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Tema legal sobre arriendo de casa...

NoSeQueWeaPoner

Manfinfler@
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2011/06/18
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La cosa es que estoy arrendando con mi vieja una casa, y ahora la vieja la pidio porque quiere venderla, notifico recien hace 2 dias, y hace una semana vino con gente porque queria entrar a verla y ademas mostrarla. Ahora un abogado mando un sms y dijo que tambien queria verla para ver el estado en que se encuentra.

Es legal esa wea? es decir, sé que es la dueña de la casa pero nosotros tenemos al dia absolutamente todas las cuentas y encuentro que no corresponde que quiera verla y mostrarla siendo que todavia la habitamos, ademas de traer gente con ella.
Nos dio plazo de un mes para irnos, pero nosotros hemos vivido 3 años aca y por lo que se, debe darnos tiempo de un mes por año para cambiarnos.

Acudo a la sapiencia antroniana!
 
el gran contra de arrendar perrin, desubicá la vieja, pero claro, la casa es de ella... me sumo a la interrogante
 
Dile muy educadamente que mientras tu estas habitándola no tiene permitido ingresar. Ni con pacos pueden entrar y mucho menos echarte. Y pa evitarte todos esos cachos la cerradura se cambia cuando recién te cambias.
 
ni idea, al parecer la dueña no puede entrar a la fuerza a la casa mientras tú la arriendes, lo de un mes por año es para el finiquito pero no sé si se aplica en arriendos, lee tu contrato y ve si sale algo de eso mencionado ya que el contrato manda por sobre cualquier otra cosa.
 
y por contrato que dice?

En el contrato no sale que pueda entrar o visitar la casa. Solo que esta debe ser entregada en buenas condiciones.
Hoy dia volvio a webear y metio al abogado, pero por lo que he leido, las leyes protegen completamente al arrendatario.
 
Claro, primero ver que dice el contrato a cerca de mostrar la casa;
segundo, ver que dice a cerca del termino del contrato: si debe notificarlo por carta certificada un plazo X antes de que se renueve, o si puede ir y ponerle termino a su antojo; presumo que en ambos casos debe ser por carta certificada.
Y efectivamente, en el peor de lo casos, debe respetar un mes por año, con tope de 6 meses. En tu caso serían 3 meses de plazo para irse.
 
No puede meterse, por muy dueña que sea, ya que tu cuentas con un titulo que te otorga el uso y goce sobre el inmueble (que ella se vaya a meter a la mala constituiria una turbacion a dichas facultades, que ella misma te otorgó).

Lo otro, por ser un predio urbano, debe avisarte por carta con un mes de antelacion por año, con un tope de 6 meses.

De que parte eres? Para que te des una vuelta a la Corporacion de Asistencia Judicial.

Saludos
 
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