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Perú: Afiliados a AFP podrán retirar hasta el 95,5 por ciento de sus fondos de pensiones

Estado
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omozapien

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El Congreso de Perú aprobó, por 84 votos a favor y dos en contra, un proyecto de ley que permitirá a los trabajadores peruanos retirar el 95,5 por ciento del dinero depositado en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) al cumplir los 65 años.

El proyecto indica que todos los afiliados a las AFP también podrán disponer de la rentabilidad generada durante sus años de aportaciones y que el 4,5 por ciento restante del fondo se abonará al Seguro Social Estatal (EsSalud) para mantener la cobertura y los servicios de salud.

La ley también permitirá el uso del 25 por ciento del fondo de pensiones como garantía para el pago de la cuota inicial de un préstamo hipotecario para vivienda. Además, amplía la vigencia del Régimen Especial de Jubilación Anticipada hasta el 31 de diciembre de 2018 y permite que los afiliados puedan retirar hasta el 50 por ciento de su fondo en caso de enfermedad terminal.

La ley fue aprobada por insistencia por el Congreso después de que el pasado 8 de enero el presidente de Perú, Ollanta Humala, la rechazara en primera instancia por considerar que significaría el incumplimiento de tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por el Estado peruano.

El Ejecutivo indicó, además, que se generaría un perjuicio al afiliado al trasladarle el riesgo de longevidad y el riesgo retorno.


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Fuente: http://www.cooperativa.cl/noticias/...us-fondos-de-pensiones/2016-04-15/100542.html
 
El peruanismo se hace presente con el crecimiento del 6%
Chupenla empresarios y vieja culia Chilenos
 
Parece ser una excelente medida orientada a descapitalizar las AFP, pero: ¿será lo suficientemente fuerte para infligir una herida de muerte a las AFP en perú ? , el tiempo lo dirá. Más aún esta experiencia, ¿puede ser aplicable al caso chileno ? sí se piensa, que el legislativo -comisión de economía- se "la jugó" al agregar el retiro masivo de pensiones del afiliado contra la opinión del gobierno peruano y la superintendencia de pensiones peruana, mediante la insistencia en el proyecto (institución que no existe en Chile) para reflotarlo sin la posibilidad de ser objetado por el ejecutivo al promulgarlo, y finalmente, ser aprobado de forma casi unamime en su votación final por el congreso peruano.

El único pero, que por el momento le encuentro a la ley: es que -según su articulo 2° dentro de las opciones del afiliado a la AFP la vigésimo cuarta- al hacer efectivo el derecho retirar el 95,5% de las pensiones ahorradas se pierde el derecho a obtener garantías estatales, cosa que parece ser la típica letra chica que un legislador -como el chileno- le gusta incluir.

Este es el proyecto, tal como fue aprobado para su promulgación. Acá está la ficha de seguimiento del proyecto, y su expediente digital.
 
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