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La ley da al empleador la posibilidad de aplicar exámenes para medir las aptitudes de los postulantes a un cargo; también le permite establecer mecanismos para fiscalizar la jornada de trabajo y resguardar los bienes de la empresa. Pero para ello es necesario observar ciertas restricciones.
Uno de los temas más polémicos en la relación de trabajo tiene que ver con el control que el empleador puede ejercer respecto del trabajador durante su jornada laboral.
Está claro que, desde el punto de vista del empleador, tener ciertas medidas de control del personal es necesario para una adecuada gestión. Así además lo reconoce la ley, que expresamente faculta al empleador a organizar y dirigir la empresa aplicando ciertos controles, aunque éstos deberán siempre conciliarse con el respeto a la vida privada de los trabajadores.
Entendido lo anterior, hay distintas formas de controlar los horarios que deben cumplir los trabajadores, velar por la seguridad de las personas y los bienes materiales y el adecuado desempeño en el lugar de trabajo, entre otros.
También existen diversos medios para efectuar estos controles, que varían desde el conocido sistema de marcar tarjetas, firmar libro de asistencia o la instalación de circuitos cerrados de televisión, para verificar el cumplimiento del horario de trabajo; el registro de casilleros, lockers, bolsos o carteras para evitar hurtos y robos - siempre que no sean actos discriminatorios y manteniendo el absoluto respeto al individuo- ; o realizar exámenes para detectar el consumo de drogas o alcohol de postulantes y dependientes.
Cautelar los derechos
Más aún, la ley permite a los empleadores efectuar exámenes médicos o psicotécnicos al personal, ya sea antes de ser contratados o después, a fin de decidir acerca de la capacidad o idoneidad de cada persona para el ejercicio de una posición determinada.
Sin embargo, y tal como hemos señalado, la facultad del empleador para exigir estos exámenes debe ser compatible con los derechos fundamentales del postulante. Esto implica que se deben conciliar y armonizar los bienes jurídicos en juego, a fin de evitar, por ejemplo, la intromisión en la intimidad y vida privada de las personas, o bien, la lesión de su derecho al honor.
Así, por ejemplo, los exámenes preocupacionales están sujetos a los siguientes requisitos:
- Si la empresa desea realizar exámenes específicos a los postulantes a un cargo determinado, debe contar con el consentimiento expreso del postulante.
- El resultado del examen le impone un deber de secreto al empleador, por lo que la información en él contenida debe guardarse bajo la más estricta confidencialidad.
- Los exámenes sólo pueden utilizarse con el fin de establecer la capacidad o idoneidad del postulante para ocupar un cargo o ejercer una determinada función, pero no pueden ser utilizados como criterio de discriminación.
En relación a este último punto, el Código del Trabajo prohíbe expresamente que se exija a las mujeres un certificado con el objeto de establecer si se encuentran o no embarazadas.
Del mismo modo, mediante diversos dictámenes, la Dirección del Trabajo ha regulado la aplicación de los exámenes para la detección del consumo de drogas, exigiendo que estas medidas se encuentren establecidas en el Reglamento Interno de la compañía; que sean idóneas a los fines perseguidos y que
no pueden tener un carácter represivo.
En este mismo sentido, se ha señalado que estos exámenes deben ser universales, es decir, deben ser aplicados a todos por igual, o en su defecto, aplicados a algunos trabajadores mediante un sistema de sorteo, y que por ninguna circunstancia estos controles pueden significar adoptar medidas prepoliciales al interior de la empresa.
Shaoran-kun dijo:
Ahi esta la respuesta en cuanto a la supuesta discriminacion
El_EleGid0 dijo:por lo que se el examen de marihuana o tetrahidrocarburos
sura 6 meses en el cuerpo
asi k tni como pa un año pa estar limpiolimpio
mi consejo es dejalas