Todos los trabajadores dependientes (régimen general y trabajadores de casa particular) de los sectores público y privado.
- Los trabajadores independientes afiliados a algún régimen de previsión que contemple en su favor el beneficio de la asignación familiar.
- Los trabajadores señalados en los dos párrafos anteriores que se hallen en goce de subsidio de cualquier naturaleza y que perciban el beneficio de asignación familiar.
6. ¿Cuál es el monto de la bonificación y cuándo se paga?
El bono extraordinario es de $16.000 y se pagará en dos cuotas, conjuntamente con las remuneraciones: la primera de $10.000 durante el mes remuneración Mayo de 2005 y la segunda de $ 6.000 durante el mes remuneración Julio de 2005.
El bono extraordinario se paga por trabajador, independiente de las cargas familiares autorizadas, las que deben ser, a lo menos, una.
eso po'h.....pal ke le sirva....
http://www.inp.cl/inicio/bono_ley20012.php
LEY N° 20.012
(Publicada en el diario oficial del 02.05.2005)
OTORGA BONO EXTRAORDINARIO PARA LOS SECTORES DE MENORES INGRESOS.
1. ¿En qué consiste este beneficio?
Consiste en un bono extraordinario de cargo fiscal para todos los trabajadores que cumplan esa calidad al 1° de Abril de 2005 y que a dicha fecha cumplían los requisitos para percibirlo.
2. ¿Cuáles son los trabajadores que pueden percibir la bonificación?
- Todos los trabajadores dependientes (régimen general y trabajadores de casa particular) de los sectores público y privado.
- Los trabajadores independientes afiliados a algún régimen de previsión que contemple en su favor el beneficio de la asignación familiar.
- Los trabajadores señalados en los dos párrafos anteriores que se hallen en goce de subsidio de cualquier naturaleza y que perciban el beneficio de asignación familiar.
6. ¿Cuál es el monto de la bonificación y cuándo se paga?
El bono extraordinario es de $16.000 y se pagará en dos cuotas, conjuntamente con las remuneraciones: la primera de $10.000 durante el mes remuneración Mayo de 2005 y la segunda de $ 6.000 durante el mes remuneración Julio de 2005.
El bono extraordinario se paga por trabajador, independiente de las cargas familiares autorizadas, las que deben ser, a lo menos, una.
eso po'h.....pal ke le sirva....