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Se Termina Plazo Reprogramacion Deudores Credito Universitario, Etc. (hasta El 24 De Enero)

Beto26

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Estimados:

Me imagino que mas de alguno es deudor de creditos universitarios. Tambien me imagino que han leido o escuchado en la radio respecto a la reprogramacion de estos.

Bueno, en que consiste y a quienes beneficia:


La reprogramación es una instancia legal que permite a personas que se encuentran morosas de créditos universitarios, repactar sus deudas, obteniendo los beneficios que otorga la ley. Destaca, entre ellos, la condonación de los intereses penales y la regularización de la situación financiera en el sistema. Puede entenderse como una segunda oportunidad para pagar el crédito en el caso de quienes, por distintos motivos, no pudieron hacerlo.

Se beneficiaran con esta reprogramación los Deudores del Crédito Fiscal Universitario (Decreto Fuerza de Ley N° 4 de 1981), Crédito Universitario (Ley N° 18.591 de 1987) y Crédito Solidario (Ley N° 19.287), que se encontraban en mora al 30 de Junio de 2011, que a la fecha no han regularizado su situación, y que no se han acogido a ninguna de las dos reprogramaciones anteriores (Ley N° 19.083 de 1991 y Ley N° 19.848 de 2003). En este último caso, sólo podrán reprogramar aquellos deudores que, habiendo participado en alguno de los procesos ya señalados, tengan una nueva deuda que no haya sido objeto de reprogramación, pudiendo reprogramar sólo esta nueva deuda.

Que beneficios se pueden obtener:

1.- Condonación del 100% de los intereses penales. La condonación de los interesespenales se realiza en función del pago inicial de la siguiente forma:

Si el pago inicial es igual o superior al 50% de la deuda a la fecha, excluyendo los intereses penales acumulados, se condona el 100% de éstos. Por ej:

Si debes $ 1.000.000 (Capital + intereses normales) más $ 600.000 de interesespenales, tu pago inicial debe ser igual o superior a $ 500.000 y se te condonan el 100% de los intereses penales ($ 600.000). La deuda restante, que en estecaso sería de $ 500.000, la puedes pactar en hasta 10 años (según el plazo quetú elijas).

Si este pago inicial es menor al 50% de la deuda a la fecha, excluyendo losintereses penales acumulados, se condona el 100% de éstos a través del pago oportuno de tus cuotas pactadas desde la reprogramación. Por ej:

Si el pago inicial corresponde al 30% de la deuda a la fecha, excluyendo los intereses penales acumulados, se te condona el 60% de ellos (es decir, el dobledel porcentaje que representa el pago inicial respecto a la deuda a la fecha).Mientras que el 40% de los intereses penales que falta condonar, se irán rebajando a medida que realizas el pago oportuno de tus cuotas pactadas. De esta manera, te aseguras el 100% de la condonación.

2.- Eliminación de los registros de morosidad en los boletines comerciales al momento de reprogramar. Esto te facilita el acceso al sistema financiero (créditos de consumo, hipotecarios, etc.).

3.- Evitar procedimientos judiciales por la morosidad de pagarés vigentes.
Beneficios adicionales para quienes nunca egresaron de alguna institución de educación superior y tienen un ingreso mensual líquido menor a 10 UTM. Ver detalle

Según establece la ley, existe un mecanismo de pago especial para deudores queacrediten no haber egresado de ninguna institución de educación superior y quesus ingresos mensuales líquidos sean inferiores a 10 UTM. En este caso, si la cuota anual pactada, en conformidad a la ley de reprogramación, resulta superior al 5% del total de los ingresos líquidos anuales, sólo deberán pagar ese año dicho 5%.

No esta demas decir que el proceso de intencion de reprogramar es hasta este 24 de enero, y que la formalizacion del pago es hasta el 24 de marzo de este año, por lo cual hay tiempo para que los interesados junten algo de lucas

Finalmente, si la deuda a reprogramar es menor o igual a 150 UTM, el número máximo de cuotas anuales a pagar será de 10, mientras que si la deuda es mayor a150 UTM, el plazo máximo aumenta hasta 15 años. Todas las cuotas vencen el 31 de Diciembre del año respectivo.

Ojala que compartan esta info para que la aprovechen quienes necesitan.

La ley: http://bcn.cl/4r8t
 
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Espero que no aparezcan los problemas de la letra chica, pero ya estoy listo.................
 
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Espero que no aparezcan los problemas de la letra chica, pero ya estoy listo.................

Bien me parece.

Como unico consejo, le puedo decir que se fije que en el contrato se establezca una clausula que diga que "la reprogramacion constituye novacion de la deuda". Si no tiene quien le revis el contrato, me envia un MP.
 
interesante post.


ahora, que chucha habra pasado con nuestros "honorables" y sus deudas en estudios :zippymmm:
 
pero en marzo es el pago inicial? si es asi para poder juntar algunas lucas..
 
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