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mmmmm una duda si yo doy la psu (estando en la universidad) postulo a becas y todas las weas, no me afecta en nada si decido seguir con lo q estudio?
 
mmmmm una duda si yo doy la psu (estando en la universidad) postulo a becas y todas las weas, no me afecta en nada si decido seguir con lo q estudio?
 
oye y para los que damos la PSU este año??, no tenemos el mismo beneficios de informarnos por el Antro de todo esto como los que lo dieron lso años anteriores? :(
 
Los directores del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Juan Antonio Peribonio, y del Instituto Nacional de la Juventud (Injuv), Ignacio Naudon, hicieron un llamado a los jóvenes a informarse sobre el derecho a retracto, esto en el marco de la visita al proceso de matrícula de la Universidad de Santiago.

Las autoridades explicaron que el retracto implica la posibilidad de arrepentirse del contrato educacional dentro de los 10 días siguientes (corridos) a la publicación de las postulaciones a las universidades, exhibiendo el comprobante de una segunda matrícula. Esto es, desde el 14 hasta el 23 de enero.

El objetivo es que los estudiantes de primer año que se matricularon en una institución y se enteran de su aceptación en otra universidad, encuentran una mejor alternativa, cambiaron de preferencia o se arrepintieron de su elección, puedan desistir del contrato sin explicar por qué durante el plazo del retracto.

Eso implica que el establecimiento no puede cobrar por los servicios no prestados y debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año. La institución sólo podrá retener de la matrícula, hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.

Por ejemplo, si una carrera tiene un arancel anual de $3 millones el establecimiento podrá retener de la matrícula pagada, hasta $30 mil por costos administrativos.

Es importante señalar que las instituciones de educación superior deben devolver lo pagado y los documentos, en un plazo de 10 días desde que se ejerció el retracto. Por lo que no corresponde que, por ejemplo, se les diga que “la plata se devuelve en marzo”.

El director del Sernac indicó que en general, el nivel de reclamos por las dificultades para ejercer el retracto no supera el 1%.

Por su parte, el Director Nacional del Injuv recalcó que el retracto no es un favor, sino un derecho de los jóvenes y, como tal, se debe velar para que sea respetado

F.

* ¿Quedaste en la universidad estatal que querías, pero ya te habías matriculado en otra?, ¿Corrió la lista en la carrera que querías, pero ya te habías matriculado en otra? Muchos alumnos estarán enfrentados a este dilema ya que hoy se publicaron los resultados a las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores.

* La buena noticia es que a partir de mañana, se inicia el plazo para ejercer un importante derecho: El retracto. Esto significa que si eres estudiante de primer año y te matriculaste en alguna institución educacional, pero quedaste en otra, tienes derecho a matricularte en una segunda institución y terminar el primer contrato dentro de 10 días contados desde la publicación de los resultados de la postulación a las universidades. Es decir, desde el 29 de diciembre, hasta el 7 de enero.

* Eso implica que no tienes que pagar el arancel por los servicios no prestados, así como el establecimiento debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año. La institución sólo podrá retener de la matricula, hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración, en la medida que esto haya sido informado previamente al estudiante.

* Por ejemplo, si una carrera tiene un arancel anual de $1.500.000, el establecimiento podrá retener de la matrícula pagada, hasta $15.000 por costos administrativos, en la medida que lo haya informado al estudiante antes de contratar.

¿Cómo se ejerce el retracto?

* El estudiante que solicite el retracto debe comprobar que cuenta con una nueva matrícula en otra institución, a través del documento que corresponda, acompañando dicho documento a la carta en que ejerce su derecho a retracto.

* La solicitud de retracto, aunque la ley no lo determina, es conveniente que se manifieste por escrito, a fin de que el estudiante se quede con una copia (timbrada con fecha de la recepción) para el caso de que existan problemas posteriores. La ley no exige ni condiciona este derecho a que el alumno o su apoderado lo haga firmando ante notario o por una carta certificada.

* Mientras esté vigente el plazo de retracto, las universidades no pueden negociar los documentos que han recibido: no pueden endosarlos, ni darlos en garantía, etc. Tampoco pueden entregarlos en comisión de cobranza. Deben retenerlos ante la eventualidad de que el alumno matriculado ejerza su derecho de retracto y le deban ser restituidos.

* Este derecho es aplicable a todas las instituciones de educación superior: universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.


Ley 19.496


Saludos
 
Faltó agregar algo muy importante, que con los 12 pack de Becker, las cervezas salen a 250 cada una aprox. y que en todos las tabaquerias de los supermercados, venden papelillos OCB negros o plateados a 500 pesos.

Y que la primera semana de clases, Nunca hay ayudantias, no está demás saberlo.


Suerte a los que ingresan este año!
 
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