C2D
attention whore
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Hablando en términos de eficiencia técnica, si el colegio particular subvencionado lucra -lease los accionistas lucran- hay malos resultados (ineficientes), -aparte de violar el espiritu de la ley- porque se malgasta la plata mandandola al bolsillo de los socios siendo que el fin de los particulares subvencionados -lease de la subvención estatal, plata que ponen todos los chilenos que tributan- es no lucrar (estan obligados por ley a constituirse así pero por truchedades tributarias que a cont
inuación explico lucran) y mediante una sociedad administradora de papel los socios lucran cuando no deberían hacerlo, puesto que descaradamente y a vista y paciencia del SII desvian fondos aprovechandose de vacios legales.
Si las sociedades administradoras de los colegios particular subvencionados respetan el espíritu de la ley y dirigen las utilidades a la reinversión, la utilización de los dineros es eficiente y productiva, y se crean colegios modelo como el Raimapu (y en realidad ese colegio tiene un modelo educativo filete, productivo y eficiente, y en materia de fondos, muy bien organizado).
En el caso del colegio de la Vallejo, en los mismos estatutos de la sociedad anónima Rayen Mapu S.A., que tiene relación directa con el establecimiento Raimapu, está estipulada expresamente la prohibición de retiros de utilidades puesto que estas mismas se van a utilizar en reinversión para mejoras en la calidad educativa del establecimiento como te explico a continuación.
En las Sociedades Anónimas, ¿usted si es ingeniero o algo por el estilo tuvo contabilidad I, contabilidad II, costos, derecho tributario, finanzas, etc.?, sabrá que los retiros de utilidades en sociedades anonimas NO se pueden realizar cuando a los accionistas se les para la raja; los retiros de utilidades, cuantía, plazos, FINALIDAD etc. deben estar estipulados expresamente en el estatuto, que ademas debe cumplir con requisitos de la Ley de Impuesto a la Renta, quien actua supletoriamente llenando los vacíos del estatuto, y en el caso de que los retiros de utilidades son con la finalidad de reinversión en activos de otra empresa, se realiza un procedimiento contable muy estricto: se indica al SII el día en que se realizó el retiro, la cuantía del retiro y en el plazo de 20 días fatales, si la finalidad es la reinversión, realizar esta, so pena de incurrir en un delito tributario si no se realiza la reinversión y se utilizan las platas pa otro fin (evasión tributaria, fraude al fisco), porque la reinversión sirve para rebajar impuestos. La reinversión por definición es traspasar el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) de una a otra empresa.
El colegio Raimapu y su sociedad administradora son un ejemplo perfecto de como se utilizan las utilidades para reinvertir en el mismo colegio, y la Ena fue soberanamente imbecil en sacarlo a colación si no tiene conocimientos mínimos de derecho tributario, contabilidad y finanzas, porque Raimapu es un colegio modelo en esa materia.
Repitiendo y aplicando lo anterior, he estado averiguando sobre la relación de la S.A. Rayen Mapu y el colegio Raimapu y contablemente tienen muy bien estructurado el sistema para realizar con las utilidades solo reinversiones para mejorar la calidad educativa. El colegio Raimapu es una empresa sin fines de lucro (como exige la ley que se constituyan todos los colegios particular subvencionados) con un sostenedor (Rayenmapu S.A.), empresa distinta -pero relacionada- a Rayenmapu S.A. y Rayenmapu S.A. al final del ejercicio tributario procede, por lo indicado en el estatuto y porque no hay desacuerdo en la junta de accionistas en lo referente a los retiros, a reinvertir todas sus utilidades en la empresa sin fines de lucro Raimapu (el colegio) en un plazo de 20 días fatales so pena de incurrir en evasión tributaria y fraude al fisco, puesto que al reinvertir, el gravamen tributario disminuye.
En el caso de la reinversión de utilidades en los colegios no es webada de "oh voy a reinvertir si se me para la raja y punto". Acá esta todo estrictamente controlado por la Ley de Impuesto a la Renta y las Instrucciones, Oficios y Dictámenes del SII, cualquier cagazo constituye evasión tributaria y fraude al fisco.
Lo que pasa con los otros colegios es que sencillamente los sostenedores y sus amiwis crean sociedades administradoras de papel (porque la ley les impide que constituyan un colegio como entidad con fines de lucro) con estatutos para que los socios amiwis agarren la plata de la subvención, la "administren", obtengan utilidades y usar las utilidades en lo que se les para la raja; si quieren agarrar las utilidades e invertirlas en activos para el colegio-empresa, o para reducir pasivo, lo hacen por mera liberalidad; en el caso de los colegios particular subvencionados, cometiendo fraude a la ley hacen un juegue contable entre distintas sociedades administradoras para hacer todo lo contrario que en el Raimapu: utilizar aportes estatales para fines de lucro.
Acá el asunto del lucro va por un tema tributario: se debe prohibir que las sociedades de papel administradoras de los fondos de los colegios sin fines de lucro (porque por definición de sociedad sin fines de lucro estamos ante organizaciones que si bien pueden obtener ganancias, estas no se distribuyen) no tengan otro fin mas que la reinversión total de las utilidades en el colegio-empresa constituído sin fines de lucro como ordena la ley -en colegios muy grandes talvez una sociedad administradora sea necesaria, por temas de eficiencia, productividad y eficacia-, o prohibir de plano que los colegios particular-subvencionados sean administrados por estas sociedades administradoras truchas.
No deja de llamar la atencion como hay weones que defienden a brazo partido a esta mal parida.
Lo peor de todo es que la weona no tiene idea del tema en si (educacion) y para colmo no sabe debatir, no sabe argumentar, no sabe expresar ideas (y eso que es periodista), al punto que un par de pililos conductores de matinal le tienen que aclarar la pelicula.
Solo se dedico a repetir la frasecita prefabricada para meterle cuco a la señora de la pintana y de la legua. La mision del gobierno era esa: mandar a una MUJER, de voz suave, "taquillera" y bien vestida para embaucar y "venderle la pesca" a las dueñas de casa que ven el programa, repitiendoles HASTA EL CANSANCIO que los estudiantes quieren quitarles el acceso a la subvencion.
Repetir una idea una y otra vez y hablarle a la gente como si fueran retrasados mentales son formas de conttol de masas. No lo digo yo, lo dice Chomsky.
simplemente patetico el show que dio.
Wn si en sintesis, como explique en el papiro lo que quieren los estudiantes es que los sostenedores no se aprovechen de los vacios legales tributarios creando sociedades de papel "administradoras", metiendo la subvención estatal ahí para lucrar con platas con las que NO SE PUEDE lucrar por ley porque los particular subvencionados son empresas sin fines de lucro.
Pero la ley qlia dice que los colegios particular subvencionados se constituyen como sociedades sin fines de lucro, Y NO DICE QUE ES LO IMPORTANTE QUE CON LA SUBVENCIÓN Y LAS UTILIDADES DEVENGADAS DE ESTA NO SE PUEDE LUCRAR Y NO SE PUEDEN UTILIZAR EN OTROS FINES QUE NO SEAN LA MEJORA DEL COLEGIO.
Eso es fraude a la ley a mi parecer y si el SII se pronuncia se podría hasta configurar fraude al fisco.
Si con una mera reforma a la ley, de un párrafo con cuea se soluciona todo "Los colegios particular subvencionados se deben constituir como sociedades sin fines de lucro. El sostenedor puede ser una persona natural o jurídica. La subvención estatal en su totalidad tiene por objeto y fines la mejora de la calidad en el establecimiento particular subvencionado. Las utilidades devengadas por las personas jurídicas administradoras de los colegios particular subvencionados no tendrán otro fin más que ser invertidas en mejoras a la calidad educativa del establecimiento. Las mejoras a la calidad del establecimiento se enunciarán taxativamente en un reglamento adjunto a esta ley. La infracción a cualquiera de los preceptos anteriormente predichos implicará una multa de 124246547685 UTM o pena de presidio asdf en sus grados minimo medio a máximo...etc"