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Pueden despedir a alguien al mes de trabajo??

Jjota

Ocios@
Registrado
2006/06/16
Mensajes
317
Hola,

Mi consulta es si te pueden despedir al mes de estar trabajando, que corresponde que pague la empresa? saludos!!
 
aprende a redactar conchetumare,

y da más detalles de la weá si querís respuestas serías hijo de perra mal parido.

:buenaonda:
 
si te pueden poner la plr y por lo regular si no has firmado un contrato da lo miso, ahora si estas con contrato por lo general es de un mes o 3 meses y después pasas a indefiido
 
que cagazo te mandaste? :lol2:

sí pueden :sisi:
 
te pueden despedir al mes de haber trabajado? Si
te tienen que pagar los dias trabajados + indemnizacion + vacaciones + bono por justificacion + bono de cesantia + aguinaldo + gift card del lider.....

segurito :jijiji:

lo mas seguro es que te paguen con un: andate a la conchetumare!!
 
depende el tipo de contrato, si es honorarios, pueden hacerlo a los 2 minutos
 
Eso no se pregunta ql, empezando un trabajo te pueden despedir a los dias, semanas y meses, pero con una razon obvio, necesidades de la empresa o algun fallo tuyo, reduccion de personal, etc.
 
si, te pueden echar.... lo que corresponda pagar (si es que corresponde) depende del contrato...
si es a plazo fijo para un mes, no te pagan ni uno..
si es a plazo fijo para dos meses o más, te pagan todos los meses hasta el vencimiento del mismo
si es indefinido, sólo te pagan el último mes que trabajaste
 
Una vez un gerente corto a un tipo como al 3er dia porq lo pillo mirando minas en las galerias de LUN xD

Q ganas de nombrar a la empresa pa q nadie trabaje con ellos.... pero tengo conflicto de intereses, por asi decirlo.
 
esta eskribiendo en un foro o mandando un mensaje de texto este sako weas?
 
Si :cafe3:
Ahora cuenta la firme por qué te echaron, wn...
 
Hola,

Mi consulta es si te pueden despedir al mes de estar trabajando, que corresponde que pague la empresa? saludos!!
Hola

Te pueden despedir con tan solo un mes? si y lo que corresponde a la empresa es el pago del mes correspondiente de trabajo, mas el pago de un mes adicional llamado mes de aviso, en el caso que no te hayan avisado con un mes de anticipación, lo que en este caso es lógico porque solo trabajaste un mes :retard: , ojo que el aviso de despido se debe realizar por parte del empleador con un mes de anticipación mediante carta certificada y correspondiente copia a la DT .
No firmes el finiquito sin tener en cuenta esto

Si tenías contrato a plazo el tema cambia. :thumbsup:
 
cuenta q cagadita te mandaste

Enviado desde mi GT-S7500L usando Tapatalk 2
 
Una vez un gerente corto a un tipo como al 3er dia porq lo pillo mirando minas en las galerias de LUN xD

Q ganas de nombrar a la empresa pa q nadie trabaje con ellos.... pero tengo conflicto de intereses, por asi decirlo.


Sólo cité para decir que me encanta tu avatar :uy:

Le quedó la raja "el paint" compadre :up:
 
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