Si lo pueden hacer, pero sólo de tus años de servicio. No de tus vacaciones proporcionales, sueldo, etc.
Por ejemplo:
Pediste 2 millones y el total del crédito son 2.8 millones (capital + intereses y seguros).
Te finiquitaron y tienes 2 años de servicio y tu indemnización es por 2 millones
Tienes vacaciones, mes de aviso y un sueldo que asciende a 2 millones más
En teoría recibirías 4 millones.
El caso es así, te descontarán el saldo capital que son los 2 millones que pediste y los intereses no los pagarás. Eso es la buena noticia.
La mala noticia para tí es que si pueden descontarte, están facultados para hacerlo.