• ¿Quieres apoyar a nuestro foro haciendo una donación?, entra aquí.

Causa civil archivada + incidente abandono + solicitud de exclusión

El abandono del procedimiento en causas ejecutivas funciona de distinta forma a las ordinarias, ahí la dejo. No te daré más detalles jurídicos, porque el conocimiento cuesta $$$.

Solo te diré que estas cagando fuera del tiesto si crees que esa es la solución a tus problemas financieros y judiciales, hediondo ql.

¿Qué debes hacer? CONSULTA CON UN ABOGADO ESPECIALISTA EN EL TEMA, HEDIONDO CTM PORFIADO, ¿QUÉ PARTE DE ESO NO ENTIENDES?

tu única solución de hecho es acogerte al procedimiento de liquidación de bienes. Anda juntando plata, y busca un abogado que sea especialista en el tema, no sirve cualquiera.

dale color con esa wea cochino qliao levantado de raja ,

ay el conocimiento vale plata :gaia: he leido weones maricones y voh !
 
Zorra qla dando la cacha en TODO :hands:


ayy no te puedo ayudar, mi conocimiento vale plata , soy una perra vendida al sistema que si no me metis plata no funciono.

le day cualquier color pelmazo reconchetumadre por saberte un par de leyes culiás,

buche y rata como la mayoria de los weones que saben de leyes :hands:
 
y habra intentado pagar las deudas?.... en una de esas sale mas rápido que esperando que prescriba todo
 
ayy no te puedo ayudar, mi conocimiento vale plata , soy una perra vendida al sistema que si no me metis plata no funciono.

le day cualquier color pelmazo reconchetumadre por saberte un par de leyes culiás,

buche y rata como la mayoria de los weones que saben de leyes :hands:

Con cuea te dió para entender una ironía ¿y vienes a basurear grutuitamente al antroniano y exigirle weas que ni siquiera son asunto tuyo ? Las patitas :lol2:
 
Última edición:
El abandono del procedimiento en causas ejecutivas funciona de distinta forma a las ordinarias, ahí la dejo. No te daré más detalles jurídicos, porque el conocimiento cuesta $$$.

Solo te diré que estas cagando fuera del tiesto si crees que esa es la solución a tus problemas financieros y judiciales, hediondo ql.

¿Qué debes hacer? CONSULTA CON UN ABOGADO ESPECIALISTA EN EL TEMA, HEDIONDO CTM PORFIADO, ¿QUÉ PARTE DE ESO NO ENTIENDES?

tu única solución de hecho es acogerte al procedimiento de liquidación de bienes. Anda juntando plata, y busca un abogado que sea especialista en el tema, no sirve cualquiera.

Eso es distinto a la ley de quiebra ?

Porque para la ley de quiebra te piden caleta de requisitos


DD
:gato:
 
El abandono de una causa se produce cuando la parte demandante deja de seguir con las gestiones regulares para hacer el cobro de lo que demanda.

Si las causas están archivadas, por todo lo que he leido (y que no es nada del otro mundo, porque la única wea pelua en este mundo es la medicina), se podría oponer un incidente de abandono de causa.

Lo he visto en la documentación de otras demandas ejecutivas en el sitio del poder judicial, una causa archivada con un incidente de abandono.
 
Lo que quiero conseguir es sanjar el abandono de la causa y luego solicitar al banco o la super intendencia que se me otorgue el beneficio del articulo 14 capitulo 18-5, para que la deuda deje de ser informada en los boletines comerciales, por abandono de causa civil.
 
El abandono de una causa se produce cuando la parte demandante deja de seguir con las gestiones regulares para hacer el cobro de lo que demanda.

Si las causas están archivadas, por todo lo que he leido (y que no es nada del otro mundo, porque la única wea pelua en este mundo es la medicina), se podría oponer un incidente de abandono de causa.

Lo he visto en la documentación de otras demandas ejecutivas en el sitio del poder judicial, una causa archivada con un incidente de abandono.

Lo que quiero conseguir es sanjar el abandono de la causa y luego solicitar al banco o la super intendencia que se me otorgue el beneficio del articulo 14 capitulo 18-5, para que la deuda deje de ser informada en los boletines comerciales, por abandono de causa civil.
Wn porfiado, entiende: el plazo de inactividad requerido en juicios ejecutivos no son 6 meses, es mucho más tiempo, son 3 años. Revísalo tú mismo en el Código de Procedimiento Civil.

Además necesitas que un abogado presente el incidente, si lo presentas tú, te van a mandar a la chucha.

Das pena, en serio.
 
Wn porfiado, entiende: el plazo de inactividad requerido en juicios ejecutivos no son 6 meses, es mucho más tiempo, son 3 años. Revísalo tú mismo en el Código de Procedimiento Civil.

Además necesitas que un abogado presente el incidente, si lo presentas tú, te van a mandar a la chucha.

Das pena, en serio.

En serio se quiere desgastar con este weón?... En serio?... Es como tratar de discutir de Ciencia con @ruizvial :hands:
 
dale color con esa wea cochino qliao levantado de raja ,

ay el conocimiento vale plata :gaia: he leido weones maricones y voh !
El problema es de este aweonao que hizo el tema, no mio :hands:

Más encima, en varios temas anteriores que ha hecho este penoso reql, lo he intentado orientar, pero parece que el wn no lee o no entiende.

El wn tiene que consultar con un abogado, pero se las da de "jurista" buscando soluciones sin tener el conocimiento técnico, y la puede cagar más. Por eso digo que el conocimiento cuesta $$$.

Es el típico ejemplo de "cliente cacho", que cree saber más que el abogado, que sólo causa problemas, y que llegó a esa situación porque creía estar haciéndola de vivo, pero que terminó con la mierda hasta el cuello.

Por cierto, anda a lavarte la raja, hediondo ctm.
 
En serio se quiere desgastar con este weón?... En serio?... Es como tratar de discutir de Ciencia con @ruizvial :hands:

Que te desgastes habla solo de ti ... a mi ne me va ..

Pd. Como se nota ademas como te duele todavia que te hayan dejado de weon.

Pd2. Favor no me aludas ... menor para autoflagelarte de ardores anales de antaño tonto pajaron .. :nonono:
 
Que mejor nos cuente este pobre pelmazo si carlitos siguió tirándose a su mina.. Y si su mina lo siguió defendiendo al carlitos, por haberle parado los carros por decirle milf jajjajja
 
Si, es distinto. En ese procedimiento, liquidas todos tus bienes, pero ya no te podrán seguir demandando.

Según lo que leí, no te pueden embargar nada que tenga que ver con tu vida personal para subsistir: cama, ropa, techo.
Pero no dice nada de autos, casas o propiedades que uno tenga su nombre...

DD
:zippymmm:
 
El abandono del procedimiento se puede levantar, ofreciendo pagar una suma que garantize los resultados (victoriosos) del juicio. Asi que solo ganaste tiempo.

La terceria de posesion, no basta con interponerla, el tribunal debe dictar si la aprueba o rechaza.
 
Volver
Arriba