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Como cresta hago esto?

de tus temas, lo único que puedo concluir es que te juntay con puros weones

o tu amigo tiene muy mala cuea y las tiene todas juntas

:sisi:
 
Es por escritura pública, lo debería redactar un abogado, pero algunas notarias (los funcionarios), hacen directamente las escrituras ellos si no son tan complejas.
Vale compadre, te pasaste ahí te cuento como me fue
 
Separacion total de bienes :hands:
Luego le venden la casa. No existe la prohibición por que el hueon hace rato esta emancipado y se dejan de huevadas. Si no tiene mas hermanos ningun hueon va solicitar nulidad :hands:
Se convence a la mina diciendole cualquier huea y que no le va significar gastos. Y si es mas vivo aprovechando el panico redacta el acuerdo comleto y suficiente y de paso se separa de bienes, liquida la sociedad conyugal y todas las hueas accesorias.
 
Separacion total de bienes :hands:
Luego le venden la casa. No existe la prohibición por que el hueon hace rato esta emancipado y se dejan de huevadas. Si no tiene mas hermanos ningun hueon va solicitar nulidad :hands:
Se convence a la mina diciendole cualquier huea y que no le va significar gastos. Y si es mas vivo aprovechando el panico redacta el acuerdo comleto y suficiente y de paso se separa de bienes, liquida la sociedad conyugal y todas las hueas accesorias.

pero si fuera por eso se divorcia, si al final el problema del compadrito es lo PUSILÁNIME del weón, porque alternativas tiene
 
Separacion total de bienes :hands:
Luego le venden la casa. No existe la prohibición por que el hueon hace rato esta emancipado y se dejan de huevadas. Si no tiene mas hermanos ningun hueon va solicitar nulidad :hands:
Se convence a la mina diciendole cualquier huea y que no le va significar gastos. Y si es mas vivo aprovechando el panico redacta el acuerdo comleto y suficiente y de paso se separa de bienes, liquida la sociedad conyugal y todas las hueas accesorias.
pero wn si el tema esta en q el problema es q el hijo no tiene cocos.
 
Y porque no dejas la propiedad a nombre de los nietos, y el usufructo a nombre del hijo, la propiedad plena se consolidaría a la muerte del hijo en las nietas, y este no podrá vender la casa, porque solo tendrá el uso y el goce.

Y lo otro es una condición en una escritura de cesión con todo lo que explicas y después pides que la anoten en el registro conservatorio.

Era justo lo que iba a poner.
 
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