Tinkherazo
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Hay que distinguir y observar bien las situaciones y los contextos (tal como se hace en sede jurídica)
Todos los casos ocurridos en Chile, susceptibles de aplicarles la "ley cholito", han sido casos de violencia de seres humanos hacia perros "inocentes" y/o perros "indefensos" o, al menos, en una situación de ventaja y superioridad del ser humano frente al perro.
Ahora bien, el ataque de perros hacia el ser humano, es otra weá (en el primer caso, es el ataque de seres humanos hacia perros) puesto que estás en una posición de víctima o de agredido frente a un perro. En este correcto sentido, es del todo legítimo, obvio, natural y humano que TE DEFIENDAS ante los ataques y agresiones de perros, sean éstos callejeros y, con mayor razón, sean éstos de razas agresivas, tales como Pitbull o Rottweiler. Así también lo entiende nuestra legislación en la figura penal denominada legítima defensa, así también lo entiende nuestra legislación civil (responsabilidad civil extracontractual) por la cual el CC responsabiliza al tenedor del perro de todos los daños que su animal causare, si si éste alegare (ante tribunales) que no fue posible evitarlo, no será oído. Esta norma del CC es interesante, toda vez que, primero, ni siquiera responsabiliza al dueño del perro, sino que al mero tenedor (un weón podría alegar "no poh, señor juéh, si el perro no era mío....") entonces si el perro andaba con alguien, ese alguien es obligado a pagar la indemnización por los daños ocasionados, ya sea que ese alguien haya sido o no el verdadero dueño del perro. Y, en segundo lugar es interesante esa norma, porque establece una responsabilidad objetiva que no admite prueba en contrario (presunción de derecho), pues si el dueño del perro que te atacó o te mordió alega, por ejemplo, que él no estaba en la casa, que estaba trabajando y el perro salió por un hoyo del patio y que no es mí culpa, ¡pico! igualmente tiene que responder civilmente.
Resumen:
La "Ley Cholito" y weás, rige para los ataques de seres humanos hacia perros, y está en defensa precisamente de los perros.
La ley cholito NO se aplica -obvia, natural y legalmente- frente a los ataques de perros hacia seres humanos
En éste último caso, la legislación nacional te ampara y hace responsable al tenedor del perro en caso que exista uno.
Pd.: pasa la bola con este posteo, este país reculiao, si bien no tiene porqué conocer en profundidad las leyes, si que necesita saber lo básico en cívica para que no anden hablando o escribiendo weás en las RRSS, saturadas de ignorancia, imbecilidad y progrerío.
Todos los casos ocurridos en Chile, susceptibles de aplicarles la "ley cholito", han sido casos de violencia de seres humanos hacia perros "inocentes" y/o perros "indefensos" o, al menos, en una situación de ventaja y superioridad del ser humano frente al perro.
Ahora bien, el ataque de perros hacia el ser humano, es otra weá (en el primer caso, es el ataque de seres humanos hacia perros) puesto que estás en una posición de víctima o de agredido frente a un perro. En este correcto sentido, es del todo legítimo, obvio, natural y humano que TE DEFIENDAS ante los ataques y agresiones de perros, sean éstos callejeros y, con mayor razón, sean éstos de razas agresivas, tales como Pitbull o Rottweiler. Así también lo entiende nuestra legislación en la figura penal denominada legítima defensa, así también lo entiende nuestra legislación civil (responsabilidad civil extracontractual) por la cual el CC responsabiliza al tenedor del perro de todos los daños que su animal causare, si si éste alegare (ante tribunales) que no fue posible evitarlo, no será oído. Esta norma del CC es interesante, toda vez que, primero, ni siquiera responsabiliza al dueño del perro, sino que al mero tenedor (un weón podría alegar "no poh, señor juéh, si el perro no era mío....") entonces si el perro andaba con alguien, ese alguien es obligado a pagar la indemnización por los daños ocasionados, ya sea que ese alguien haya sido o no el verdadero dueño del perro. Y, en segundo lugar es interesante esa norma, porque establece una responsabilidad objetiva que no admite prueba en contrario (presunción de derecho), pues si el dueño del perro que te atacó o te mordió alega, por ejemplo, que él no estaba en la casa, que estaba trabajando y el perro salió por un hoyo del patio y que no es mí culpa, ¡pico! igualmente tiene que responder civilmente.
Resumen:
La "Ley Cholito" y weás, rige para los ataques de seres humanos hacia perros, y está en defensa precisamente de los perros.
La ley cholito NO se aplica -obvia, natural y legalmente- frente a los ataques de perros hacia seres humanos
En éste último caso, la legislación nacional te ampara y hace responsable al tenedor del perro en caso que exista uno.
Pd.: pasa la bola con este posteo, este país reculiao, si bien no tiene porqué conocer en profundidad las leyes, si que necesita saber lo básico en cívica para que no anden hablando o escribiendo weás en las RRSS, saturadas de ignorancia, imbecilidad y progrerío.