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Cesión de derechos, "precario vigente"???

Ernok

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2015/06/25
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237
Hola comunidad
El caso es el siguiente, una tía se separó de su marido y este acepto cederle los derechos de la casa de ambos (firmo mi y todo), pero al momento de qué mi tía la inscribiera a su nombre, no se pudo por qué tenia un "precario vigente", el abogado no supo que decirme, y he aquí la pregunta , ¿qué significa un precario vigente?.
Si alguien me pudiera responder para tranquilizar a mi tía se agradecería mucho.
 
a riesgo de quedar de ignorante:

significa que tiene un juicio precario vigente, es decir, que se está disputando con otra persona el hecho de ocupar "sin contrato de por medio, y por ignorancia o mera tolerancia del dueño" la casa de tu tía y el marido...

ojalá se deje caer alguien más ilustrado y nos ilumine :buenaonda:
 
Última edición:
a riesgo de quedar de ignorante me aventuro por dos opciones:

1. significa que tiene un juicio precario vigente, es decir, que se está disputando con otra persona el hecho de ocupar "sin contrato de por medio, y por ignorancia o mera tolerancia del dueño" la casa de tu tía y el marido...

2. significa que ha concedido un precario vigente, es decir, una especie de permiso para el uso del inmueble pero que no involucra contrato o alguna weá así 2: puro carril sí, no me creas jajaja csm me dio risa escribir esto

ojalá se deje caer alguien más ilustrado y nos ilumine :buenaonda:
Me inclino por lo primero, lo segundo no tendría porque ser obstáculo para la transferencia de derechos sobre una eventual nada propiedad.

Aunque siendo el precario la mera tenencia, no debería obstaculizar de forma alguna la transferencia de la propiedad (incluso de considerarse nuda)

Lo mejor es que te consigas una copia de la inscripción con sus respectivas anotaciones y eso aclarará todo y nos evitamos especulaciones.
 
Me inclino por lo primero, lo segundo no tendría porque ser obstáculo para la transferencia de derechos sobre una eventual nada propiedad.

Aunque siendo el precario la mera tenencia, no debería obstaculizar de forma alguna la transferencia de la propiedad (incluso de considerarse nuda)

Lo mejor es que te consigas una copia de la inscripción con sus respectivas anotaciones y eso aclarará todo y nos evitamos especulaciones.

sí compa, de hecho voy a editar porque escribí puras weás en el segundo punto :lol2: budweiser tiene la culpa

quizás en el curso del juicio de precario que tiene el tribunal dictó cierta orden al respecto :ear: por eso el CBR no puede hacerle la inscripción
 
sí compa, de hecho voy a editar porque escribí puras weás en el segundo punto 2: budweiser tiene la culpa

quizás en el curso del juicio de precario que tiene el tribunal dictó cierta orden al respecto :ear: por eso el CBR no puede hacerle la inscripción
Es que por el precario mismo no sé debería obstaculizar nunca, lo otro que se me ocurre es una medida precautoria, alguna prohibición, pero sin ver la inscripción estamos puro weando.
 
Es que por el precario mismo no sé debería obstaculizar nunca, lo otro que se me ocurre es una medida precautoria, alguna prohibición, pero sin ver la inscripción estamos puro weando.

sipos, mientras se ventila el juicio debe haberse ordenado algo, en lo demás estás correcto, no debería ser impedimento por ser una situación de hecho

:buenaonda: @Ernok
 
Eso de la inscripción lo iba a ver el abogado y todavía no llama (¿se puedo ver por internet?)
No se si tendrá que ver pero hace 5 años ella arrendo su casa y los arrendatarios no se quería ir, fue a hablar con un abogado para que pusiera un precario, al final se fueron y quedo en nada ese "recurso".
Recalco que soy totalmente ignorante en estos temas.
 
Eso de la inscripción lo iba a ver el abogado y todavía no llama (¿se puedo ver por internet?)
No se si tendrá que ver pero hace 5 años ella arrendo su casa y los arrendatarios no se quería ir, fue a hablar con un abogado para que pusiera un precario, al final se fueron y quedo en nada ese "recurso".
Recalco que soy totalmente ignorante en estos temas.
Depende de cada conservador, algunos tienen páginas que dejan ver más o menos datos, para irse a la segura es necesario revisar el libro
 
Lo mas probable es que haya un contrato de comodato precario vigente. Mientras no se ponga termino a ese contrato no se puede transferir el dominio.
 
Lo mas probable es que haya un contrato de comodato precario vigente. Mientras no se ponga termino a ese contrato no se puede transferir el dominio.
¿Por que un comodato sería obstáculo para la transferencia? Me salta la duda, porque el efecto de la inscripción según entiendo, es hacer dicho contrato oponible al adquirente, pero no que se interponga a la transferencia de derecho (tomando como analogía, la posibilidad de transferir la nuda propiedad) ¿o hay alguna norma especial?
 
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