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Pq las nanas no tienen seguro de cesantia???

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Estos trabajadores/as se encuentran excluidos del Seguro de Cesantía, sin embargo sus empleadores deben realizarle la cotización por un monto de 4,11% para la llamada “Cuenta de Indemnización Obligatoria” en la AFP en que se encuentre afiliado el trabajador y/o abrir una para estos fines, en caso pertenezca al antiguo sistema.

Los fondos de esta cuenta, tienen por finalidad ser utilizados por el trabajador/a en el caso de término de la relación laboral, por renuncia o despedido."
Y no solo es inteligente mi Kyles, tiene el medio lomo :wub::wub::wub::wub::wub::wub::wub:
 
la respuesta de arriba es la correcta de hecho las asesoras del hogar, si no me equivoco antes de que existiera el seguro de cesantia para todos ellas ya tenian el suyo el cual operaba a todo evento, si sigue siendo asi.
 
la respuesta de arriba es la correcta de hecho las asesoras del hogar, si no me equivoco antes de que existiera el seguro de cesantia para todos ellas ya tenian el suyo el cual operaba a todo evento, si sigue siendo asi.
Pero kyles no respondio la pregunta. Sólo dio la lista de quienes no tienen derecho a seguro.
Mi pregunta era pq??
Pq una nana que se desplaza por la cuidad, hace la pega, vuelve a la casa, come y duerme y vuelve a repetir al día sgte, no tiene el mismo derecho a seguro que una cajera del super, que se desplaza por la cuidad, hace la pega, vuelve a la casa, come y duerme y vuelve a repetir al día sgte.......

A quien y pq se le ocurrió que merecían no tener seguro de cesantia?
 
Ojala tu nana te demande por ser un patron explotador que no le quiere pagar el sueldo.
¿No que siempre andas alegando en contra de los patroncitos? se consecuente alguna vez en tu vida saco de hueas.
No puede demandar pq no está trabajando :hands:
Hay pandemia, o se te olvido??
 
No puede demandar pq no está trabajando :hands:
Hay pandemia, o se te olvido??

Si el contrato de trabajo no ha finalizado por las razones que contempla la ley, el contrato sigue vigente, e importa un pico que no este trabajando en los hechos.

En la buena ondita, si no tienes como pagarle despidela mejor, si no lo haces esperate a ser notificado proximamente de una demanda laboral (si es que la nana es movida claro).... :cafe3:
 
¿Por qué no tienen seguro de cesantía? Porque no tienen derecho a indemnización por fin de contrato y en su lugar tienen la indemnización a todo evento que es donde se paga el equivalente al seguro a cargo del empleador.

Enviado desde mi corazón
 
Si el contrato de trabajo no ha finalizado por las razones que contempla la ley, el contrato sigue vigente, e importa un pico que no este trabajando en los hechos.

En la buena ondita, si no tienes como pagarle despidela mejor, si no lo haces esperate a ser notificado proximamente de una demanda laboral (si es que la nana es movida claro).... :cafe3:
La idea de la ley de la protección al trabajo es justamente es no tener q despedirla.
Pobrablemente trataremos de pagar sus imposiciones
 
Yo soy estatuto de salud y tampoco tengo seguro cesantía.

Espero haberte ayudado
 
oiga compare @Bowen como visualiza el panorama para la atención dental? mi mina esta en el penúltimo año de carrera y esta con los cachetes a dos manos por los clínicos, sabes algo alguna información referente a que volverá de alguna manera la atención dental? onda para ayudarla a buscar pacientes desde ya.
 
¿Por qué no tienen seguro de cesantía? Porque no tienen derecho a indemnización por fin de contrato y en su lugar tienen la indemnización a todo evento que es donde se paga el equivalente al seguro a cargo del empleador.

Enviado desde mi corazón
Ahí está la respuesta @Bowen, las trabajadoras de casa particular tienen una indemnización a todo evento que equivale al 4,11% de su remuneración imponible, que viene a palear el no tener derecho al seguro de cesantía y otras indemnizaciones por despido (por ejemplo por años de servicio). Hay varios "colectivos" de trabajadores que no tienen derecho al seguro de cesantía por tener otro tipo de "protección", por ejemplo:
  • Los empleados públicos, pues para ellos rige el Estatuto Administrativo
  • Los funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden
  • Los trabajadores independientes o por cuenta propia
  • Los menores de 18 años
  • Los pensionados, excepto aquellos pensionados por invalidez parcial
  • Trabajadoras de casa particular, ya que están acogidas a otro tipo de protección
  • Los trabajadores con contrato de aprendizaje
Espero haberte ayudado :buenaonda:

Fuentes:
- Sitio Web Superintendencia de Pensiones: https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-article-3820.html
- BCN: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=184979 (artículo 2)
 
oiga compare @Bowen como visualiza el panorama para la atención dental? mi mina esta en el penúltimo año de carrera y esta con los cachetes a dos manos por los clínicos, sabes algo alguna información referente a que volverá de alguna manera la atención dental? onda para ayudarla a buscar pacientes desde ya.
Se habla que todos lso protocolos clínicos van a cambiar. Esa wea de ver pacientes cada media hora se terminará. Dps de cada paciente se deberá desinfectar el box completo. La atención se volverá más cara, por ende, menos accequible para mucha gente.
Desconosco como piensan abordar el problema las escuelas dentales. Partiendo pq ya no podrá haber más de 4-5 personas en una sala de espera, cuando en una sala de espera de una universidad podi tener 30 weones esperando.

Se ve super compleja la cosa. Con mis amigos de la u estamos cachando que chucha va a pasar despues, estamos super colgados.

Y eso que nosotros salimos hace 10 años de la u. Ni me imagino que chucha van a hacer pa trabajar los que recién están estudiando.
 
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