"En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: "¿Quiere usted una Nueva Constitución?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión "Apruebo" y la segunda, la expresión "Rechazo", a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.
La segunda cédula contendrá la pregunta: "¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión "Convención Mixta Constitucional" y la segunda, la expresión "Convención Constitucional". Bajo la expresión "Convención Mixta Constitucional".
"El Tribunal Calificador de Elecciones conocerá del escrutinio general y proclamará aprobadas las cuestiones que hayan obtenido más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos. Para estos efectos, los votos nulos y blancos se considerarán como no emitidos. El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional."
"Si la ciudadanía hubiere aprobado elaborar una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020."
Había escuchado esto, pero no entendía cual era le queja, leyendo la ley cache cual es la preocupación, pero creo que a pesar de no ser explicito el "si solo si" entre papeletas, si llegara el caso de que alguien apelara a que aun ganado el rechazo, la segunda cedula contiene una mayoría que ha elegido el órgano que debería redactar la nueva constitución, por tanto debe validarse, caeríamos en una contradicción, porque 1- la gente ha elegido que no quiere una nueva constitución, 2- la gente eligió que XXXX es el órgano que debiera redactar la nueva constitución, 3- el presidente emite el decreto para que se armen el órgano que la redactara, si la gente hubiere aprobado elaborar una nueva constitución.
En el peor de los casos, se elegirá un órgano que no podrá ser convocado para su función.