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Dávalos demanda a Canal 13 por injurias de Yerko Puchento: Exige indemnización de $3.360 millones

En esta cagá de pais la meritocracia no existe.

En general las personas que nacen en cuna de oro vivirán así hagan lo que hagan y sean como sean.
Los que nacen en la precariedad, vivirán así hagan lo que hagan y sean como sean.

No sé porqué te sorprende tanto la wea si sabemos que en este país culiao charcha no se puede pedir más.

no me sorprende, sólo lo encuentro terrible :grito:.
lo que señalas es sabido, el tema es que pocas veces ha quedado tan en evidencia.

andamos por ahí con la india y su sistema de castas :nonono:.
 
no me sorprende, sólo lo encuentro terrible :grito:.
lo que señalas es sabido, el tema es que pocas veces ha quedado tan en evidencia.

andamos por ahí con la india y su sistema de castas :nonono:.
pa nada pasa piiola que davalos era un alumno porro que le ofrecieron buena practica al tiro y de ahí en adelante a pura asesorías millonarias :ohno: , como deben estar picados los mejores alumnos compañero de el de su generacion saber que el porro de la clase tenia el futuro asegurado
 
Sería bkns que perdiera la demanda ... pero el Pjud es un lokillo .
espero que canal 13 los haga cagar con la contestación
 
davalos chancho conchetumadre nefasto
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luksic chancho conchetumadre nefasto
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don francisco chancho conchetumadre nefasto
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bachelet chancha conchetumadre nefasta, borracha culiá
Chancha-Chanchitos-1024x730.jpg

chanchos culiaos, chanchos de mierda
 
Próximo guión de los indolatinos caribeños Viña del mar 2038


Pobre redacción, vaguedad de argumentos, poca claridad, la determinación del daño es demasiado imprecisa, además que no aclara de que empresa habla, de hecho no especifica ni separa el rol de funcionario público o rol profesional, si supuestamente en Caval no era socio, solo gerente de proyectos y su último cargo público fue ad honorem.
Aquí la que deberìa tomar nota es Luli, porque a ella Alcaíno la ha agarrado para el hueveo por décadas.
 
Pobre redacción, vaguedad de argumentos, poca claridad, la determinación del daño es demasiado imprecisa, además que no aclara de que empresa habla, de hecho no especifica ni separa el rol de funcionario público o rol profesional, si supuestamente en Caval no era socio, solo gerente de proyectos y su último cargo público fue ad honorem.
Aquí la que deberìa tomar nota es Luli, porque a ella Alcaíno la ha agarrado para el hueveo por décadas.
se va rechazada, con costas.
 
Si este personaje llegó a tribunales con su weá, entonces va a haber sanción y compensación. Estos weones se manejan con weas turbias a nivel conversaciones en el lago caburgua. Esto debe estar planificado con el viejo Luksic, con la cantidad de plata que le saquen se va a ir a la chucha el canal y lo va a comprar un holding extranjero por chauchas. La mamita debe estar metida.
Cítenme con confianza.
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de hecho no. El grado de ininteligibilidad no afecta la defensa de canal 13. El fondo es el improcedente.
No estoy de acuerdo y te dire por qué. La demanda debe contener entre otros, la exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se basa y las peticiones que se someten al tribunal. O sea que, para que esta excepción proceda, la demanda debe ser vaga, ininteligible, etc. Y sí lo es, porque el daño que alega, no puede explicarlo claramente. Por ejemplo, O es por ser funcionario público o por ser empresario?- No lo aclara. Después en un párrafo desliza que hay sueldos impagos. ¿Dependientes de él, de alguna sociedad?. Entonces el daño afecta a quién, a él o a la sociedad?, y sí es ésta, el legitimado activo es la empresa y no él, pero no lo especifica. Siguiendo el fondo del asunto. Ampara su acción a través de un supuesto delito de injurias cometido por un cómico del canal, y el canal apoya dicha rutina con lo cual se hace responsable, pero ¿está condenado por el delito de injurias y/o calumnias?, ¿hay sentencia que lo acredite?, ¿orden judicial para no hablar más de la persona?, ¿se ha querellado en contra de Alcaíno?. Entonces como demuestra la injuria si no hay nadie condenado por ello?.
Pero no fue acaso la propia situación judicial a la que estuvo sometido él y su esposa la que lo perjudicó, o mejor dicho, los hechos que iniciaron la investigación judicial?. Alcaíno se ha reido de él, pero que él sea el culpable de que no gane dinero, es reducir todo lo ocurrido solamente a lo que ha dicho el cómico y no lo que ha pasado en el caso Caval, donde si bien no se pudo probar la existencia de delitos por parte de él, nunca se vió bien, y a nadie le gustó el hecho de la reunión con Luksic para obtener un préstamo y hacer la compra de los terrenos donde había un lío con el uso de los suelos, donde hay gente que sí tuvo una condena y etc., eso fue lo que lo puso en el ojo del huracán, no lo que dijo Yerko, porque aunque no hubiese dicho ningún chiste, su imagen se expuso al ser descubiertos sus negocios, y los de su mujer.
En otras palabras, la acción de por sí es ininteligible, y procede perfectamente la excepción dilatoria de ineptitud, porque es vaga e ininteligible al momento de formularla, alega un daño que no tiene un origen cierto (de donde sacó esas cifras?, como las justifica?, donde está la correlación entre la causa y el efecto?. Y así podría seguir, si fuera mi causa.
 
No estoy de acuerdo y te dire por qué. La demanda debe contener entre otros, la exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se basa y las peticiones que se someten al tribunal. O sea que, para que esta excepción proceda, la demanda debe ser vaga, ininteligible, etc. Y sí lo es, porque el daño que alega, no puede explicarlo claramente. Por ejemplo, O es por ser funcionario público o por ser empresario?- No lo aclara. Después en un párrafo desliza que hay sueldos impagos. ¿Dependientes de él, de alguna sociedad?. Entonces el daño afecta a quién, a él o a la sociedad?, y sí es ésta, el legitimado activo es la empresa y no él, pero no lo especifica. Siguiendo el fondo del asunto. Ampara su acción a través de un supuesto delito de injurias cometido por un cómico del canal, y el canal apoya dicha rutina con lo cual se hace responsable, pero ¿está condenado por el delito de injurias y/o calumnias?, ¿hay sentencia que lo acredite?, ¿orden judicial para no hablar más de la persona?, ¿se ha querellado en contra de Alcaíno?. Entonces como demuestra la injuria si no hay nadie condenado por ello?.
Pero no fue acaso la propia situación judicial a la que estuvo sometido él y su esposa la que lo perjudicó, o mejor dicho, los hechos que iniciaron la investigación judicial?. Alcaíno se ha reido de él, pero que él sea el culpable de que no gane dinero, es reducir todo lo ocurrido solamente a lo que ha dicho el cómico y no lo que ha pasado en el caso Caval, donde si bien no se pudo probar la existencia de delitos por parte de él, nunca se vió bien, y a nadie le gustó el hecho de la reunión con Luksic para obtener un préstamo y hacer la compra de los terrenos donde había un lío con el uso de los suelos, donde hay gente que sí tuvo una condena y etc., eso fue lo que lo puso en el ojo del huracán, no lo que dijo Yerko, porque aunque no hubiese dicho ningún chiste, su imagen se expuso al ser descubiertos sus negocios, y los de su mujer.
En otras palabras, la acción de por sí es ininteligible, y procede perfectamente la excepción dilatoria de ineptitud, porque es vaga e ininteligible al momento de formularla, alega un daño que no tiene un origen cierto (de donde sacó esas cifras?, como las justifica?, donde está la correlación entre la causa y el efecto?. Y así podría seguir, si fuera mi causa.
eso lo entiendo, compañero y apuesto todo mi fm que canal 13 va a tirar la dilatoria, pero estoy mucho más seguro, conociendo los tribunales desde adentro, que salvo presiones externas, la demanda se va desechada y con costas.
 
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