Es que es wea de tener 2 dedos de frente po... si la empresa o pyme -peor aun- no esta produciendo, ¿como chucha va pagarle a los trabajadores si no estan trabajando? OSEAAA.. es una wea LOGICA po wn. Esa wea lo unico que lograria seria que dichas empresas quebrarian y los weones eventualmente se quedarian sin pega igual, dejando ademas al resto de trabajadores sin pega tambien y dañando la economia.
Pero claro, los cerdos comunachos pregonan esta wea a sabiendas de que eso pasaria, pa despues echarle la culpa a la derecha de las empresas quebradas.
Estas ratas culias cada dia se superan. boric, la puta de vallejo y compañia merecen minimo la expulsion del pais.. aunque en realidad un paseo en helicoptero seria mas justo.
Que se piteen luego a maduro y cia para que esta wea se empiece a desinfectar de basura marxista de una vez por todas.
Ahí es donde se produce una discusión jurídica respecto al alcance del deber de proteccion que nace de la relación laboral.
Espero explicarlo bien, porque dicen que si uno no le puede explicar a su abuelita, es porque no sabe.
Uno de los ppios rectores del D° laboral es el deber de proteccion, que se debe plasmar desde el empleador al trabajador por ser este último la parte más débil de la relación laboral.
Dicho ppio se materializa en pagar oportunamente el sueldo, pagar cotizaciones, otorgar un ambiente de trabajo libre de riesgos, entre otros.
Me voy a detener en lo último (otorgar un ambiente de trabajo libre de riesgos) para señalar que el legislador obliga a empleador a realizar todas las acciones posibles para otorgar dicho ambiente de trabajo a sus empleados. Si no lo hace, y producto de esa falta de diligencia del empleador no se puede trabajar, se debe pagar igual el sueldo, puesto que empleador falla y trabajador esta ahí, dispuesto a trabajar pero no lo puede hacer por una razón que no se le puede imputar a El pero si al empleador.
Pero que pasa si empleador hace todo lo que le piden, trabajadores pueden trabajar, pero por una resolución administrativa (cuarentena) provocada por fuerza mayor (pandemia) se cierra temporalmente empresa?
Ahí se produce el conflicto entre el derecho laboral y el derecho constitucional.
Los abogados militantes e ignorantes, molestos con el dictamen de Dirección del Trabajo extienden, según subpovre interpretación, la responsabilidad del empleador a un hecho social cuya solución está en la constitución a través del cumplimiento de deberes del Estado para protejer a población y familia.
De esta forma, producto de Fuerza Mayor que impide el funcionamiento y por ende resulta en la paralización de las contraprestaciones (trabajo por parte del trabajador y remuneración por parte del empleador) es el E° quien debe proteger a los trabajadores, a través de subsidio a la remuneracion, por ej.
Resulta antijurídico ampliar el deber de proteccion del empleador a situaciones que ingresan en el ambito del deber de proteccion constitucional del Estado.
En lo político, lamento el afán de la izquierda de buscar "luchas de clases" donde no la hay (trabajadores v/s empresarios) y en lo jurídico lamento más la carencia en la formación profesional de colegas que no son capaces de realizar una interpretación lógica y armónica de nuestra legislación y se encierran en el derecho del trabajo, como si esa fuera la solución a los problemas.
Ignorantes e ineptos