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Como embargar representante legal de EIRL

duxcassio

Manfinfler@
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2020/01/02
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Abogad@s del foraze, necesito su ayuda, estoy tramitando un ejecutivo laboral contra una EIRL (empezó por sentencia declarativa de despido improcedente) el tema es que la EIRL no tiene ningún bien que embargar y realizar para pagar la deuda. Ahora, se me había ocurrido solicitar que se embargue al representante legal directamente y que si éste me tramita una tercería, alegar concepto amplio de empresa del artículo 3° del Código del Trabajo, ¿Hay alguien con una idea mejor? o el representado sonó como harpa vieja nomás? gracias!!
 
me parece que esa es la gracia de las eirl, ya se habia comentado en el forazo ese tema, las eirl responden solo por el patrimonio declarado, por lo que al parecer no hay mucho que hacer.

por eso las empresas grandes en su mayoria evitan a las eirl, hubo quienes dijeron que era lo mismo, ennla.practica no es asi, las eirl no dan seriedad para hacer tratos grandes por que no tienen patrimonio que los respalde.
yo les avise antes pero no escucharon, ya me da hasta paja seguir educandolos

:sir:
 
me parece que esa es la gracia de las eirl, ya se habia comentado en el forazo ese tema, las eirl responden solo por el patrimonio declarado, por lo que al parecer no hay mucho que hacer.

por eso las empresas grandes en su mayoria evitan a las eirl, hubo quienes dijeron que era lo mismo, ennla.practica no es asi, las eirl no dan seriedad para hacer tratos grandes por que no tienen patrimonio que los respalde.
yo les avise antes pero no escucharon, ya me da hasta paja seguir educandolos

:sir:
No si tengo claro que es persona juridica y patrimonio distinto, pero lo había pensado por principio de especialidad de la norma laboral a ver si la aguantaban, me da lata por el representado porque es harta plata que le quedaron debiendo, lo otro que había pensado es solicitar oficios y ver si constituyeron bien la EIRL a veces las hacen los contadores y quedan como las weas, para cachar si podría declararla nula y tirarme directo al patrimonio del constituyente :amazed:
 
me parece que esa es la gracia de las eirl, ya se habia comentado en el forazo ese tema, las eirl responden solo por el patrimonio declarado, por lo que al parecer no hay mucho que hacer.

por eso las empresas grandes en su mayoria evitan a las eirl, hubo quienes dijeron que era lo mismo, en la practica no es asi, las eirl no dan seriedad para hacer tratos grandes por que no tienen patrimonio que los respalde.
yo les avise antes pero no escucharon, ya me da hasta paja seguir educandolos

:sir:
No si tengo claro que es persona juridica y patrimonio distinto, pero lo había pensado por principio de especialidad de la norma laboral a ver si la aguantaban, me da lata por el representado porque es harta plata que le quedaron debiendo, lo otro que había pensado es solicitar oficios y ver si constituyeron bien la EIRL a veces las hacen los contadores y quedan como las weas, para cachar si podría declararla nula y tirarme directo al patrimonio del constituyente :amazed:
seria la unica via, si encuentras una falla en la constitucion de la emppresa podrias endosar la responsabilidad, aunque lo veo dificil.
suerte cimpa
 
Cuál es la naturaleza de la EIRL?
Dependiendo de eso se puede ver si la pena seguir con la causa en cobranza.
Quizás demandar civilmente para obtener lucas es una vía.
 
Cuál es la naturaleza de la EIRL?
Dependiendo de eso se puede ver si la pena seguir con la causa en cobranza.
Quizás demandar civilmente para obtener lucas es una vía.
a que te refieres con la naturaleza? son siempre comerciales, y civilmente no es opción ya que es una causa de cobranza laboral que nace por sentencia en juicio monitorio
 
a que te refieres con la naturaleza? son siempre comerciales, y civilmente no es opción ya que es una causa de cobranza laboral que nace por sentencia en juicio monitorio

Es un negocio, una empresa de servicios, si es de servicios, qué servicios prestan, eso. Dependiendo de la naturaleza son los apremios que puedes pedir para asegurarte el pago.
Y Civilmente me iría por indemnización de perjuicios por daño moral, o sea es una opción.
 
Es un negocio, una empresa de servicios, si es de servicios, qué servicios prestan, eso. Dependiendo de la naturaleza son los apremios que puedes pedir para asegurarte el pago.
Y Civilmente me iría por indemnización de perjuicios por daño moral, o sea es una opción.
mm es una empresa como de tortas y weas asi, creo que también funciona como una cafetería, eso que me hablas de los apremios según su giro no lo había escuchado nunca, escucho ideas :ear2:
 
Abogad@s del foraze, necesito su ayuda, estoy tramitando un ejecutivo laboral contra una EIRL (empezó por sentencia declarativa de despido improcedente) el tema es que la EIRL no tiene ningún bien que embargar y realizar para pagar la deuda. Ahora, se me había ocurrido solicitar que se embargue al representante legal directamente y que si éste me tramita una tercería, alegar concepto amplio de empresa del artículo 3° del Código del Trabajo, ¿Hay alguien con una idea mejor? o el representado sonó como harpa vieja nomás? gracias!!
La declaración que aludes se solicita en el juicio laboral, no en esta etapa del procedimiento.
Una EIRL es una cosa difusa porque confunde a la persona misma. Yo que tu avriguaría a través de un Dicom plus donde están las cuentas corrientes y embargas, o algún vehículo.
 
averiguate si la EIRL tiene CC o autos o alguna weá
si no hay absolutamente nada, puta, el socio responde respecto a su aporte no más
 
gracias cipas :alabar: la verdad no fue necesario, al final embargué cuenta corriente y pude obtener el pago, aunque si la declaración de unidad económica en este caso es de lato conocimiento y cuando la tomé en sede de cobranza no se había hecho en su oportunidad
@trod @lothian
 
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