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Noveno Juzgado Civil de Santiago ordena al fisco indemnizar a cinco víctimas de detención ilegal y tortura

Walter Nelson

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Una indemnización total de $440.000.000 por concepto de daño moral, a Juan Contreras Olivos, Mario Ortiz Avendaño, Miguel Ortiz Avendaño, Ruth Ampuero Martínez y Rubén Candía Ampuero.


El Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización total de $440.000.000 por concepto de daño moral, a Juan Enrique Contreras Olivos, Mario Antonio Ortiz Avendaño, Miguel Armando Ortiz Avendaño, Ruth Cristina Ampuero Martínez y Rubén Eduardo Candía Ampuero, quienes fueron detenido y torturados por agentes del Estado en diversos periodos y lugares, entre 1973 y 1985.

En la sentencia, la magistrada Cecilia Castro Hartard estableció la responsabilidad y obligación del Estado de reparar el daño causado por sus agentes a víctimas de crímenes de lesa humanidad, imprescriptibles tanto en sede penal como civil.

“Que de esta manera, encontrándose acreditado el ilícito, la responsabilidad del Estado y la circunstancia de que la detención y tortura de las víctimas, no habría tenido lugar sin la intervención de funcionarios estatales no se hubiera producido, solo queda dar por establecida la responsabilidad del Estado de Chile en los apremios físicos y psicológicos infligidos a los actores”, plantea el fallo.

Además, se añadió que «la responsabilidad trae consigo la indemnización de los perjuicios causados, reparación que se ha solicitado en relación al daño moral sufrido por los demandantes”.

La resolución agrega: “Que para acreditar el daño moral sufrido se tendrá en cuenta los informes allegados que se refieren a las afectaciones físicas y emocionales sufridas por los demandantes, producto de los hechos delictuales cometidos por agentes del Estado y que han permanecido luego de más de 40 años de ocurridos los hechos”.

“Que en cuanto al monto de la indemnización, se estará a la circunstancia de que los hechos que causan el agravio han permanecido por largo tiempo y tenido influencia negativa en el desarrollo emocional, sicológico y en la salud mental de los demandantes; razón por la cual se les fijará prudencialmente para don Juan Enrique Contreras Olivos, don Mario Antonio Ortiz Avendaño y don Miguel Armando Ortiz Avendaño la suma de $90.000.000 para cada uno de ellos; para doña Ruth Cristina Ampuero Martínez la suma de $100.000.000, teniendo en consideración que fue detenida junto a su hijo recién nacido; y, para don Rubén Eduardo Candía Ampuero la suma de $70.000.000, sin que ello aparezca que se trata de un enriquecimiento sin causa o un lucro improcedente, como pudiere alegar la demandada”, ordena.

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