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Corte de Apelaciones confirmó la inhabilitación perpetua de notaria para ejercer cargo

de la jara

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Fabiola Salinas fue hallada culpable de autentificar firmas falsas:
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Negligencia de funcionaria permitió que una persona obtuviera casi el 100% de los beneficios de una sociedad familiar sin consultar al resto.

En febrero de 2013, los cuatro socios de J&S Consultora e Inversiones Limitada —un matrimonio y dos hijas— forjaron una escritura pública donde se consentía modificar la sociedad. David Silver, el padre, quedó con 97% de los derechos de la sociedad.Sin embargo, Silver fue el único que asistió a esta escritura. Fingió la comparecencia y firma del resto.Quien permitió esto fue Fabiola Salinas Peña, en ese entonces notaria suplente en la 41{+a} Notaría de Santiago, del notario Félix Jara Cadot. Ambos fueron formalizados, y en junio pasado el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago los encontró culpables.A Silver, de uso malicioso de instrumento público. A Salinas, en tanto, de la conducta descrita en el inciso segundo del artículo 443 del Código Orgánico de Tribunales, pues autorizó “con su rúbrica las firmas de los supuestos comparecientes en una escritura pública de modificación de sociedad”. La sentencia agrega que su actuar constituyó “una negligencia inexcusable”.Esto se tradujo en una multa de cinco ingresos mínimos mensuales y “la inhabilitación especial perpetua para el ejercicio del cargo de notario”.Ambas partes apelaron la sentencia. El pasado 7 de agosto, la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó ambos recursos.

La sala estuvo integrada por el ministro Juan Cristóbal Mera, el ministro suplente Sergio Padilla y la abogada integrante Paola Herrera.“Los socios de la sociedad de personas no firmaron el documento, ni comparecieron al oficio notarial. Sus firmas fueron imitadas, denotando con ello que Salinas Peña no cumplió con su deber funcionario como ministro de fe al autorizar un instrumento público sin cerciorarse de la presencia e identidad de los supuestos comparecientes”, dice el fallo.El fiscal César Urzúa, de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, estuvo a cargo del caso.Destaca que la notaria no lo hizo coludida con el otro imputado, no obtuvo beneficio, sino que se trató de una grave negligencia.“(La sentencia) es ejemplificadora. Acá lo más importante es que el resto de los notarios tome conciencia. A nosotros nos siguen llegando casos”, añade el persecutor.

https://digital.elmercurio.com/2019/08/20/C/QJ3LBKOO#zoom=page-width
 
Tremenda cagada que se mandó la notaria, mató la gallina de los huevos de oro... El dueño de la notaría ha de habérsela culiado de lo lindo.

:lol2:
 
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