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Declararse en quiebra

Registrado
2011/01/22
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Ciprados,
primero q nada y antes q todo, si este tema no va en el presente foro, favor mover a donde corresponda. Sin otro particular, prosigo.

Estamos con mi pareja y familia viviendo un momento critico en la economía, con deudas q crecen como espuma y ofertas de pago q son para la risa (como pagar 70 cuotas de 150.000 y fraccion) y terminar pagando casi el 100% + que la deuda inicial. Entre las muchas deudas, destaca una, un vehículo comprado el año pasado, q ibamos bien en las cuotas hasta q perdí mi pega, mi finiquito se fue para comprar los básico y atrincherarnos... Pero han pasado los meses y ya no quedan casi lukas, pero las cobranzas continúan y es una constante que afecta nuestra integridad psiquica, las cobranzas....q no haya plata, la poca plata q hay se va para la comida, el arriendo, los hijos... En total hay una deuda de 15 palos en total (mi pareja fue muy consumista hasta antes de embarazarse) y siento y creo q la weaita ya no da para más, pq plata no hay...

ENTONCES, estamos barajando la posibilidad de declararse en quiebra (mi pareja es quien ha suscrito la mayoria de las deudas), y lo unico q nos interesa es mantener el auto, viendo la posibilidad de pasarlo a nombre mío, junto con la mayoría de las cosas de valor q poseamos y liuego proceder a la liquidación de nuestros bienes restantes... Tenemos lugar donde allegarnos un mes mientras buscamos donde arrendar y pirarnos y comenzar de nuevo...

MI PREGUNTA ES, es efectivo traspasar el vehículo a mi nombre asumiendo la deuda, sin q los liquidadores vengan a quitarnoslo?
O, cambiar de domicilio, números telefonico y toda la weaita? Son dos entidades bancarias con las q mi pareja en sus epocas de bonanza económica suscribió prestamos... Son estos los q mas nos preocupan.

Eso ciprados, estamos pensando seriamente en romper la banca a hachazhos y declararnos en la mas absoluta banca rota económica, más no moral.

Los leo queridos cilantros

EDIT: por gramatica
 
Si tu no tienes deudas, pasa todo a tu nombre, la situación es compleja dado el escenario actual, imagino que los cobradores llegan a ser acosadores, por igual necesitan su comisión.
 
¿Tienes mas gente de confianza? Tienes que venderle todo a uno de ellos y que después esta persona le venda todo a otra persona. Todas las transacciones entre personas que no vivan juntas ni sean familia ni matrimonio.
 
Hermanité, primero lamento por lo que pasa, nada más que fuerzas y ánimo le puedo dar en este momento de mierda por el que pasa.
Lo primero que hay que esperar es que te notifiquen la demanda ejecutiva, importante que si notifican de una gestión preparatoria de confesión de deuda ACUDIR y decir textual: ''nada debo''. SI DICES CUALQUIER otra cosa, respuestas evasivas o no respondes, pueden cagarte después y tener un titulo perfecto, el cual es tu confesión (tácita o expresa).
Segundo es analizar sobre que titulo se basa la ejecución, pues puede que esté prescrito, es importante mostrarle al abogado todos los papeles que tengas, cuando te constituiste en mora, etc. OJO que la prescripción hay que alegarla, asi que si te demandan tienes que tener un abogado si o si para que puedas valer tu derecho, en este caso, oponer la excepción de prescripción. (si no teni plata pa abogado, anda a la Corporación de Asistencia Judicial de la RM, puedes solicitarlo por Internet también y te proporcionan defensa por cabros que estan haciendo la práctica, algo es algo al menos)
En cuanto a lo de transferir bienes, en este caso el auto, lamentablemente el acreedor es un hueón que viene devuelta, así que si haces eso de transferir el dominio del automovil no resultaría, menos entre tu y tu señora (la compraventa entre marido y mujer es NULA, es decir, no podría transferirle el auto a su señora o viceversa) ... te explico como podrían agarrarte el auto, para eso habría que distinguir si tenia el vehiculo prenda o no:
1.- Si no, pueden solicitar una acción revocatoria o pauliana, en caso que se inicie un juicio ejecutivo (para cobrar su deuda) y tu hayas hecho la transferencia del auto a otra persona
2.- Si el auto tiene prenda, la prenda es un derecho de garantía real, que quiere decir esto, que da lo mismo en las manos en que esté el vehiculo, siempre será ''ejecutable'' por el acreedor, asi que por más que lo transfiera, siempre podrán quitarselo al que lo tenga. (siempre y cuando la obligación principal, es decir tu deuda crediticia no este prescrita, porque si lo está, la prenda lo está también, ya que es un contrato accesorio y lo accesorio sigue la suerte de lo principal)

Opciones:

1.- Si estas casado en sociedad conyugal, es cambiar tu régimen a separación de bienes y dar el auto en compensación a tu señora al liquidar los bienes de la sociedad y cuando te notifiquen la demanda ejecutiva, tu señora interponga una tercería, no es tan hueviado pero es bueno hacerlo con abogado.
2.- Ahora habría que ver cual es tu fuente de ingresos principal, si boleteas podrías tratar de acogerte a un Procedimiento de Reorganización, eso podría darte más tiempo para organizar tus finanzas
3.- Como ÚLTIMO recurso y si está muy acogotado, pudes solicitar un procedimiento concursal de liquidación voluntaria según la Ley 20.720 presentando los documentos del artículo 115° de la misma ley ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (ya no existen las quiebras por si acaso).
 
Última edición:
Nunca esta demas en saber, ya que somos varios, si no muchos, los que estamos en las mismas.
Me parece que no es recomendable cambiar el auto a tu propiedad, creo que es mejor transferirlo a nombre de tus padres o a los de ella.
 
es muy burdo, te solicitan una acción revocatoria para poder declarar nula tal compraventa y la acción reivindicatoria contra los terceros de buena fe vale en caso de ser una nulidad judicialmente declarada, asi que no tendría mucho sentido.
1.- La acción revocatoria no es para declarar la nulidad de la compraventa
2.- Para ejercer la acción reivindicatoria no es necesario la declaración de nulidad

Nota: 1,5, y repruebas ipso facto Derecho Personales u Obligaciones
¿Estudiante de Derecho, verdad?
 
MI PREGUNTA ES, es efectivo traspasar el vehículo a mi nombre asumiendo la deuda, sin q los liquidadores vengan a quitarnoslo?
O, cambiar de domicilio, números telefonico y toda la weaita? Son dos entidades bancarias con las q mi pareja en sus epocas de bonanza económica suscribió prestamos... Son estos los q mas nos preocupan

Solo respónde certeramente las siguientes tres preguntas y te puedo salvar tu auto (veo mucho "estudiante" de Derecho que con suerte se sabe los primeros diez artículo del Código Civil)

1.- ¿Tienes a un adulto mayor o hermano o cualquier familiar que sepa conducir?;
2.- ¿Te ha llegado alguna demanda ejecutiva?;
3.- ¿Tu señora tiene casa propia (inscrita en el BBR)?, y
4.- Fecha exacta de adquisición de las deudas de tu eñora.
 
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