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Reforma Laboral: “El proyecto es un retroceso para el mundo sindical”

sennenring

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2015/01/15
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Esta semana, la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado retomará la discusión del proyecto de Reforma Laboral. Deberá revisar las más de 60 indicaciones que el Ejecutivo ingresó al proyecto, reafirmando la prohibición del reemplazo en huelga, pero abriendo la puerta a la posibilidad de “adecuar trabajadores”. En esta entrevista, el académico de la UDP José Luis Ugarte analiza los nudos de la reforma, desmenuza las críticas del empresariado, y explica por qué considera que este proyecto no solo no empareja la cancha entre trabajadores y empleadores, sino que la desnivela aún más.

El debate público sobre la Reforma Laboral ha estado centrado en las fuertes críticas del empresariado, que ha alertado del posible daño que la iniciativa generaría a la economía. Pero mientras el gobierno defiende el proyecto, que tiene entre sus objetivos “saldar una deuda pendiente con los trabajadores”, también hay voces expertas que desde la otra vereda advierten que la iniciativa tampoco puede ser considerada un avance para los derechos sindicales.

El abogado laboralista de la Universidad de Chile, doctor en derecho por la Universidad de Salamanca (España) y académico de la Universidad Diego Portales, José Luis Ugarte, ha seguido de cerca la evolución de la legislación que regula las relaciones laborales en Chile. Ugarte, quien además es director de la Sociedad Chilena de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, vinculada a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), critica duramente el proyecto de Reforma Laboral enviado por el Ejecutivo al Congreso en diciembre de 2014.

En esta entrevista con CIPER, Ugarte hace hincapié en que el proyecto es un retroceso para el mundo sindical y que las bases de la actual legislación que regula las relaciones entre empleador y trabajadores –consagrada en el Plan Laboral de 1979– no solo se mantienen, sino también se profundizan en algunos puntos.

Al menos, concuerda con el mundo empresarial en tener una visión negativa sobre la reforma…–Sí, pero por razones absolutamente distintas. Aquí pasa algo curioso. En general, toda reforma que pretenda entregar mayor poder a los trabajadores suele contar con el apoyo de los sindicatos y el rechazo de los empresarios. Pero este proyecto es peculiar: no cuenta siquiera con el apoyo de los trabajadores.

Sí de la CUT, de su presidenta, al menos hasta hoy…–Pero ese es un amor incomprendido. El apoyo de la CUT merece sicoanálisis. Si ves las declaraciones de la CUT no queda claro si apoyan o no el proyecto. Las declaraciones de algunos dirigentes son completamente opuestas entre sí.

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El sistema que actualmente regula las relaciones laborales en Chile tuvo su origen hace más de 35 años. Fueron dos decretos, despachados el 3 y el 6 de julio de 1979, los que dieron forma a la estructura que rige actualmente las relaciones laborales entre empleadores y empleados en Chile. El primero (D.L. 2.756) definió el marco de acción de lossindicatos y, el segundo (D.L. 2.758), hizo lo propio respecto de la negociación colectiva.

En lo fundamental, ambos decretos introdujeron el reemplazo de trabajadores en huelga –debilitando su poder como herramienta de negociación– y se limitaron las instancias en las cuales ésta podía llevarse a cabo (solo en el contexto de la negociación colectiva).

También se prohibió que la negociación colectiva –ahora fuertemente reglada– se extendiera más allá de la propia empresa. La negociación por rama, consagrada en la antigua legislación, y que permitía a confederaciones de sindicatos profesionales negociar conjuntamente si estaban constituidos por una misma profesión u oficio, quedó al margen del sistema articulado por el ex ministro del Trabajo, José Piñera, a fines de la década de los ’70.

El gobierno ha utilizado como idea fuerza que la reforma permitirá “nivelar la cancha” entre empleador y empleado ¿Está cumpliendo con ese objetivo?–En el proyecto no advierto ninguna norma que busque emparejar la cancha. Lo que hay es un tributo a la concepción ideológica del Plan Laboral de José Piñera. Se sigue mirando a la huelga como algo indeseable y se sigue tratando la negociación colectiva como una suerte de hecho disfuncional en las relaciones laborales. Para mí esta reforma, en muchos puntos, es un retroceso. El último de ellos, es esta indicación de la llamada bancada Pyme para aumentar el quórum a 25 miembros para formar sindicatos en empresas de menos de 50 trabajadores (NdR: Actualmente el quórum que se exige es de ocho trabajadores).

¿Qué riesgos implica para el mundo sindical si se aprueba la iniciativa que aumenta el quórum de trabajadores para formar sindicatos en las empresas con menos de 50 trabajadores?–Es un quórum altísimo. Si tú miras las cifras reales, un sindicato como promedio se debe constituir con el 20% de los trabajadores. Piensa cuánto significa en una empresa de 50 trabajadores conseguir el 50% para formar un sindicato. Eso es completamente excepcional.

–¿No contradice esta propuesta el espíritu original del proyecto?Sí, traiciona el espíritu más básico del proyecto que en sus bases habla de ampliar la negociación colectiva entre los trabajadores. Esta indicación lo que hace es crear una especie de zombieslaborales. Al no poder formar sindicatos, los trabajadores de pequeñas empresas quedarán privados de dos derechos constitucionales: negociación colectiva y huelga.

Eso demuestra la concepción antisindical que tienen muchos parlamentarios. Algunos de ellos incluso presentaron esto como un “alivio” para la Pyme. Y ahí la pregunta obvia es por qué no tener sindicato es un alivio, por qué el sindicato es un problema si uno entiende que las relaciones son de cooperación y de participación. Mientras el sindicato sea mirado como un problema, incluso por parlamentarios de izquierda, entonces tenemos un problema mayúsculo.

EL GIMOTEO APOCALÍPTICO DEL EMPRESARIADO
Los niveles de sindicalización en Chile (15,3%) están cerca del promedio de los de los países de la OCDE (16,9%). Chile supera el nivel de sindicalización de Estados Unidos y Francia, y se acerca al de Alemania y Holanda. ¿Por qué es necesario fortalecer a los sindicatos?En los países cuyas tasas de sindicalización se asemejan a la chilena, hay negociación por rama. Por lo tanto, la cobertura de trabajadores sujetos a negociación colectiva es muchísimo mayor. En esos países el trabajador puede no estar afiliado a un sindicato, pero puede negociar por rama.

En el caso de Chile, la cobertura de trabajadores con contratos colectivos es de 8%. En Francia, por ejemplo, que efectivamente tiene una tasa de sindicalización como la chilena, 85% de los trabajadores están cubiertos por contratos colectivos y en Alemaniael 90%. Esto también pasa a la vuelta de la esquina: en Uruguay la cifra alcanza un 90%.


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El problema es que el proyecto de Reforma Laboral no resuelve eso porque el gobierno nunca se abrió a discutir la negociación por rama.

Uno de los argumentos que utilizan quienes se oponen a la reforma es justamente que los niveles de sindicalización en varios países de la OCDE no solo son similares a los de Chile, sino que también van a la baja año tras año. La cifra podría sugerir que los sindicatos son cada vez menos necesarios…El descenso, o incluso el ascenso de las tasas de sindicalización no es relevante para efectos del debate, porque lo que importa no es el hecho de estar en un sindicato, sino cuántos trabajadores están cubiertos por una negociación colectiva. Nadie mide el éxito del sistema político por el número de militantes de los partidos, lo que se mide es la capacidad de representación de los partidos. No es relevante cuánta gente está en los sindicatos, la relevancia es a cuánta gente representan los sindicatos, y en los países de la OCDE, el promedio de representación colectiva es del 60%.

¿Pone en jaque la reforma laboral al desarrollo económico y social del país, tal como los señalan los gremios empresariales?Esta es una estrategia calculada del empresariado. Lo grave es que está rindiendo frutos. Es la misma que han ocupado desde el retorno de la democracia. No recuerdo ley laboral –la de subcontratación en 2007, la del 2001, la del multirut, entre otras– en la que se no se haya escuchado el gimoteo apocalíptico del empresariado. Con la reforma laboral ha pasado lo mismo. Con un gobierno débil, donde hay un conflicto grave en términos ideológicos, los empresarios han logrado poner de rodillas al gobierno en esta materia.


Los que queremos fortalecer al mundo sindical también estamos de acuerdo en que la economía sea más competitiva. Pero hay que reconocer una cosa: el poder que se le otorga a los sindicatos es poder que pierde el empleador. Eso es así.

Pero las críticas que se hacen desde ese sector, no tienen solo que ver con la pérdida de poder del empresariado, también con la pérdida de la libertad de los trabajadores, por ejemplo, en el caso de la titularidad sindical…No hay ninguna de las normas de la reforma que plantee un problema de libertad sindical individual. Tanto en la doctrina de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), como en la doctrina laboral, el trabajador tiene derecho a participar o no del sindicato, que es lo que se llama libertad sindical individual negativa.

Me refiero a lo que señaló la Cámara Chileno Británica de Comercio (BRITCHAM), respecto de que los sindicatos tendrán ahora el poder para autorizar que los beneficios de la negociación colectiva se extiendan a los trabajadores no sindicalizados, lo que a su juicio hará que la afiliación a un sindicato ocurra de manera casi automática.Ojalá que esos gremios de empresas extranjeras nos cuenten en qué país del mundo existe la posibilidad de que el empleador extienda sin la voluntad de los trabajadores los beneficios pactados con el sindicato. No hay ninguno. Lo que ahí se está defendiendo es el mecanismo que inventó José Piñera para debilitar a los sindicatos. Como no quería que los sindicatos representaran a todos los trabajadores, se le creó el problema de qué hacer con todos los trabajadores no sindicalizados en sus condiciones de trabajo. Y la solución que entregó –lo que se entiende en un contexto autoritario– es que fuera el empleador quien decidiera, sin la voluntad de nadie, extender los beneficios.

¿No les preocupa a estos supuestos defensores de la libertad, la libertad del trabajador que no puede rechazar la extensión y que además tiene que pagar una cuota? (NdR: Actualmente los trabajadores no sindicalizados a los que se extienden los beneficios de la negociación colectiva deben pagar el 75% de la cuota sindical).

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Hermann von Mühlenbrock

Otros de los argumentos que se han puesto sobre la mesa, tiene que ver con el freno que significaría la reforma para la inversión extranjera. Dos importantes gremios empresariales (el norteamericano y el británico) han manifestado su preocupación al respecto. Uno de ellos señaló incluso que las empresas internacionales podrían optar por instalarse en otros países con regulaciones menos severas…En ninguno de los países de origen de muchos de estos inversores la huelga está tan regulada como acá y en la mayoría es un derecho fundamental. Chile va a seguir teniendo un modelo restrictivo de huelga con esta reforma, producto de su excesiva regulación. No le encuentro lógica a esa declaración, es una amenaza sin fundamento que me recuerda cuando en Estados Unidos, y en todo el mundo, se dictaron las primeras leyes laborales, para que los niños no trabajaran, por ejemplo. Los argumentos eran exactamente los mismos: la libertad de comercio, que esto iba a hacer que las empresas buscaran otros destinos, etc.

En un siglo, los argumentos de los sectores empresariales más reaccionarios no han cambiado en nada.

El presidente de la Sofofa, Hermann von Mühlenbrock, ha señalado que el proyecto de reforma es antidemocrático e ideológico ¿Qué opinión le merece esa declaración?–¿Antidemocrático? Hay que recordarle al señor Von Mühlenbrock que está defendiendo una legislación que se decretó en dictadura, sin considerar, en lo más mínimo, la opinión de los trabajadores. También le recordaría que la huelga sin reemplazo como derecho fundamental y lanegociación colectiva por rama, son inventos del capitalismo social.


¿A quién no le conviene que haya esa redistribución de poder? A los empresarios por supuesto, pero también al sistema político. Y por eso no es difícil entender esta suerte de alianza que se ha dado en la discusión de esta reforma, entre la elite política y la empresarial para frenar cualquier posibilidad de fortalecimiento del movimiento sindical.

REEMPLAZO ENCUBIERTO DE TRABAJADORES
En el paquete de indicaciones que introdujo el Ejecutivo hace unas semanas, incorporó el concepto de “adecuación de trabajadores” en el contexto de una huelga ¿Abre eso una puerta al reemplazo?Lo que el gobierno está proponiendo es ininteligible. El objetivo de la indicación del gobierno es permitir fraudulentamente el reemplazo. Si yo le pongo a un trabajador en su contrato de trabajo varias funciones –cuestión que está permitida por el artículo 10 Nº 3 del Código del Trabajo– cuando enfrente un escenario de huelga voy a poder “adecuarlo” a múltiples labores. Se propone una suerte de polifuncionalidad del trabajador y con ello se está intentando meter por la puerta trasera lo que no se logró meter por la puerta delantera, pero de manera muy torpe, planteando un mecanismo que es completamente incierto.

Fueron economistas ligados la Nueva Mayoría los que plantearon que el único país de la OCDE (tomando como base 25 de los 34 países) donde estaba prohibido el reemplazo en huelga con trabajadores internos era en México. Su propuesta es que el reemplazo con personal interno equilibra la negociación y que es aceptado y utilizado internacionalmente.Hasta el día de hoy nadie cita cuáles son las normas legales donde está permitido abiertamente el reemplazo interno. Esa información es derechamente falsa. Lo que sí hay en algunos de esos países son fallos jurisprudenciales que han permitido la sustitución interna en condiciones muy específicas y eso se explica porque en ninguno de los países que se citan la huelga tiene una regulación como la que existe en Chile. De hecho en varios países ni siquiera está regulada legalmente. Se le considera un derecho fundamental y por lo tanto, al ser un derecho fundamental no regulado procedimentalmente, los trabajadores lo ejercen cuando lo estiman conveniente.

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No únicamente en el contexto de la negociación colectiva, como sucede acá…Claro y eso ha generado en algunos países una situación que la justicia ha tenido que enfrentar, porque la huelga provoca un escenario extremadamente difícil para el empleador, porque éste se entera de la huelga solo el día que se hace efectiva.


En el caso chileno, el empleador sabe que puede ocurrir una huelga con años de anticipación. Como cada contrato colectivo termina y la huelga se da en el margen del vencimiento del contrato anterior, el empleador puede calcular con muchísima anticipación cuándo ésta va a ocurrir y prepararse. Las situaciones, por lo tanto, son completamente incomparables.

¿Qué avances significativos propone el proyecto de reforma respecto de la legislación actual?La única norma que se podía celebrar desde el punto de vista de poder equilibrar la relación entre empleador y trabajadores (fin del reemplazo en huelga) quedó completamente deslavada por tres cosas: primero por los servicios mínimos (NdR: servicios básicos que operan durante la huelga y que serán definidos antes de la negociación colectiva entre los trabajadores y el empleador para evitar daños operacionales estructurales en las empresas); segundo, por esta suerte de intento de reemplazo fraudulento vía polifuncionalidad; y tercero, porque el proyecto, contrario a lo que dice en su origen, sobrerregula la huelga.


¿Por qué?Porque se establece la posibilidad de que el empleador obligue al sindicato a tener que votar cada cinco días la huelga para mantenerla. Por lo tanto puede pasar que si la huelga dura más de 10 días, los trabajadores en Chile, cosa única en el mundo, hayan votado varias veces su huelga.

Ahora, para hacer efectiva una huelga y mantenerla ¿Se necesitará de sucesivas votaciones?La OIT siempre criticó a la legislación chilena porque obligaba a una doble votación para hacer efectiva la huelga. La ley dice, si usted votó la huelga al tercer día tiene que hacerla efectiva. ¿Cómo se considera que se hace efectiva? Que la mayoría absoluta no vaya a trabajar. Ahí tienes dos votaciones.

El proyecto ahora agrega la posibilidad de que el empleador le exija al sindicato cada cinco días una nueva votación, por lo tanto se va a dar un escenario único en el mundo en el que la huelga no va a estar controlada por los trabajadores, sino que por el empleador. Y un detalle que nunca se dice, la huelga es un costo para los trabajadores. El trabajador no gana remuneración mientras está en huelga. Si la huelga dura 10 días es la mitad del sueldo. Imagínate la presión para los dirigentes sindicales en este nuevo contexto que se propone.

LA REFORMA PERMITE NEGOCIAR DERECHOS FUNDAMENTALES
¿La eliminación de los grupos negociadores al interior de las empresas (cuando existe sindicato) no es un avance real en el proyecto?Hay este tipo de detalles, pero ese no es un punto central en la reforma. En la práctica, hoy en día ya casi ni funcionan los grupos negociadores. Si me preguntas, cuáles son los 10 problemas que tiene el sindicalismo hoy en Chile, los grupos negociadores no aparecen en la lista.

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José Luis Ugarte

¿Cuáles son esos problemas?Primero cobertura de trabajadores sujetos a negociación colectiva, el gran problema. Segundo, poder para negociar. Tercero, la ineficacia de la huelga en Chile. Todos los casos que citan los economistas de derecha o neoliberales de la Nueva Mayoría, son ejemplos inventados. Que los salmones se van a morir, que el servicio de metro se va a paralizar, por ejemplo. Para ver casos de huelgas ineficaces, en cambio, no hay que inventar ningún ejemplo: Cruz Verde, Scotiabank y Starbucks, por citar unos recientes.

No hay entonces modificaciones sustantivas al Plan Laboral de 1979…Desde mi punto de vista no hay ninguna modificación a los ejes centrales del Plan Laboral. Pero el tema es más grave. Hay también una profundización de algo que ni siquiera José Piñera se atrevió a hacer: los pactos de adaptabilidad. Este proyecto abre un espacio para la flexibilidad laboral que ni siquiera en el Plan Laboral de 1979 se contemplaba.

Pero las últimas indicaciones del Ejecutivo atenuaron en algo los requisitos que se necesitaban para hacer extensivo a todos los trabajadores los pactos de adaptabilidad acordados entre el sindicado y el empleador.Ya, pero vamos al procedimiento. Se permite negociar derechos que hoy en día son irrenunciables. Esta reforma hace que derechos que se consideran básicos sean negociables (la extensión de la jornada laboral, por ejemplo) con la única condición de que un sindicato minoritario que represente al 30% de los trabajadores los apruebe.

Acusa a esta reforma de gatopardismo…Acá sencillamente pasamos del Plan Laboral de José Piñera al Plan Laboral de Michelle Bachelet, sin cambios sustantivos.

http://ciperchile.cl/2015/09/29/reforma-laboral-el-proyecto-es-un-retroceso-para-el-mundo-sindical/
 
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