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Devolución de impuestos

Puta yo tengo todo el 2018 con multas por no declarar el F29 sin movimientos. Me retendrán la miseria de plata que me queda a favor después del descuento obligatorio ??
Debo como 200 mil por multas y el saldo que me dejaron es de 180 ... si pago lo que debo salgo para atrás. Puta la wea.
Esta mierda que implementaron de las cotizaciones y seguros es robo a mano armada. hasta el loly papa.
 
bueno ya falta poco para la famosa devolución de impuestos.

actualmente soy socio de una compañía limitada por lo que recibo una parte de la devolución, pero también me estoy saliendo de la compañía este año. Mi pregunta es si es posible que el contador de la empresa me juegue una mala pasada (no tengo contacto con él) y cambie la cuenta de banco a donde llega la devolución y ponga una del dueño ?

o necesariamente la cuenta bancaria tiene que estar a nombre del socio para recibir la devolución ? Hay alguna excepción ?
Ya, si es atribuida:

1.- las lucas que genera la empresa (ej, resultado tributario del año 100) se atribuye en las declaraciones de impuestos en proporción a la participación (esto es solo para fines tributarios, puede que no toques un peso pero igual te atribuyen), con su respectivo crédito.

Es decir, si tu tienes un 30%, te atribuirán un ingreso de 30, con un crédito contra tu impuesto personal de 7,5 (el 25% de los 30). En estricto rigor, si tu impuesto personal es cero, esos 7,5 te llegarían de vuelta en mayo.

La lógica de lo anterior, es que las lucas de la empresa finalizan altiro sus impuestos a nivel personal. Entonces después cuando se hagan los retiros reales, no van a tributar puesto que la tributación ya se cumplió en la atribución.

2.- los RETIROS, que son reales, ya dejan de ser un tema tributario, puesto que la tributación ahora se gatilla en el paso anterior (la atribución). Hasta el año pasado, los retiros debían ser en función de la participación, ya que si no era así, el SII te llamaba para explicar que la diferencia no se debía a fines elusivos (y justificarlo).

Ahora los weones si quieren se llevan todas las lucas y tu no tení idea. Todo depende de como gestionan la empresa a nivel comercial.

Tienen cuenta corriente?
La cuenta corriente requiere tu firma para girar cheques?

Está en ti revisar si existen los suficientes resguardos respecto de las lucas, porque al menos tributariamente ahora no existe ninguna traba.

Eso :santa:
 
Ya, si es atribuida:

1.- las lucas que genera la empresa (ej, resultado tributario del año 100) se atribuye en las declaraciones de impuestos en proporción a la participación (esto es solo para fines tributarios, puede que no toques un peso pero igual te atribuyen), con su respectivo crédito.

Es decir, si tu tienes un 30%, te atribuirán un ingreso de 30, con un crédito contra tu impuesto personal de 7,5 (el 25% de los 30). En estricto rigor, si tu impuesto personal es cero, esos 7,5 te llegarían de vuelta en mayo.

La lógica de lo anterior, es que las lucas de la empresa finalizan altiro sus impuestos a nivel personal. Entonces después cuando se hagan los retiros reales, no van a tributar puesto que la tributación ya se cumplió en la atribución.

2.- los RETIROS, que son reales, ya dejan de ser un tema tributario, puesto que la tributación ahora se gatilla en el paso anterior (la atribución). Hasta el año pasado, los retiros debían ser en función de la participación, ya que si no era así, el SII te llamaba para explicar que la diferencia no se debía a fines elusivos (y justificarlo).

Ahora los weones si quieren se llevan todas las lucas y tu no tení idea. Todo depende de como gestionan la empresa a nivel comercial.

Tienen cuenta corriente?
La cuenta corriente requiere tu firma para girar cheques?

Está en ti revisar si existen los suficientes resguardos respecto de las lucas, porque al menos tributariamente ahora no existe ninguna traba.

Eso :santa:
si tienen cuenta corriente, pero de todas maneras la cuenta corriente debiese estar a mi nombre, cierto?
supongo que la cuenta corriente no requiere mi nombre, ya que nunca he firmado nada.
aunque el dueño de la empresa tiene un poder simple para firmar por mi(es familiar) y soy avalista de la cuenta corriente de la empresa con mi cuenta corriente personal.


puta me acabo de dar cuenta que te banearon
 
si tienen cuenta corriente, pero de todas maneras la cuenta corriente debiese estar a mi nombre, cierto?
supongo que la cuenta corriente no requiere mi nombre, ya que nunca he firmado nada.
aunque el dueño de la empresa tiene un poder simple para firmar por mi(es familiar) y soy avalista de la cuenta corriente de la empresa con mi cuenta corriente personal.


puta me acabo de dar cuenta que te banearon
@Tot23 returns
 
si tienen cuenta corriente, pero de todas maneras la cuenta corriente debiese estar a mi nombre, cierto?
supongo que la cuenta corriente no requiere mi nombre, ya que nunca he firmado nada.
aunque el dueño de la empresa tiene un poder simple para firmar por mi(es familiar) y soy avalista de la cuenta corriente de la empresa con mi cuenta corriente personal.


puta me acabo de dar cuenta que te banearon
En las ltdas hay libertad de repartir utilidades. No requieren distribuir en % a la participación, salvo que la propia escritura de constitución y/o sus modificaciones, establezcan esto como obligación (cosa que muy pocos hacen).

No es como las S.A. que tienen todo un marco legal (ley 18046) para estos temas.

Así que si tienen la facultad de girar cheques o hacer transferencias sin que tu debas autorizar/firmar/entregar claves o algo que te implique si o si a ti en el proceso, persignate :lol3:

Habla luego con tus socios pa ver ese tema wn, porque como te dije en un post anterior, esto ya dejó el ámbito tributario.
 
En las ltdas hay libertad de repartir utilidades. No requieren distribuir en % a la participación, salvo que la propia escritura de constitución y/o sus modificaciones, establezcan esto como obligación (cosa que muy pocos hacen).

No es como las S.A. que tienen todo un marco legal (ley 18046) para estos temas.

Así que si tienen la facultad de girar cheques o hacer transferencias sin que tu debas autorizar/firmar/entregar claves o algo que te implique si o si a ti en el proceso, persignate :lol3:

Habla luego con tus socios pa ver ese tema wn, porque como te dije en un post anterior, esto ya dejó el ámbito tributario.
acabo de ver en la pagina del sii que mi % de utilidades es el mismo a mi participación, me imagino que para cambiar eso tendrian que modificar la escritura y eso tomaria tanto tiempo que no alcanzaria a afectar mi devolución de impuestos o me equivoco?
 
acabo de ver en la pagina del sii que mi % de utilidades es el mismo a mi participación, me imagino que para cambiar eso tendrian que modificar la escritura y eso tomaria tanto tiempo que no alcanzaria a afectar mi devolución de impuestos o me equivoco?
Eso no tiene validez legal.

Deja de asumir weas y pide los papeles.
 
Eso no tiene validez legal.

Deja de asumir weas y pide los papeles.
ya, ya hicieron la declaración y está todo bien, no pusieron mi cuenta bancaria para el deposito pero ahora me metí a la pagina del sii y envié la declaración de nuevo con mi cuenta bancaria y cambié la clave. :awesomeyeah:

pregunta crucial: el contador tiene que meterse de nuevo a mi cuenta del sii a hacer algo más o ya estaria todo cocinado?


@Tot23 returns
 
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