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De embargardo

Terceria .... el contrato de arriendo no te salva de que te lleven lo poco y nada que tienes.
Lamentablemente este sistema es tan como el culo que debes demostrar ante la ley gaaastando en abogados que no eres el deudor y que todo eso es tuyo ...

Las deudas deberian perseguir a las personas nomas, lo mismo en deuda de agua,luz y gas .... falta hacer cambios
Por qué? Dices que el contrato de arriendo no sirve ?
 
No sea weon, es super comun que "deudores profesionales" dejen pingados inmuebles y se manden a cambiar. He visto un monton de casos de weones que arriendan y se los cagan los bancos por deudas del arrendatario anterior solo por desconocimiento.

De todas formas, nadie esta exento de pasar por un mal momento económico y verse enfrentado a un situación de esta índole.

No te desgastes respondiéndole a ese aweonao culiao que se las da de irreverente en un foro :hands:
 
Así que te llegó mi carta :tecito: nunca pensé que iba a resultar asustar a un culiao así
 
Me pasó hace como 5 años.
Primero hablé con la empresa de cobranzas (me estaban llegando cartas extrajudiciales), me pelotearon y no me pescaron.
Después hablé con el banco que tenía la deuda. Me dijeron que ellos habían ya comprobado el domicilio (hace quizás cuántos años) del deudor y estaban facultados para ejercer la cobranza ahí, así que me mandaron a la chucha.

Entonces pesqué mis weás (escritura de la casa, inscripción CBR... supongo q en tu caso sería el contrato de arriendo, alguna cuenta tb y comprobante de domicilio de la junta de vecinos) y fui al SBIF. Dejé esos documentos en la oficina de partes y me respondió el banco, por medio del SBIF, que ya no me huevearían más.

Nunca más me llegó nada, al menos hasta el momento.
 
Muchachos, necesito su ayuda.
Resulta que en la casa donde vivo, antes arrendaban una familia que mantiene una deuda con una clínica por un par de palitroques, y resulta que llegó una carta de una "asesoría legal de personas" , hablando de la existencia de una demanda en contra de uno de los weones (dice: presentada en su contra por la clínica por el no pago del crédito en su nombre, dice el rol de la causa , tribunal, etc).
La cuestión es que dice que son especialista en evitar embargos, y yo no estoy ni ahí con que me embarguen mi PC ni mi DD con porno. que chucha se supone que debería hacer? tengo que hacer algo o ellos mismos averiguan donde viven actualmente?
Gracias.

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Estoy decepcionado, nadie invocó al experto @Goalkeeper

Te explico, esto es bien simple:
  1. Si el receptor certifica que el demandado vive en el lugar y se encuentra en el lugar del juicio, el demandante puede pedir se notifique en tu casa.
  2. No hay que extrañarse si pasa eso pero los receptores son la wea más nefasta que existe, sobretodo los que trabajan con bancos.
  3. Una vez que dejen la demanda (el receptor la va adejar en el antejardín, bajo la puerta, fijada) ahí contacta un abogado, es fundamental
  4. Luego el demandante pedirá el embargo con fuerza pública, es decir, irá el receptor con un carabinero a anotar (solo anotar, no puede retirar) las cosas que están dentro de la casa.
  5. Ahí vuelve a contactar a tu abogado para que se presente la tercería, la que no se puede presentar antes, sino después del embargo.
Si el receptor hace búsquedas negativas, nunca tendrás que hacer lo indicado desde el nº 3 en adelante.

Marcar como mejor respuesta y cerrar.
 
Por qué? Dices que el contrato de arriendo no sirve ?

Me paso con mi actual local, las ordenes llegan amarradas a la direccion que entrega la empresa a tribunales ... por mas que insistas que el antiguo arrendatario no esta, debes interponer un recurso y demostrar con papeles que todo es tuyo y no del deudor
 
Estoy decepcionado, nadie invocó al experto @Goalkeeper

Te explico, esto es bien simple:
  1. Si el receptor certifica que el demandado vive en el lugar y se encuentra en el lugar del juicio, el demandante puede pedir se notifique en tu casa.
  2. No hay que extrañarse si pasa eso pero los receptores son la wea más nefasta que existe, sobretodo los que trabajan con bancos.
  3. Una vez que dejen la demanda (el receptor la va adejar en el antejardín, bajo la puerta, fijada) ahí contacta un abogado, es fundamental
  4. Luego el demandante pedirá el embargo con fuerza pública, es decir, irá el receptor con un carabinero a anotar (solo anotar, no puede retirar) las cosas que están dentro de la casa.
  5. Ahí vuelve a contactar a tu abogado para que se presente la tercería, la que no se puede presentar antes, sino después del embargo.
Si el receptor hace búsquedas negativas, nunca tendrás que hacer lo indicado desde el nº 3 en adelante.

Marcar como mejor respuesta y cerrar.

Esa es la respuesta estimado. Por mucho que el receptor trabaje con bancos, está legalmente obligado a informar de todo lo que se le diga cuando va a la casa. O sea, si cuando vayan a notificar alguien de la casa dice "ese sujeto arrendó y ya no vive acá" debería bastar para que la búsqueda sea negativa y no tendrás que hacer ni tercería ni nada. Eso es así porque para que notifiquen dejando el aviso en la casa es necesario que el receptor certifique que el demandado vive ahí y que se encuentra en el lugar del juicio. Al Decirles que no vive ahí se les cae uno de los requisitos.

Leía además que alguno hablo que tienes 3 días para hacer la tercería. Eso es falso. Tienes para presentarla desde el embargo e incluso hasta el mismo día del remate de los bienes, así que tiempo hay.

Eso de las cartas de "asesoría legal a personas" es una idea copiada del extranjero que empezó hace unos años. A grandes rasgos hay oficinas de abogados que están revisando los ingresos de los juzgados todos los días buscando gente que la hayan demandado los bancos y antes de incluso darle curso a la demanda, van y le ofrecen la "asesoría" al sujeto que posiblemente nunca va a necesitar el servicio, pues la causa puede que la retiren, que no le den curso, o que la archiven. De esas, mandan miles, a ver si alguno cae. Generalmente, su calidad profesional deja harto que desear.
 
Me paso con mi actual local, las ordenes llegan amarradas a la direccion que entrega la empresa a tribunales ... por mas que insistas que el antiguo arrendatario no esta, debes interponer un recurso y demostrar con papeles que todo es tuyo y no del deudor
Compadre, no que pasó en tu caso, pero me paso lo mismo que al socio, la casa que estoy arrendando quedó pá la caga x parte del arrendatario anterior, igual llegaban las notificaciones, el receptor con sus weas y sólo me limitaba a indicarle que el weon no vivía ahí, le mostré mi contrato de arriendo y el en la ultima notificacion que fue escribió en la misma que el deudor ya no vivía ahí, que no era ubicable, le sacó una foto a mi contrato y no webiaron más.
 
Compadre, no que pasó en tu caso, pero me paso lo mismo que al socio, la casa que estoy arrendando quedó pá la caga x parte del arrendatario anterior, igual llegaban las notificaciones, el receptor con sus weas y sólo me limitaba a indicarle que el weon no vivía ahí, le mostré mi contrato de arriendo y el en la ultima notificacion que fue escribió en la misma que el deudor ya no vivía ahí, que no era ubicable, le sacó una foto a mi contrato y no webiaron más.
Exacto pero en un matinal la abogada dale que era necesaria la tercería.
Esa es la respuesta estimado. Por mucho que el receptor trabaje con bancos, está legalmente obligado a informar de todo lo que se le diga cuando va a la casa. O sea, si cuando vayan a notificar alguien de la casa dice "ese sujeto arrendó y ya no vive acá" debería bastar para que la búsqueda sea negativa y no tendrás que hacer ni tercería ni nada. Eso es así porque para que notifiquen dejando el aviso en la casa es necesario que el receptor certifique que el demandado vive ahí y que se encuentra en el lugar del juicio. Al Decirles que no vive ahí se les cae uno de los requisitos.

Leía además que alguno hablo que tienes 3 días para hacer la tercería. Eso es falso. Tienes para presentarla desde el embargo e incluso hasta el mismo día del remate de los bienes, así que tiempo hay.

Eso de las cartas de "asesoría legal a personas" es una idea copiada del extranjero que empezó hace unos años. A grandes rasgos hay oficinas de abogados que están revisando los ingresos de los juzgados todos los días buscando gente que la hayan demandado los bancos y antes de incluso darle curso a la demanda, van y le ofrecen la "asesoría" al sujeto que posiblemente nunca va a necesitar el servicio, pues la causa puede que la retiren, que no le den curso, o que la archiven. De esas, mandan miles, a ver si alguno cae. Generalmente, su calidad profesional deja harto que desear.
En el caso de un familiar que tiene una casa arrendada le ocurrió eso pero con una multitienda y cuando llegó la segunda notificación fue al juzgado correspondiente con la escritura de la casa diciendo que los arrendatarios anteriores ya no vivían ahí y se acabó de una pero el pelmazo que iba a dejar los papeles metía cualquier miedo a la gente y eso no debería ser legal.
Años antes uno de estos weones fue a huevear a mi viejo porque mi hermano , que vivía en otro lado, tenía unas deudas. Mi papá lo mandó a las rechucha y rompió el papel de notificación de la tienda en su cara. En eso la gente debe saber que solamente las cosas del juzgado vale, cualquier otro papel interno para huevear es pura paja molida.
Nunca se debe firmar nada por presión-
 
Exacto pero en un matinal la abogada dale que era necesaria la tercería.

En el caso de un familiar que tiene una casa arrendada le ocurrió eso pero con una multitienda y cuando llegó la segunda notificación fue al juzgado correspondiente con la escritura de la casa diciendo que los arrendatarios anteriores ya no vivían ahí y se acabó de una pero el pelmazo que iba a dejar los papeles metía cualquier miedo a la gente y eso no debería ser legal.
Años antes uno de estos weones fue a huevear a mi viejo porque mi hermano , que vivía en otro lado, tenía unas deudas. Mi papá lo mandó a las rechucha y rompió el papel de notificación de la tienda en su cara. En eso la gente debe saber que solamente las cosas del juzgado vale, cualquier otro papel interno para huevear es pura paja molida.
Nunca se debe firmar nada por presión-
Me ha pasado que a algunos clientes les han "ido a cobrar los carabineros" metiéndoles miedo a los viejos pensionados que si no pagan le van a quitar la casa, cuando en realidad es un pelmazo en moto, vestido "coincidentemente" de verde, que trabaja para una empresa de cobranza extrajudicial. Me pasó en Linares con la Oriencoop y en Talca con otra cooperativa, que no recuerdo ahora.
 
Me ha pasado que a algunos clientes les han "ido a cobrar los carabineros" metiéndoles miedo a los viejos pensionados que si no pagan le van a quitar la casa, cuando en realidad es un pelmazo en moto, vestido "coincidentemente" de verde, que trabaja para una empresa de cobranza extrajudicial. Me pasó en Linares con la Oriencoop y en Talca con otra cooperativa, que no recuerdo ahora.
Cierto y el abogado de un programa de Chilevisión lo dijo, los papeles internos de las empresas valen callampa y al igual que mi viejo rompió una de esas cartas en cámara.
Lo que me faltó decir es que cuando un moroso se va a vivir a otro lado y empieza a sacar tonteras que no pagará el proceso se corta pues ya se anota con otra dirección-
 
Sin contrato de arriendo eres allegado,
Anda despidiendote de tus cosas, te van a embargar hasta los colaless.
 
La deuda está a nombre del wn que debe o a tu nombre???

Tu pregunta no tiene sentido... aunque no cacho mucho de esas cosas.
 
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