jotamurdock
Bestia
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Formado el nuevo gobierno, se comenzó a actuar. En este trabajo nos referiremos a la amnistía aprobada a los pocos días.
La Diputación Permanente de las Cortes aprobaba el 21 de febrero de 1936 la amnistía de todos los condenados por los sucesos de la Revolución de Octubre de 1934, por propuesta de Azaña, y que constituía uno de los puntos más destacados del programa político del Frente Popular : A conceder por una ley una amplia amnistía de los delitos políticos sociales cometidos posteriormente a noviembre de 1933, aunque no hubieran sido considerados como tales por los Tribunales. Alcanzará también a aquellos de igual carácter no comprendidos en la ley de 24 de abril de 1934. Se revisarán, con arreglo a la ley, las sentencias pronunciadas en aplicación indebida de la de Vagos por motivos de carácter político; hasta tanto que se habiliten las instituciones que en dicha ley se prescriben, se restringirá la aplicación de la misma y se impedirá que en lo sucesivo se utilice para perseguir ideales o actuaciones políticas. “ Debe tenerse en cuenta que esta amnistía fue demandada desde la calle desde el primer momento en el que se produjo la victoria electoral de la izquierda, como hemos señalado. Era evidente que el encarcelamiento de miles de personas a raíz de aquellos hechos había generado un intenso malestar social, muy agudizado en Cataluña con el encarcelamiento de sus principales autoridades. El Decreto-ley fue aprobado por la Diputación Permanente, presidida por Santiago Alba. Se produjo por unanimidad. Constaba de un solo artículo, y se tuvo que debatir de forma muy rápida, con una convocatoria del día anterior hecha por telegrama, provocando que no pudieran acudir todos los diputados, aunque los no asistentes mandaron votos favorables. Al final, se reunieron dieciocho diputados, cumpliendo lo exigido por la ley, ya que se necesitaba un mínimo de catorce. Los propios diputados de la CEDA votaron favorablemente, animados por la necesidad de mantener el orden público, y porque era evidente que había sido una demanda que había ganado en las elecciones. La disposición fue la siguiente: Siendo inequívoca la significación del resultado de las elecciones a Diputados a Cortes en cuanto a la concesión de una amnistía por delitos políticos y sociales, en favor de la cual se ha pronunciado la mayoría del Cuerpo electoral, y tratándose de una medida de pacificación conveniente al bien público y a la tranquilidad de la vida nacional, en qué están interesados por igual todos los sectores políticos; de acuerdo con el Consejo de Ministros, a propuesta de su Presidente y previa la aprobación de la Diputación permanente de las Cortes, Vengo en disponer lo siguiente: Artículo único. Se concede amnistía a los penados y encausados por delitos políticos y sociales. Se incluye en esta amnistía a los Concejales de los Ayuntamientos del País vasco condenados por sentencia firme. El Gobierno dará cuenta a las Cortes del uso de la presente autorización.
Dado en Madrid a veintiuno de Febrero de mil novecientos treinta y seis.
NICETO ALCALA-ZAMORA Y TORRES
El Presidente del Consejo de Ministros, Manuel Azaña Díaz”
https://www.google.com/amp/s/nuevat...ia-febrero-1936/20170217123512136827.amp.html https://www.google.com/amp/s/www.ab...gunda-republica-202009240054_noticia_amp.html
La Diputación Permanente de las Cortes aprobaba el 21 de febrero de 1936 la amnistía de todos los condenados por los sucesos de la Revolución de Octubre de 1934, por propuesta de Azaña, y que constituía uno de los puntos más destacados del programa político del Frente Popular : A conceder por una ley una amplia amnistía de los delitos políticos sociales cometidos posteriormente a noviembre de 1933, aunque no hubieran sido considerados como tales por los Tribunales. Alcanzará también a aquellos de igual carácter no comprendidos en la ley de 24 de abril de 1934. Se revisarán, con arreglo a la ley, las sentencias pronunciadas en aplicación indebida de la de Vagos por motivos de carácter político; hasta tanto que se habiliten las instituciones que en dicha ley se prescriben, se restringirá la aplicación de la misma y se impedirá que en lo sucesivo se utilice para perseguir ideales o actuaciones políticas. “ Debe tenerse en cuenta que esta amnistía fue demandada desde la calle desde el primer momento en el que se produjo la victoria electoral de la izquierda, como hemos señalado. Era evidente que el encarcelamiento de miles de personas a raíz de aquellos hechos había generado un intenso malestar social, muy agudizado en Cataluña con el encarcelamiento de sus principales autoridades. El Decreto-ley fue aprobado por la Diputación Permanente, presidida por Santiago Alba. Se produjo por unanimidad. Constaba de un solo artículo, y se tuvo que debatir de forma muy rápida, con una convocatoria del día anterior hecha por telegrama, provocando que no pudieran acudir todos los diputados, aunque los no asistentes mandaron votos favorables. Al final, se reunieron dieciocho diputados, cumpliendo lo exigido por la ley, ya que se necesitaba un mínimo de catorce. Los propios diputados de la CEDA votaron favorablemente, animados por la necesidad de mantener el orden público, y porque era evidente que había sido una demanda que había ganado en las elecciones. La disposición fue la siguiente: Siendo inequívoca la significación del resultado de las elecciones a Diputados a Cortes en cuanto a la concesión de una amnistía por delitos políticos y sociales, en favor de la cual se ha pronunciado la mayoría del Cuerpo electoral, y tratándose de una medida de pacificación conveniente al bien público y a la tranquilidad de la vida nacional, en qué están interesados por igual todos los sectores políticos; de acuerdo con el Consejo de Ministros, a propuesta de su Presidente y previa la aprobación de la Diputación permanente de las Cortes, Vengo en disponer lo siguiente: Artículo único. Se concede amnistía a los penados y encausados por delitos políticos y sociales. Se incluye en esta amnistía a los Concejales de los Ayuntamientos del País vasco condenados por sentencia firme. El Gobierno dará cuenta a las Cortes del uso de la presente autorización.
Dado en Madrid a veintiuno de Febrero de mil novecientos treinta y seis.
NICETO ALCALA-ZAMORA Y TORRES
El Presidente del Consejo de Ministros, Manuel Azaña Díaz”
https://www.google.com/amp/s/nuevat...ia-febrero-1936/20170217123512136827.amp.html https://www.google.com/amp/s/www.ab...gunda-republica-202009240054_noticia_amp.html