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la marraqueta más crujente: Delincuente muere tras robo en vivienda de Lo Prado: Dueño de casa efectuó los disparos.

segun emol, el dueño de casa salio a la calle y disparo contra el auto donde huian, y el indeseable murio adentro del auto

mas encima, dice que los asaltantes amenazaron con "objetos contundentes" (*),

se le viene feo a gris

(*) que chucha es "objeto contundente"? entrar con una porra de la edad media?
 
Igual el socio se metio en el medio tete o se va preso o se va a tener que cambiar de casa ya que la familia del flaite en cualquier momento se la va a ir a “cobrar” :/
Para ese caso, mejor invertir en seguridad en la casa, como puertas más fuertes, alambres electrificados, cámaras de vigilancia, de tal manera que la casa se vea como una fortaleza y los flaites se la piensen más de dos veces antes de robarla.
 
Para ese caso, mejor invertir en seguridad en la casa, como puertas más fuertes, alambres electrificados, cámaras de vigilancia, de tal manera que la casa se vea como una fortaleza y los flaites se la piensen más de dos veces antes de robarla.

y cartelitos de cuidado con el perro
 
Debió dialogar con ese joven soñador.

Lo prado debe ser una de las comunas más callamperas de Santiago, por lejos.
 
Creo que la legítima defensa con arma debidamente inscrita se limita a la vivienda ...fuera de ella el héroe tendrá que vérselas con jueces zurdos.

@Pudge :orejon:


Como sea denle una medalla a ese gris
:clapclap:

Uno de los requisitos de la legítima defensa es la actualidad de la amenaza/peligro. Si el tuja entra a robar a una casa, con habitantes y es repelido, posteriormente escapa, el peligro se acaba. Si le disparas cuando va arrancando, dudo que el magistrado vea esto como legítima defensa; ni siquiera extensiva, pasaría como homicidio. No te van a aguantar que lo revientes afuera de tu casa, a balazos.

Ahora, si el tuja le muestra o le apunta en su huida con un arma o un símil de ella; sigue pasando como legítima defensa en el primer caso o error en el segundo. Te salvas.

Ahora, si el dueño de casa está en un estado de obcecación por X motivo, la impresión, la agresión a un familiar dentro del robo en lugar habitado, también pasaría como eximente de responsabilidad. Pero una persona así no suele ser hábil tirador.

Por eso, si le van a disparar a un tuja, como en este caso, digan que los apuntó con un objeto similar a un arma o lo cargan con una de fogueo aunque sea.


Esto siempre se ve de manera casuística; hay que ver caso a caso ya que hay muchos factores que influyen en tu responsabilidad penal.
 
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