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Fallos por DD.HH.: Corte Suprema ha concedido $55.000 millones en indemnizaciones

bub4cloff

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El Poder Judicial informó que entre 2002 y 2018, la Corte Suprema han dictado 447 sentencias en causas de delitos de lesa humanidad. De ellas 394 corresponden a materias penales y 53 a juicios civiles. La cifra desglosada por delitos muestra que 175 fallos corresponden a secuestro calificado; 108 a homicidio calificado; 50 a homicidio simple; 37 a secuestro simple; 16 por detención ilegal y nueve por torturas, entre otros. Además, en el periodo se acogieron 217 demandas de indemnización de perjuicios por un monto total que bordea los 55 mil millones de pesos.

Los datos se entregaron en el seminario “Poder Judicial y Derechos Humanos: labor y proyección“, destinado a analizar la labor de los tribunales del país en materia de violaciones a los derechos humanos cometidos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990. Actualmente, siete ministros en visita están investigando delitos de lesa humanidad en todo el país. Entre 2014 y 2018 se han fallado 353 causas en primera instancia.

En 2018 se cerraron 151 investigaciones y se dictaron 72 acusaciones en contra de 322 personas. Además, se iniciaron 245 nuevas causas con 57 autos de procesamientos, lo que se traduce en 191 sometidos a proceso.

En el seminario, el presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, sostuvo que “Chile es un país que ha dado pasos relevantes al sancionar penalmente las infracciones a los derechos humanos, constituyéndose en un ejemplo para avanzar en justicia y paz social”. https://www.eldinamo.cl/nacional/20...concedido-55-000-millones-en-indemnizaciones/

Ni perdon ni olvido... :protesta:
 
46 jardines japoneses, , que fueron a parar a bolsillos de weones como fonola o huachacomunista.
Para tener idea de las magnitudes, el hospital Gustavo Fricke nuevo costo 85.000 millones.
Reparar el inmenso dolor y sufrimiento, no con justicia sino con dinero :clapclap:
 
Por eso nunca terminara el lloriqueo por la dictadura, hay weones que se sustentan y hacen carrera de ello.
Ojalá mueran luego todas las generaciones de milicos involucrados, para que los parasitos culiaos dejen de llorar de una buena vez.
 
Por eso nunca terminara el lloriqueo por la dictadura, hay weones que se sustentan y hacen carrera de ello.
Ojalá mueran luego todas las generaciones de milicos involucrados, para que los parasitos culiaos dejen de llorar de una buena vez.
Creo que para esa fecha todos estarán muertos....
 
Allí están abanicándose los falsos Detenidos Desaparecidos, amparados en los Desechos Humanos y cobrando pensiones vitalicias...

"Mataron" al abuelo, cobra el hijo, luego el cobro lo hereda el nieto, pasando después por el bisnieto, para terminar el pago en el tataranieto; el eslavón para abusar de su falsa victimización y cobrar de estos parásitos nunca acabará.
 
Poder Judicial investiga más de 1.300 causas por crímenes de lesa humanidad cometidos en dictadura
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En el salón de pleno de la Corte Suprema, el Poder Judicial entregó su primer balance sobre Derechos Humanos y las investigaciones por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura que encabezó Augusto Pinochet.

Según cifras del máximo tribunal del país, 1.351 causas se encuentran vigentes, mientras que se ha dictado 447 sentencias, de las cuales 394 fueron con origen penal y 53 con origen civil, entre enero de 2002 y diciembre de 2018.

El abogado Nelson Caucoto, experto en causas de Derechos Humanos, criticó el actuar del Poder Judicial durante la dictadura cívico militar, pero aseguró que los jueces de hoy no pueden cargar con esas acciones.

Erika Hennings, directora del espacio de memoria Londres 38, valoró el bañance, manifestando que es importante que se reconozca las deficiencias que tuvo el Poder Judicial durante dictadura.

El Ministro de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, consultado por la demora en los cierres de los procesos judiciales, aseguró que se debe, entre otras cosas, porque muchos delitos ocurrieron de noche, sin testigos.

En la actualidad, hay siete ministros en visita investigando delitos de lesa humanidad en el país. Entre 2014 y 2018 se han fallado 354 causas en primera instancia, mientras que el año pasado se cerraron 151 sumarios.

Además, se iniciaron 245 nuevas causas, lo que se traduce en 191 personas sometidas a proceso.

https://www.biobiochile.cl/noticias...e-lesa-humanidad-cometidos-en-dictadura.shtml
 
Ministra Marianela Cifuentes condena a tres carabineros (r) por homicidio calificado en Puente Alto en 1985.
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Se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos).


La Ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a tres suboficiales en retiro de Carabineros, en calidad de autores del delito consumado de homicidio calificado de Patricio Leonel González González. Ilícito perpetrado el 17 de diciembre de 1985, en la comuna de Puente Alto.

En el fallo (causa rol 1-2011), la Ministra en visita condenó al Sargento 1° Ramón Antonio Venegas Arenas, al excabo segundo Nelson Mario Pérez Cabezas y al exsuboficial Juan Orlando Muñoz Orellana a 10 años y un día de presidio efectivo y las sanciones accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condena; más el pago de las costas del proceso.

En el aspecto civil, el fallo condena al Estado de Chile a pagar una indemnización de $250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos), desglosados en $100.000.000 para la madre de la víctima y $50.000.000 para cada uno de sus tres hermanos.

http://www.diarioconstitucional.cl/...-homicidio-calificado-en-puente-alto-en-1985/

 
CS condena al Fisco pagar indemnización a víctima de torturas de Concepción.
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En el presente caso no resultan atingentes las normas del derecho interno previstas en el Código Civil sobre prescripción.

La Corte Suprema acogió recurso de casación y condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a víctima de apremios ilegítimos. Ilícito perpetrado en 1974, en la ciudad de Concepción.

En su sentencia, expone el máximo Tribunal que la indemnización del daño producido por el delito, así como la acción para hacerla efectiva, resultan de máxima trascendencia al momento de administrar justicia, comprometiendo el interés público y aspectos de justicia material. En el caso en análisis, dado el contexto en que el ilícito fue verificado con la intervención de agentes del Estado durante un período de extrema anormalidad institucional, en el que representaban al gobierno de la época y en que -al menos en el caso de autos- claramente se abusó de aquella potestad y representación, produciendo agravios de tanta gravedad como el que aquí se estudia, por lo que el Estado de Chile no puede eludir su responsabilidad legal de reparar dicha deuda de jure", sostiene el fallo.

A lo anterior lo obliga el Derecho Internacional, se agrega, traducido en Convenios y Tratados que, por clara disposición constitucional, le son vinculantes, como ocurre por ejemplo y entre otros, con la propia Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, que se encuentra vigente en nuestro país desde el 27 de enero de 1980, que establece en su artículo 27 que el Estado no puede invocar su propio derecho interno para eludir sus obligaciones internacionales, pues de hacerlo comete un hecho ilícito que compromete la responsabilidad internacional del Estado (Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano, Edición 2000, Humberto Nogueira Alcalá, Las Constituciones Latinoamericanas, página 231).

Y es que el derecho de las víctimas a percibir la compensación correspondiente implica, desde luego, la reparación de todo daño que les haya sido ocasionado, lo que se posibilita con la recepción del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en nuestra legislación interna, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º de la Constitución Política de la República que señala que ‘el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.

De este modo, prosigue la sentencia, en el presente caso no resultan atingentes las normas del derecho interno previstas en el Código Civil sobre prescripción de las acciones civiles comunes de indemnización de perjuicios en las que los jueces del fondo asilan su decisión, al estar en contradicción con las reglas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos que protegen el derecho de las víctimas y familiares a recibir la reparación correspondiente, estatuto normativo internacional que ha sido reconocido por Chile y que, sin perjuicio de la data de su consagración y reconocimiento interno, corresponden a normas de ius cogens, derecho imperativo internacional que protege valores esenciales compartidos por la comunidad internacional que ha debido ser reconocido por los jueces de la instancia al resolver la demanda intentada", añade.

En suma, concluye la Corte Suprema, pesando sobre el Estado la obligación de reparar a la víctima y sus familiares consagrado por la normativa internacional sobre Derechos Humanos, el derecho interno no deviene en un argumento sostenible para eximirlo de su cumplimiento. No sólo por lo ya expresado sino porque este deber del Estado también encuentra su consagración en el derecho interno.



Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema; Corte de Apelaciones de Concepción y de primera instancia.



http://www.diarioconstitucional.cl/...nizacion-a-victima-de-torturas-de-concepcion/
 
Por eso nunca terminara el lloriqueo por la dictadura, hay weones que se sustentan y hacen carrera de ello.
Ojalá mueran luego todas las generaciones de milicos involucrados, para que los parasitos culiaos dejen de llorar de una buena vez.

Para qué hablar de los que hacen documentales, películas y libros relacionados a la Dictadura e inmediatamente son éxito de ventas...
 
Ministro Álvaro Mesa condena a 18 años de presidio a autores de homicidio de diputado y dirigente campesino.
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En el aspecto civil, condenó al fisco a pagar una indemnización total de $730.000.000 (setecientos treinta millones de pesos) a familiares de las víctimas.

El Ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las Cortes de Apelaciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, condenó a René Isidro Villarroel Sobarzo y Carlos Segundo Tapia Galleguillos a 18 años de presidio efectivo, como autores del delito de homicidio calificado de Luis Espinoza Villalobos y Abraham Oliva Espinoza. Ilícitos perpetrados el 2 de diciembre de 1973, al norte de Frutillar, Región de Los Lagos.

En el fallo, el Ministro en visita aplicó, además, Villarroel Sobarzo y Tapia Galleguillos las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más del pago de las costas del proceso.

En el aspecto civil, condenó al fisco a pagar una indemnización total de $730.000.000 (setecientos treinta millones de pesos) a familiares de las víctimas.

http://www.diarioconstitucional.cl/...-homicidio-de-diputado-y-dirigente-campesino/
 
Ministro Álvaro Mesa condena a 18 años de presidio a autores de homicidio de diputado y dirigente campesino.
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En el aspecto civil, condenó al fisco a pagar una indemnización total de $730.000.000 (setecientos treinta millones de pesos) a familiares de las víctimas.

El Ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las Cortes de Apelaciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, condenó a René Isidro Villarroel Sobarzo y Carlos Segundo Tapia Galleguillos a 18 años de presidio efectivo, como autores del delito de homicidio calificado de Luis Espinoza Villalobos y Abraham Oliva Espinoza. Ilícitos perpetrados el 2 de diciembre de 1973, al norte de Frutillar, Región de Los Lagos.

En el fallo, el Ministro en visita aplicó, además, Villarroel Sobarzo y Tapia Galleguillos las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más del pago de las costas del proceso.

En el aspecto civil, condenó al fisco a pagar una indemnización total de $730.000.000 (setecientos treinta millones de pesos) a familiares de las víctimas.

http://www.diarioconstitucional.cl/...-homicidio-de-diputado-y-dirigente-campesino/


730 millones por matar a un diputado
50 millones por matar a alguien ...
 
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