• ¿Quieres apoyar a nuestro foro haciendo una donación?, entra aquí.

Prevención de Riesgos y Abogado Gratis

ferna01 dijo:
una sonsulta miren mi hermano deve la cachas de tiendas comerciales y yego un momento en que el sueldo no le alcanza a pagar todas las cuentas solo paga los creditos bancarios visa prestamos etc de las tiendas llaman acada rato pa decir que page mandan cartas de cobradores externos yo tengo 18 el 21 y vivimos con toda la familia ahora la cosa es las tiendas comerciales pueden venir a embargar ?
porqe con los bancos esta al dia ojala puedan ayudarme de ante mano gracias

Sí, claro que pueden embargar, aunque no son ellas quienes embargan, sino un funcionario público, esto es, el receptor y, además, lo hace por orden de juez.

Así que para que aquello ocurra, primero deben demandar y luego notificar la demanda.

Te recomiendo acudir a un abogado para que te otorge una asesoría más directa.

Suerte.
 
gracias igual estamos esperando una plata para poner o tratar de poner todo al diia de todas maneras estamos viendo el echo de cambiarnos de casa por varios motivos gracias
 
Hola Amigos
¿Como puedo saber si existen demandas o juicios en contra de alguna persona?
Lo que sucede es q un amigo mìo, muy confiable, trabajador, una persona comun y corriente hoy lo fueron a buscar los detectives a la casa de una cuñada de èl por una demanda. Cuando le avisaron, él se presentó altiro en Investigaciones para preguntar q pasaba. Le dijieron q los iban a investigar por una demanda de la venta de un celular en la q al parecer està involucrada su cuenta vista del banco.
El no tiene nada q ocultar ni q temer pero esta preocupado, no le dijieron quien lo demandaba ni nada.
Necesitamos saber quien lo demanda y porque lo hace para saber q es lo q ocurre. Ademàs èl obviamente necesita defenderse de cualquier acusacion y necesita un abogado. Pero primero tiene q saber de q s trata la demanda.
Entre a poderjudicial.cl y no aparece nada.
¿Donde busco? Los detectives q lo fueron a buscar tendrian q darle mas informacion. No se q pasos debemos seguir. Ayudenme
 
Si no se le ha notificado algún documento por el funcionario competente, nada de lo que le investiguen o lleven en su contra le producirá efectos.

Si tiene dudas, que se dirija a la Defensoría Penal.
 
Hola amigos, ojala me puedan orientar.
Hoy pasé a ser parte del club de los cesantes, quedé sin pega. La empresa donde trabajaba hace 15 años, está a punto de cerrar y hoy cortaron a 7. Bueno, aunque suene feo, estoy contento, estaba bastante aburrido con la pega. El tema es q en una semana más se viene mi jugosa indemnización. Son sus varios palos q voy a recibir.
Mi gran inquietud es q yo desde hace 6 años pago pensión alimenticia, la cual era descontada de mi sueldo todos los meses por lo q jamas me atrase y todos los meses se pagaba sagradamente. Mi hija es lo mas importante q tengo y jamas le negaria nada.
Como ahora quede son pega tengo entendido q debo ir al juzgado a dar aviso. Pero mi inquietd va x otro lado ¿pueden quitarme mi indemnización o parte de ella x pension de alimentos?
Lo q pasa es q mi ex es bastante complicada, a pesar de llevar 7 años separados no me quiere dar el divorcio, y para hacerlo me pide plata. Por eso me da miedo q ahora q se entere de mi despido quiera hacer algo para quitarme mi plata o parte de ella.
Obvio q jamas voy a dejar desprotegida a mi hija. Le voy a seguir pagando todos los meses en una cuenta del banco. Incluso quiero comprarle algunas cosas q quiere y todo eso. ¿me pueden ayudar a aclarar mi duda?
y por ultimo, q es aparte ¿a la indemnizacion se le descuenta tambien la afp, salud y todo eso? Gracias amigos.
 
elcrizz dijo:
Como ahora quede son pega tengo entendido q debo ir al juzgado a dar aviso. Pero mi inquietd va x otro lado ¿pueden quitarme mi indemnización o parte de ella x pension de alimentos?
Lo q pasa es q mi ex es bastante complicada, a pesar de llevar 7 años separados no me quiere dar el divorcio, y para hacerlo me pide plata. Por eso me da miedo q ahora q se entere de mi despido quiera hacer algo para quitarme mi plata o parte de ella.

Efectivamente, cuando te otorgan una indemnización por años de servicio (o la sustitutiva del aviso previo), TU empleador debe retener el monto que corresponda de esa indemnización.

Esto quiere decir, por ejemplo, si se te había condenado a un 40% de tu ingreso mínimo, el empleador debe sacar el 40% de esa indemnización y depositarla en la cuenta que corresponda.

Ahora bien, puede ocurrir que la modalidad de pago que tú tienes no sea la de retención de tu empleador, sino que pagas directamente. En ese caso se entendería.

Si por el contrario, la modalidad del pago de la pensión fuere la retención de tu empleador, ufff, tu empleador se puede meter en un gran lío, pues le pueden despachar multas y, además inclusive le pueden cobrar a él ese porcentaje.

Eso sí, tu puedes imputar ese porcentaje que se te descontó a pensiones futuras. Por ejemplo, si pagabas mensualmente 100 mil pesos y lo que te retuvieron de tu indemnización por años de servicio fue un millón, entonces puedes pedirle al juez que impute ese millón al pago de 10 pensiones futuras.

No sé si se capta.

En cuanto al divorcio que mencionas tangencialmente, esa es harina de otro costal.
 
Consulta


El otro dia me llego una notificacion para presentarme al 3er juzgado de policia local de iquique. No fui pq tenia ke viajar el dia de la citacion, que puede pasar? era porke habia hecho una denuncia por un choque ke me hicieron, ke onda? ke puede pasar?
 
AwakeAd dijo:
Consulta


El otro dia me llego una notificacion para presentarme al 3er juzgado de policia local de iquique. No fui pq tenia ke viajar el dia de la citacion, que puede pasar? era porke habia hecho una denuncia por un choque ke me hicieron, ke onda? ke puede pasar?

¿Pero la citación decía que " a declarar indagatoria"? ¿O era una notificación para una audiencia de "contestación y prueba"?
 
barnavas dijo:
¿Pero la citación decía que " a declarar indagatoria"? ¿O era una notificación para una audiencia de "contestación y prueba"?


Declaracion indagatoria, eso :D
 
AwakeAd dijo:
Declaracion indagatoria, eso :D

Esa declaración es una suerte de ratificación de la denuncia que hiciste y si no la haces, la causa pasa a archivo, por regla general.

Te recomiendo te asesores por un abogado y/o estudiante para que vea los antecedentes y analicen qué opción es la más adecuada en tu caso,

Suerte.
 
Hola Hola

Ua consulta pequeña, cuanto demoran en pasar a dicom, les cuento que ahora el 5 de asep tendre 5 meces de mora en Dijon, Pero la voy a pagar si o si antes del 5 la deuda ...

Bueno esa es mi consulta, cuanto demoran...

saludos
 
Hola. Estoy súper aproblemada, porque una amiga me acaba de contar que la estafaron por $920.000 El culpable es el instituto de inglés "The Sodeling Institute", también antes llamado "King's Intitute".

El asunto fue q un día la paró una persona de este instituto en el metro U de Chile, y le dijo que tenían becas disponibles. Fue a una evaluación de inglés gratuita y le pidieron firmar un contrato para no perder el beneficio de la beca.

No sabe cómo pero le metieron una letra y un pagaré en blanco que finalmente el representante legal de la tontera, un tal "Patricio Peñaloza", se encargó de llenar por ese tremendo monto.
Ahora la llaman a cada rato para presionarla para que pague, no le aceptan la renuncia a la beca (según el Sernac porque ella fue a firmar directamente al instituto :S), y las amenazas se vuelven cada vez más insólitas y fuertes al teléfono...

Sé que los abogados no le cobran muy barato, por eso pido ayuda por esta vía.
Ojalá puedan darnos una manito.
Gracias!

PD: Ah!, y peor, el contrato dice que ella no puede hacer ningún tipo de publicidad negativa o cualquier cosa que antente contra "la integridad" o algo así del instituto...¡WTF!!!
 
Consulta,

El padre de mi sobrino es un gran hijo de puta, asi tal cual, le daba una pension no muy buena, (segun yo, alrededor de como 30 lucas, que luego el muy %·%& hizo que bajaran a como 20 lucas) que pienso no es muy aceptable si estamos hablando de las necesidades de un infante ( mi sobrino ya tiene 3 años).

Al final mis viejos se han hecho cargo y mi hermana (tonta weona tambien) le falto el ultimo año del instituto cuando ocurrio la gracia y ahora trabaja de vendedora y cosas asi, ¿hay alguna forma, de hacer que el padre renuncie a sus derechos? quedandose asi con sus mugrosas 20 lucas y que mi sobrino pueda cambiar el apellido,¿ para asi poder desligarnos de el ?.

A lo mejor piensan que estoy picao y haciendo escandalo por nada, pero lo que hace este weon yo encuentro una falta de respeto, mas que mal es su hijo, y no tienen idea como me hierve la shit cuando escucho el primer apellido y se me vienen estos lindos recuerdos.

De antemano gracias.

ps: respondiendo una pregunta que hice yo mismo, si estoy picao xD, no saben cuantas veces me he aguantado ir a sacarle la xuxa misma
 
jackson dijo:
Hola. Estoy súper aproblemada, porque una amiga me acaba de contar que la estafaron por $920.000 El culpable es el instituto de inglés "The Sodeling Institute", también antes llamado "King's Intitute".

El asunto fue q un día la paró una persona de este instituto en el metro U de Chile, y le dijo que tenían becas disponibles. Fue a una evaluación de inglés gratuita y le pidieron firmar un contrato para no perder el beneficio de la beca.

No sabe cómo pero le metieron una letra y un pagaré en blanco que finalmente el representante legal de la tontera, un tal "Patricio Peñaloza", se encargó de llenar por ese tremendo monto.
Ahora la llaman a cada rato para presionarla para que pague, no le aceptan la renuncia a la beca (según el Sernac porque ella fue a firmar directamente al instituto :S), y las amenazas se vuelven cada vez más insólitas y fuertes al teléfono...

Sé que los abogados no le cobran muy barato, por eso pido ayuda por esta vía.
Ojalá puedan darnos una manito.
Gracias!

PD: Ah!, y peor, el contrato dice que ella no puede hacer ningún tipo de publicidad negativa o cualquier cosa que antente contra "la integridad" o algo así del instituto...¡WTF!!!


Si bien sé de que hablas, para siquiera dar un consejo de lo que nos dices, se requeriría acceder a los documentos firmados y estudiarlos con detención, cosa imposible por este medio, medio que es sólo para guías legales, no para análisis pormenorizado de causas judiciales.

Te recomiendo asistir a la CAJ de tu comuna (o la de tu amiga, más bien).

Suerte.

barnavas agrego info 13 minutos y 14 segundos despues...

nathan_ dijo:
Consulta,

El padre de mi sobrino es un gran hijo de puta, asi tal cual, le daba una pension no muy buena, (segun yo, alrededor de como 30 lucas, que luego el muy %·%& hizo que bajaran a como 20 lucas) que pienso no es muy aceptable si estamos hablando de las necesidades de un infante ( mi sobrino ya tiene 3 años).

Al final mis viejos se han hecho cargo y mi hermana (tonta weona tambien) le falto el ultimo año del instituto cuando ocurrio la gracia y ahora trabaja de vendedora y cosas asi, ¿hay alguna forma, de hacer que el padre renuncie a sus derechos? quedandose asi con sus mugrosas 20 lucas y que mi sobrino pueda cambiar el apellido,¿ para asi poder desligarnos de el ?.

A lo mejor piensan que estoy picao y haciendo escandalo por nada, pero lo que hace este weon yo encuentro una falta de respeto, mas que mal es su hijo, y no tienen idea como me hierve la shit cuando escucho el primer apellido y se me vienen estos lindos recuerdos.

De antemano gracias.

ps: respondiendo una pregunta que hice yo mismo, si estoy picao xD, no saben cuantas veces me he aguantado ir a sacarle la xuxa misma

A ver, respecto a lo sentimental que señalas, yo no me referiré, pues no me atañe.

Legalmente, eso sí, hay que hacer notar que lo que tú indicas, yo lo he visto en muchas ocasiones, esto es, sobre todo, madres que pretenden que el padre renuncie a todos los derechos que por ley tiene con el hijo, a cambio que deje de darle la mugre de pensión que da.

Para eso sólo existe una respuesta categórica: NO se puede. Hay ciertos derechos irrenunciables y los de familia están entre ellos y, los del padre(o madre) con sus hijos, no pueden ser objeto de algún acuerdo entre las partes donde se renuncien (de hecho, ni siquiera el juez puede obligar a renunciar a esos derechos, ni quitarlos).

Lo que SÍ puede ocurrir es que esos derechos se LIMITEN, particularmente el mal llamado derecho de visitas, pero para limitarlo, además de iniciar un juicio, se debe expresar una causa lo suficientemente plausible como para que el juez acepte.

En tu caso, además, puede pedirse el aumento de la pensión de alimentos, si es que fuere necesario.

Ahora bien, respecto del cambio de apellido, no ingresaré pormenorizadamente a ello en este tema (pues es un tema sólo para guías legales, no para soluciones), pero sí te diré, que el cambio de apellido, en primer lugar, debe cumplir varios requisitos (no es llegar y cambiarse el nombre) y, además, no afecta la filiación con ello, lo que quiere decir, en palabras fáciles, que el padre no va a dejar de ser padre y no va a perder sus derechos por ello.

Respecto de tus ganas de agredir al susodicho, pues siempre podrás hacerlo, aunque atente a las consecuencias.
 
barnavas dijo:
A ver, respecto a lo sentimental que señalas, yo no me referiré, pues no me atañe.

Legalmente, eso sí, hay que hacer notar que lo que tú indicas, yo lo he visto en muchas ocasiones, esto es, sobre todo, madres que pretenden que el padre renuncie a todos los derechos que por ley tiene con el hijo, a cambio que deje de darle la mugre de pensión que da.

Para eso sólo existe una respuesta categórica: NO se puede. Hay ciertos derechos irrenunciables y los de familia están entre ellos y, los del padre(o madre) con sus hijos, no pueden ser objeto de algún acuerdo entre las partes donde se renuncien (de hecho, ni siquiera el juez puede obligar a renunciar a esos derechos, ni quitarlos).

Lo que SÍ puede ocurrir es que esos derechos se LIMITEN, particularmente el mal llamado derecho de visitas, pero para limitarlo, además de iniciar un juicio, se debe expresar una causa lo suficientemente plausible como para que el juez acepte.

En tu caso, además, puede pedirse el aumento de la pensión de alimentos, si es que fuere necesario.

Ahora bien, respecto del cambio de apellido, no ingresaré pormenorizadamente a ello en este tema (pues es un tema sólo para guías legales, no para soluciones), pero sí te diré, que el cambio de apellido, en primer lugar, debe cumplir varios requisitos (no es llegar y cambiarse el nombre) y, además, no afecta la filiación con ello, lo que quiere decir, en palabras fáciles, que el padre no va a dejar de ser padre y no va a perder sus derechos por ello.

Respecto de tus ganas de agredir al susodicho, pues siempre podrás hacerlo, aunque atente a las consecuencias.

Vale viejo se agradece tu respuesta
 
Muchas gracias por tu respuesta, le diré a mi amiga que acuda al CAJ de su comuna entonces.
De nuevo gracias, y espero podamos ayudar a parar a estos inescrupulosos que se aprovechan de la ingenuidad y buena fe de la gente.

saludos
 
Estimados maestros:

Procedo a contarles mi caso para que me orienten ya que estoy con el agua hasta el cuello...

Comienzo contándoles que trabajo en una famosa universidad estatal de la V región, haciendo clases en distintos lugares y carreras. Como es usual, no existen los contratos, asi que todo a honorarios. Hasta el año pasado todo bien, pero este año me he encontrado con la sorpresa que no hay plata para pagar. Me deben mucha plata ya que no han pagado NADA de lo que he trabajado. Me deben el primer semestre completito. He reclamado a todas las instancias pero se pasan la pelota de un lado a otro. Se sorprenderán que no ha sido hasta ahora que he comenzado las acciones legales, pero siempre te prometían que a final de mes te solucionarían el problema, he estirado mis ahorros hasta ahora, pero ya no me queda ni para la micro y ni esperanza de que haya pago este fin de mes. Sé que no soy la única que tiene el mismo drama, pero nadie se atreve a hablar por no perder sus trabajos. Yo estimo mucho a mis alumnos pero ya ni ahi con seguir en un lugar donde se han encargado de cagarme como han querido.

Los convenios a honorarios ya están firmados y visados hace como 4 meses, pero como ellos no son wns no entregan copia. Llamé a la inspección del trabajo y me dijeron que ellos no poseen poder sobre los que trabajamos a honorarios.

Ahora la pregunta es: Existe algún recurso legal para exigir el pago de lo que me deben? Estoy pensando en una funa publica, pero todavía tengo esperanzas y no quiero perder la reputación que he ganado como profesor durante estos años, la cual es bastante buena.

Bueno, espero que puedan ayudarme!!

Saludos y se agradece de antemano!
 
B3stya dijo:
Estimados maestros:

Procedo a contarles mi caso para que me orienten ya que estoy con el agua hasta el cuello...

Comienzo contándoles que trabajo en una famosa universidad estatal de la V región, haciendo clases en distintos lugares y carreras. Como es usual, no existen los contratos, asi que todo a honorarios. Hasta el año pasado todo bien, pero este año me he encontrado con la sorpresa que no hay plata para pagar. Me deben mucha plata ya que no han pagado NADA de lo que he trabajado. Me deben el primer semestre completito. He reclamado a todas las instancias pero se pasan la pelota de un lado a otro. Se sorprenderán que no ha sido hasta ahora que he comenzado las acciones legales, pero siempre te prometían que a final de mes te solucionarían el problema, he estirado mis ahorros hasta ahora, pero ya no me queda ni para la micro y ni esperanza de que haya pago este fin de mes. Sé que no soy la única que tiene el mismo drama, pero nadie se atreve a hablar por no perder sus trabajos. Yo estimo mucho a mis alumnos pero ya ni ahi con seguir en un lugar donde se han encargado de cagarme como han querido.

Los convenios a honorarios ya están firmados y visados hace como 4 meses, pero como ellos no son wns no entregan copia. Llamé a la inspección del trabajo y me dijeron que ellos no poseen poder sobre los que trabajamos a honorarios.

Ahora la pregunta es: Existe algún recurso legal para exigir el pago de lo que me deben? Estoy pensando en una funa publica, pero todavía tengo esperanzas y no quiero perder la reputación que he ganado como profesor durante estos años, la cual es bastante buena.

Bueno, espero que puedan ayudarme!!

Saludos y se agradece de antemano!

Bueno, de hecho, los honorarios son un contrato, distinto del de trabajo, pero contrato al fin.

Este tema ya se ha tratado en el foro y, sin perjuicio que es de verdad interesante, iremos al grano en al menos dos puntos:

-Lo que te dijo la DT es verdad. Un contrato de trabajo no es lo mismo que un contrato de honorarios (de acá en adelante CH), en gran medida porque, se supone, en el primero hay subordinación y dependencia y en el segundo no. La DT sólo vigila los contratos de trabajo.

Ahora bien, ten en cuenta que las cosas no son por como las nombramos, sino por como son en la realidad. Con esto quiero decir que en la práctica -y no obstante los honorarios- puede haber ocurrido que tú hayas seguido subordinación, hayas cumplido un horario, hayas hecho planificaciones, etc., etc., en general, hayas seguido órdenes y hayas debido subordinación y hayas sido dependiente de tu empleador. Si eso fue así, entonces la realidad se impone y lo que en realidad hay es un contrato de trabajo.

Y fíjate que la diferencia entre uno y otro ctto es bien grande, pues, entre otras características, en el CH no tienes derecho a indemnización por años de servicio (salvo que la hayan pactado), pero en el contrato de trabajo sí; el contrato de trabajo te da pie a la previsión, el CH no.

Por eso, debes acudir a un especialista que vea tu caso de cerca, con todos los antecedentes y vea si acá hay un incumplimiento de un ctto de trabajo o uno de honorarios, y ese especialista se llama abogado.

-Si no fuera contrato de trabajo, pues entonces lo será de honorarios, y en ese caso se rige por la ley civil ordinaria. En tu caso (y según lo que dices), habría un incumplimiento contractual, lo que amerita que demandes.

Respecto a la copia del contrato a la que haces alusión (la que nunca te dan), no te alarmes tanto, puesto que puedes probar aquello por otros medios de prueba (testigos, confesión, presunciones, etc.).

Te recomiendo que también busques prensa para esto (Tvn por ejemplo o algún diario local) y te dirijas a tu Universidad con un ultimátum. Ojo, quizá eso cause que no quieran seguir contando con tus servicios, y en ese caso, tú deberás decidir si demandas para que te den lo que es justo o sigues tal cual estás ahora. Sea lo que elijas, ten en cuenta que todo tiene riegos y que una u otra decisión no le va a agradar a todos, mas en este mundo no nos pusieron para caerles bien a todos, sino a los necesarios.

Suerte profesora.
 
barnavas dijo:
Bueno, de hecho, los honorarios son un contrato, distinto del de trabajo, pero contrato al fin.

Este tema ya se ha tratado en el foro y, sin perjuicio que es de verdad interesante, iremos al grano en al menos dos puntos:

-Lo que te dijo la DT es verdad. Un contrato de trabajo no es lo mismo que un contrato de honorarios (de acá en adelante CH), en gran medida porque, se supone, en el primero hay subordinación y dependencia y en el segundo no. La DT sólo vigila los contratos de trabajo.

Ahora bien, ten en cuenta que las cosas no son por como las nombramos, sino por como son en la realidad. Con esto quiero decir que en la práctica -y no obstante los honorarios- puede haber ocurrido que tú hayas seguido subordinación, hayas cumplido un horario, hayas hecho planificaciones, etc., etc., en general, hayas seguido órdenes y hayas debido subordinación y hayas sido dependiente de tu empleador. Si eso fue así, entonces la realidad se impone y lo que en realidad hay es un contrato de trabajo.

Y fíjate que la diferencia entre uno y otro ctto es bien grande, pues, entre otras características, en el CH no tienes derecho a indemnización por años de servicio (salvo que la hayan pactado), pero en el contrato de trabajo sí; el contrato de trabajo te da pie a la previsión, el CH no.

Por eso, debes acudir a un especialista que vea tu caso de cerca, con todos los antecedentes y vea si acá hay un incumplimiento de un ctto de trabajo o uno de honorarios, y ese especialista se llama abogado.

-Si no fuera contrato de trabajo, pues entonces lo será de honorarios, y en ese caso se rige por la ley civil ordinaria. En tu caso (y según lo que dices), habría un incumplimiento contractual, lo que amerita que demandes.

Respecto a la copia del contrato a la que haces alusión (la que nunca te dan), no te alarmes tanto, puesto que puedes probar aquello por otros medios de prueba (testigos, confesión, presunciones, etc.).

Te recomiendo que también busques prensa para esto (Tvn por ejemplo o algún diario local) y te dirijas a tu Universidad con un ultimátum. Ojo, quizá eso cause que no quieran seguir contando con tus servicios, y en ese caso, tú deberás decidir si demandas para que te den lo que es justo o sigues tal cual estás ahora. Sea lo que elijas, ten en cuenta que todo tiene riegos y que una u otra decisión no le va a agradar a todos, mas en este mundo no nos pusieron para caerles bien a todos, sino a los necesarios.

Suerte profesora.


Muchas Gracias Barnavas!!

Tu consejo ha reafirmado lo que siento que es correcto. Ya he enviado mi ultimatum a la univ y si de aquí al viernes no entregan una respuesta satisfactoria, todo se hará público. Creo que me tendré que asesorar bien para esto y si en las semanas próximas se enteran por acá en el foro de unos funcionarios y profes cortando el tránsito en la Avda España, ya saben por que fué!


Nuevamente agradecida!
Saludos! :D
 
Volver
Arriba