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Serio Consulta sobre pago de pagaré por una beca de mantención en una universidad.

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2024/05/01
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Resumen: Me dieron una beca de mantención para hacer un postgrado y tal vez no lo pueda sacar: firmé un pagaré y me da miedo que me puedan demandar o algo mientras junto la plata para pagarle a la U. No firmé con ningún banco, sólo con la Universidad, en un notario. ¿Qué es lo peor que me puede pasar? Tengo un poco de susto.


Hola a todos. Espero que estén teniendo un buen día.

Lamento mucho dar la lata acá. Un amigo me recomendó hacerme una cuenta en este foro para poder hacer preguntas de manera anónima.

Quisiera hacerles una consulta respecto a un pagaré que firmé por una beca de mantención que me dieron para realizar un magíster en una UCSC (No es anid, el magíster es nuevo así que la U pagó matrícula, arancel y manutención). El tema es que el requisito para que no me cobren esta beca es sacar un paper académico y salir del grado obviamente, pero aunque me ha ido bien y ya saqué uno de conferencia, cada día me dificulta más salir. No es un pagaré con un banco, pero hice la firma ante notario en Conce y mi papá fue mi aval. No sé si es necesario decirlo, pero mi papá está en dicom hace rato y le quedan como 5 años.

Lo que me tiene intrigada son las posibles consecuencias de no cumplir con los términos del pagaré. Debido a varios problemas personales, llegué hasta la tesis y cada día se me hace más complicado el poder sacar este postgrado. Este pagaré vencía en abril y sigo postergando la finalización de mi tesis debido a diversos problemas en la investigación y en mi vida personal. Se mencionan intereses por mora en caso de retraso en el pago, así como la indivisibilidad de las obligaciones, lo que sugiere que incluso herederos y sucesores serían responsables de la deuda.

Me pregunto qué implicaciones legales y financieras podrían surgir si no puedo cumplir con el pago en la fecha de vencimiento establecida. ¿Alguien tiene experiencia con este tipo de situaciones? ¿Qué consejos podrían ofrecer para manejar adecuadamente un pagaré como este?

Lamento si el tema no es de su agrado. Realmente me apena no poder pagar una beca de mantención, sin embargo no tengo la solvencia económica para poder estar sólo con mi trabajo part time mientras trabajo en la tesis, por lo que pronto deberé buscar un trabajo a tiempo completo, sin embargo, este pagaré es de 188 UF (7 palos) y me será muy complejo pagarlo pronto.



A continuación voy a pegar lo que dice mi pagaré, donde quité mis datos personales:

PRIMERO: La Universidad, concede la becaria una Beca de Postgrado de Mantención, conforme a lo señalado en el Anexo N°1 “Condiciones Generales” y

Anexo No 2 “Actividades de la becaria”, anexos que, firmados por las partes, forman parte integrante

del presente Convenio.

La beca se otorga para realizar los estudios de postgrado conducentes al grado de Mi grado dictado por Facultad de la Universidad, de conformidad al decreto de Rectoría N°54/2017 de 02 de agosto del año 2017 que establece Fondo Beca Institucional para Estudiantes de Postgrado UCSC, y al Decreto de Rectoría N°03/2019 de 08 de enero del año 2019 que promulga el Reglamento General de Postgrado.

SEGUNDO La beca se otorgará por períodos anuales, la que podrá ser entregada por un plazo

máximo de dos años y en la forma establecida en el anexo N°1.

Al término de cada período anual dispuesto por el Programa y, previa aprobación por la Dirección de

Postgrado de los informes semestrales de actividades académicas; la beca podrá ser renovada, en su

duración, montos y formas indicados en la respectiva Resolución de Vicerrectoría de Investigación y

Postgrado, que se emitirá para tales efectos.

La prórroga de suspensión de estudios, de reincorporación, notas pendientes o cualquier otra

situación que prolongue la duración formal del postgrado, establecidas en el Reglamento General de

Postgrado, más allá de dos años, no dará derecho para mantener o solicitar renovación de la beca

otorgada por la Universidad.

Además, para el caso que la becaria se le otorgara la prórroga de suspensión de estudios, se

procederá a suspender los beneficios de este convenio, por el plazo que dure dicha suspensión.

TERCERO: Para mantener la beca la becaria contrae las siguientes obligaciones:

Cursar y aprobar en tiempo y forma las actividades curriculares del Programa de acuerdo al
Reglamento General de Postgrado, el Reglamento Interno del Programa, si correspondiere, y a

las actividades señaladas en el presente convenio e indicadas en el Anexo N°2.

2. Cumplir todas las exigencias académicas del Programa y del Reglamento General de

Postgrado.

3. Obtener el grado académico indicado en la cláusula primera en un plazo no superior a dos

años (4 semestres), que corresponde a la duración formal del programa.

4. Al término de cada periodo académico semestral, y en el plazo indicado en el anexo No 2, la

becaria deberá enviar a la Dirección de Postgrado un informe académico con las actividades

curriculares realizadas, incluyendo un informe oficial de avance, firmado por el Director de

Postgrado de la Facultad o, en su defecto, por el Jefe de Programa de Postgrado.

5. En caso de ausentarse de Chile, durante la duración del programa por cualquier motivo, por un

periodo mayor a un mes, es obligación de la becaria para que pueda seguir percibiendo los

beneficios otorgados por este convenio, solicitar con una anticipación de dos meses, al Comité

Académico del programa, la aceptación o rechazo de la continuidad de la beca mientras dure

la estadía en el extranjero de la becaria, la que deberá ser informada por el Comité Académico

del programa a la Dirección de Postgrado.

6. En caso de ser beneficiado con cualquier otra beca externa a la universidad, durante la

duración del programa, que cubra en forma total o parcial los beneficios de este convenio, es

obligación de la becaria informar al momento de ser notificado por la institución externa que se le

otorgará una beca, a la Dirección de Postgrado, la que procederá a suspender total o

parcialmente, según sea el caso, la entrega de los beneficios concedidos por el presente

convenio, hasta que la becaria empiece efectivamente a percibir la beca externa que se le

otorgó. La becaria no quedará sin beca durante el periodo que se gestiona la beca externa, sin

embargo; la becaria deberá devolver a la Universidad a través de la Dirección de Postgrado, el

dinero correspondiente a los meses que percibió los beneficios de este convenio, y que

posteriormente la institución externa le devolvió retroactivamente la beca por estos meses que

cubrió la Universidad.

7. Informar a la Dirección de Postgrado de cualquier suspensión, modificación, reincorporación,

notas pendientes o cualquier otra situación que prolongue la duración del programa, deberá

obtener previamente la aprobación del Director de Postgrado de la Facultad o Jefe de

Programa de Postgrado, en los casos que proceda, según lo dispuesto en el Reglamento

general de Postgrado.

8. El informe final elaborado por de la becaria debe incluir al menos un manuscrito o publicación, el

que debe acreditarse aceptado para evaluación en revistas Scielo, Scopus o WOS.


9. Las publicaciones que se generen durante el período de desarrollo de la Beca deberán en

todos los casos mencionar como institución de la becaria, a la Universidad Católica de la

Santísima Concepción.

10. La becaria se compromete a ejecutar tareas asignadas por la Dirección de postgrado, su

facultad o su programa, en condición de retribución por la beca adjudicada. Las asignaciones

de estas tareas no deberán interferir en ningún caso con el desarrollo del plan de estudios de la

becaria. Las tareas serán indicadas semestralmente a la becaria en la forma establecida por

quién le asigne las tareas y su correcta ejecución, será condicionante para la renovación de la

beca.

CUARTO: En virtud de este convenio, la becaria se compromete a:

a) Cumplir las normativas que regulan la vida académica y estudiantil de la Universidad Católica

de la Santísima Concepción;

b) Asistir y participar regularmente de clases presenciales y/o virtuales según sea el caso, y

demás actividades académicas;

c) Cumplir con las actividades curriculares del plan de estudio al que se adscribe y con las

normas de asistencia, evaluación, promoción y graduación que fija la Universidad y/o el Ministerio de

Educación;

d) Responder por la pérdida y deterioro de libros, equipos o implementos de la Universidad

cuando esta pérdida y/o deterioro se produzca por actos u omisiones culpables, sea que acarreen o

no perjuicio a la comunidad académica o a la propia Universidad;

e) Pagar el arancel del programa en la forma comprometida y estar al día en dicho pago o sus

cuotas al momento de inscribir y cursar las actividades curriculares de su plan de estudios, en caso

de que procediere.

f) Documentar, en caso de pago en cuotas, el pago del arancel, firmando un pagaré con

vencimiento anual, por el monto de lo adeudado cada año, mientras dure el Programa de Postgrado.

g) Proveer, a su costa, de los implementos que sean de uso personal y que requieran los

estudios propios de su programa o plan de estudio.

h) Cuidar sus pertenencias personales. El Estudiante declara conocer y aceptar que la

Universidad no se hará responsable por pérdida, robo, hurto o destrucción de éstas.

i) Desarrollar en forma permanente un buen clima de respeto y trato deferente con los otros

miembros de la Comunidad Universitaria conforme las normas y principios que rige en la

Universidad.

j) Utilizar como vía formal de comunicación con la Universidad el correo electrónico institucional

que se le otorgará en su calidad de Estudiante.

k) El Estudiante declara que sus datos señalados en la comparecencia de este contrato son

fidedignos y son proporcionados para efectos de registro, comunicación y notificación con la

Universidad; asimismo, se obliga a comunicar a la jefatura de su programa cualquier modificación de

dichos datos.

QUINTO: En virtud de este convenio, la Estudiante está facultada para:

a) Conocer la reglamentación académica, administrativa y financiera que norma la vida

estudiantil en la Universidad, así como la calendarización de las actividades académicas.

b) Utilizar la infraestructura física y plataforma virtual, destinada a la docencia, conforme a las

normas de uso impartidas por la Universidad y respetar el derecho de los demás estudiantes sobre

ésta; sin perjuicio del pago de los derechos establecidos para tal efecto por la Universidad, cuando

sea procedente.

c) Participar en todas las actividades lectivas presenciales y/o virtuales de carácter académicas

o formativas complementarias inscritas y, en las extracurriculares que se desarrollen en la

Universidad;

d) Solicitar y obtener los certificados que necesite para acreditar su calidad de estudiante y los

estudios cursados.

SEXTO: Por su parte la Universidad se compromete a:

a) Cumplir en forma oportuna el Programas de Estudio en que se matricula el estudiante y las

normas de evaluación y graduación establecidas en la reglamentación vigente. En todo caso, la

Universidad queda facultada para actualizar el programa de estudio, reglamentación o

procedimientos, cuando las circunstancias lo ameriten; pudiendo realizar actividades en forma

presencial o virtual según las condiciones sanitarias lo permitan.

b) Impartir las actividades académicas fijadas según de acuerdo con el calendario semestral,

trimestral y anual y, su programación horaria; las que pudieran modificarse a razón de las

condiciones sanitarias del país u otro hecho que se disponga por disposición de la autoridad.

c) Promover actividades complementarias que contribuyan al desarrollo integral del estudiante;

d) Informar las fechas y formas de pago del derecho básico de matrícula, aranceles y otros

derechos, en caso de que procediere.

e) Designar por parte de la Dirección de Postgrado o programa tareas que puedan ser

ejecutadas por los becarios, en condición por retribución de la beca adjudicada. Las asignaciones de

tareas no deberán interferir en ningún caso con el desarrollo del plan de estudios de la becaria. Las

tareas específicas serán indicadas semestralmente a la becaria y su ejecución será condicionante

para la renovación de la beca

SÉPTIMO: La renuncia, abandono o el incumplimiento de la becaria al Programa de alguna de las

obligaciones contenidas en el presente convenio y sus anexos, faculta a la Universidad para exigir la

devolución de la totalidad de los fondos o dineros que se le hubiere entregado efectivamente por

concepto de beca.

La Universidad, a través de la Dirección de Postgrado, enviará mediante correo electrónico una carta

a la becaria, informando sobre

OCTAVO: Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas por la becaria en

relación al presente Convenio, éste deberá suscribir un pagaré en Unidades de Fomento, ante

notario, por el monto equivalente a la inversión que realizó la Universidad Católica de la Santísima

Concepción. Sin dicha garantía no se dará curso a la beca.

Dicho pagaré deberá ser renovado por la becaria anualmente, al término del año académico, para

mantener la continuidad de la beca. Cada año aumentará su monto conforme a los valores mencionados en el

anexo No1, considerando la suma de el o los años anteriores ya otorgados al becaria, más el nuevo periodo

anual que se le otorgará, el pagaré se hará efectivo sólo por los fondos o dineros que la Universidad

hubiere entregado efectivamente a la Becaria durante la duración del programa.

NOVENO: Para todos los efectos legales que deriven del presente convenio, las partes fijan

domicilio en la ciudad y comuna de Concepción, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales de

Justicia.

La personería del Rector , para representar a la UNIVERSIDAD CATOLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN, consta en Decreto de Gran Cancillería N° 05/2021, de fecha 13 de mayo de 2021, reducido a escritura pública en la Notaría de fecha.

ANEXO N°1: “CONDICIONES GENERALES”.

BENEFICIOS BECA DE MANTENCIÓN

La Universidad Católica de la Santísima Concepción, concede a la Becaria una beca por la cantidad

total
de $6.000.000.- (seis millones), dividida en 24 cuotas mensuales iguales de $250.000

(doscientos cincuenta mil pesos), como financiamiento de la Beca de Mantención y hasta una

duración máxima de 2 años.

La beca de mantención se comenzará a pagar a la becaria una vez que adquiera la calidad de alumno

regular del Programa, y se irá renovando por periodos anuales, previa aprobación de la Dirección de

Postgrado, siempre que se encuentre en cumplimiento de las obligaciones contraídas en el convenio y

los requisitos de mantención de la beca. En caso contrario, se suspenderá de forma inmediata.

Esta beca de mantención será depositada mensualmente en una cuenta personal de la becaria o

mediante vale vista a su nombre, modalidad que deberá ser informada oportunamente por la becaria

a la institución.

ANEXO N°2: “ACTIVIDADES ACADÉMICAS DE LA BECARIA”.

La becaria se compromete a cursar, aprobar y terminar las actividades académicas del Programa
conducente al grado
en la Universidad Católica de la

Santísima Concepción, según el siguiente plan de estudios:

1° Semestre

Ramos

2° Semestre

Ramos

3° Semestre

Ramos

4° Semestre

-Tesis de grado

2. Sin perjuicio de lo anterior, la becaria se compromete a asistir y participar de todas las actividades

académicas programadas por el magister, sea a través del Director de

Postgrado de la Facultad o del Jefe de Programa de Postgrado.

3. La becaria se compromete a desarrollar actividades de colaboración académica, con la finalidad

de contribuir a su formación, en los Programas y/o Proyectos vigentes en la Facultad,

según acuerdo con el Director de Postgrado o del Jefe de Programa de Postgrado de la Facultad del

Programa respectivo.

4. Al término de cada periodo académico semestral, y en el plazo de un mes, la becaria deberá

enviar a la Dirección de Postgrado un informe académico con las actividades curriculares realizadas,

firmado por el Director de Postgrado de la Facultad o, en su defecto, el Jefe de Programa de

Postgrado.

El convenio de beca y sus anexos se firma electrónicamente, en conformidad a las disposiciones

de la ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de

dicha firma, quedando a disposición de las partes.

P A G A R E (Este lo renové en 2023)

Debo y pagaré a la Universidad Católica de la Santísima Concepción en su domicilio

ubicado en Alonso Ribera N°2850 Concepción, o a quien su derecho represente, la

cantidad equivalente en pesos de UF 188,4 (ciento ochenta y ocho, cuatro unidades de

fomento), suma recibida por financiamiento de Beca de Mantención para realizar

estudios de postgrado.

Se deja constancia que la deuda se desglosa en el monto: UF 188,4 por concepto de

Beca de Mantención

Individualización del deudor. - (Mis datos)

Indivisibilidad. - Todas las obligaciones derivadas de este pagaré se considerarán

indivisibles para el suscriptor, sus herederos y/o sucesores para todos los efectos

legales.

Protesto. - Libero al acreedor de la obligación de protesto, pero si la Universidad optara

por la realización de dicha diligencia, podrá hacerlo, a su libre elección; en forma

bancaria, notarial o por el funcionario público que corresponda. En todo caso en el

evento de protesto me obligo a pagar los gastos e impuestos que se devenguen.

Impuestos, derechos y gastos. – Cualquier impuesto, derecho, gasto e incremento que

para la Universidad se ocasione o devengue con motivo de la suscripción de este pagaré,

modificaciones, prorroga, renovaciones, pagos, protestos, cobranza u otra circunstancia,

será de cargo exclusivo del suscriptor.

Intereses por retardo. – En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte

del capital, se devengará, a partir de la fecha de vencimiento y hasta el pago efectivo de

la obligación, el interés máximo convencional que la ley permita estipular para

operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustables, vigente a esta fecha.

Domicilio y competencia. - Para todos los efectos legales derivados del pagaré, el

deudor o suscriptor constituye domicilio en la ciudad de Concepción.

Concepción, 2023.-

Prórrogas. - El aval acepta desde ya todas las prórrogas o renovaciones que la Universidad conceda o que pacte con el deudor.
 
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Hola a todos. Espero que estén teniendo un buen día.

Lamento mucho dar la lata acá. Un amigo me recomendó hacerme una cuenta en este foro para poder hacer preguntas de manera anónima.

Quisiera hacerles una consulta respecto a un pagaré que firmé por una beca de mantención que me dieron para realizar un magíster en una UCSC (No es anid, el magíster es nuevo así que la U pagó matrícula, arancel y manutención). El tema es que el requisito para que no me cobren esta beca es sacar un paper académico y salir del grado obviamente, pero aunque me ha ido bien y ya saqué uno de conferencia, cada día me dificulta más salir. No es un pagaré con un banco, pero hice la firma ante notario en Conce y mi papá fue mi aval. No sé si es necesario decirlo, pero mi papá está en dicom hace rato y le quedan como 5 años.

Lo que me tiene intrigada son las posibles consecuencias de no cumplir con los términos del pagaré. Debido a varios problemas personales, llegué hasta la tesis y cada día se me hace más complicado el poder sacar este postgrado. Este pagaré vencía en abril y sigo postergando la finalización de mi tesis debido a diversos problemas en la investigación y en mi vida personal. Se mencionan intereses por mora en caso de retraso en el pago, así como la indivisibilidad de las obligaciones, lo que sugiere que incluso herederos y sucesores serían responsables de la deuda.

Me pregunto qué implicaciones legales y financieras podrían surgir si no puedo cumplir con el pago en la fecha de vencimiento establecida. ¿Alguien tiene experiencia con este tipo de situaciones? ¿Qué consejos podrían ofrecer para manejar adecuadamente un pagaré como este?

Lamento si el tema no es de su agrado. Realmente me apena no poder pagar una beca de mantención, sin embargo no tengo la solvencia económica para poder estar sólo con mi trabajo part time mientras trabajo en la tesis, por lo que pronto deberé buscar un trabajo a tiempo completo, sin embargo, este pagaré es de 188 UF (7 palos) y me será muy complejo pagarlo pronto.

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A continuación voy a pegar lo que dice mi pagaré, donde quité mis datos personales:


PRIMERO: La Universidad, concede la becaria una Beca de Postgrado de Mantención, conforme a lo señalado en el Anexo N°1 “Condiciones Generales” y

Anexo No 2 “Actividades de la becaria”, anexos que, firmados por las partes, forman parte integrante

del presente Convenio.

La beca se otorga para realizar los estudios de postgrado conducentes al grado de Mi grado dictado por Facultad de la Universidad, de conformidad al decreto de Rectoría N°54/2017 de 02 de agosto del año 2017 que establece Fondo Beca Institucional para Estudiantes de Postgrado UCSC, y al Decreto de Rectoría N°03/2019 de 08 de enero del año 2019 que promulga el Reglamento General de Postgrado.

SEGUNDO La beca se otorgará por períodos anuales, la que podrá ser entregada por un plazo

máximo de dos años y en la forma establecida en el anexo N°1.

Al término de cada período anual dispuesto por el Programa y, previa aprobación por la Dirección de

Postgrado de los informes semestrales de actividades académicas; la beca podrá ser renovada, en su

duración, montos y formas indicados en la respectiva Resolución de Vicerrectoría de Investigación y

Postgrado, que se emitirá para tales efectos.

La prórroga de suspensión de estudios, de reincorporación, notas pendientes o cualquier otra

situación que prolongue la duración formal del postgrado, establecidas en el Reglamento General de

Postgrado, más allá de dos años, no dará derecho para mantener o solicitar renovación de la beca

otorgada por la Universidad.

Además, para el caso que la becaria se le otorgara la prórroga de suspensión de estudios, se

procederá a suspender los beneficios de este convenio, por el plazo que dure dicha suspensión.

TERCERO: Para mantener la beca la becaria contrae las siguientes obligaciones:

Cursar y aprobar en tiempo y forma las actividades curriculares del Programa de acuerdo al
Reglamento General de Postgrado, el Reglamento Interno del Programa, si correspondiere, y a

las actividades señaladas en el presente convenio e indicadas en el Anexo N°2.

2. Cumplir todas las exigencias académicas del Programa y del Reglamento General de

Postgrado.

3. Obtener el grado académico indicado en la cláusula primera en un plazo no superior a dos

años (4 semestres), que corresponde a la duración formal del programa.

4. Al término de cada periodo académico semestral, y en el plazo indicado en el anexo No 2, la

becaria deberá enviar a la Dirección de Postgrado un informe académico con las actividades

curriculares realizadas, incluyendo un informe oficial de avance, firmado por el Director de

Postgrado de la Facultad o, en su defecto, por el Jefe de Programa de Postgrado.

5. En caso de ausentarse de Chile, durante la duración del programa por cualquier motivo, por un

periodo mayor a un mes, es obligación de la becaria para que pueda seguir percibiendo los

beneficios otorgados por este convenio, solicitar con una anticipación de dos meses, al Comité

Académico del programa, la aceptación o rechazo de la continuidad de la beca mientras dure

la estadía en el extranjero de la becaria, la que deberá ser informada por el Comité Académico

del programa a la Dirección de Postgrado.

6. En caso de ser beneficiado con cualquier otra beca externa a la universidad, durante la

duración del programa, que cubra en forma total o parcial los beneficios de este convenio, es

obligación de la becaria informar al momento de ser notificado por la institución externa que se le

otorgará una beca, a la Dirección de Postgrado, la que procederá a suspender total o

parcialmente, según sea el caso, la entrega de los beneficios concedidos por el presente

convenio, hasta que la becaria empiece efectivamente a percibir la beca externa que se le

otorgó. La becaria no quedará sin beca durante el periodo que se gestiona la beca externa, sin

embargo; la becaria deberá devolver a la Universidad a través de la Dirección de Postgrado, el

dinero correspondiente a los meses que percibió los beneficios de este convenio, y que

posteriormente la institución externa le devolvió retroactivamente la beca por estos meses que

cubrió la Universidad.

7. Informar a la Dirección de Postgrado de cualquier suspensión, modificación, reincorporación,

notas pendientes o cualquier otra situación que prolongue la duración del programa, deberá

obtener previamente la aprobación del Director de Postgrado de la Facultad o Jefe de

Programa de Postgrado, en los casos que proceda, según lo dispuesto en el Reglamento

general de Postgrado.

8. El informe final elaborado por de la becaria debe incluir al menos un manuscrito o publicación, el

que debe acreditarse aceptado para evaluación en revistas Scielo, Scopus o WOS.


9. Las publicaciones que se generen durante el período de desarrollo de la Beca deberán en

todos los casos mencionar como institución de la becaria, a la Universidad Católica de la

Santísima Concepción.

10. La becaria se compromete a ejecutar tareas asignadas por la Dirección de postgrado, su

facultad o su programa, en condición de retribución por la beca adjudicada. Las asignaciones

de estas tareas no deberán interferir en ningún caso con el desarrollo del plan de estudios de la

becaria. Las tareas serán indicadas semestralmente a la becaria en la forma establecida por

quién le asigne las tareas y su correcta ejecución, será condicionante para la renovación de la

beca.

CUARTO: En virtud de este convenio, la becaria se compromete a:

a) Cumplir las normativas que regulan la vida académica y estudiantil de la Universidad Católica

de la Santísima Concepción;

b) Asistir y participar regularmente de clases presenciales y/o virtuales según sea el caso, y

demás actividades académicas;

c) Cumplir con las actividades curriculares del plan de estudio al que se adscribe y con las

normas de asistencia, evaluación, promoción y graduación que fija la Universidad y/o el Ministerio de

Educación;

d) Responder por la pérdida y deterioro de libros, equipos o implementos de la Universidad

cuando esta pérdida y/o deterioro se produzca por actos u omisiones culpables, sea que acarreen o

no perjuicio a la comunidad académica o a la propia Universidad;

e) Pagar el arancel del programa en la forma comprometida y estar al día en dicho pago o sus

cuotas al momento de inscribir y cursar las actividades curriculares de su plan de estudios, en caso

de que procediere.

f) Documentar, en caso de pago en cuotas, el pago del arancel, firmando un pagaré con

vencimiento anual, por el monto de lo adeudado cada año, mientras dure el Programa de Postgrado.

g) Proveer, a su costa, de los implementos que sean de uso personal y que requieran los

estudios propios de su programa o plan de estudio.

h) Cuidar sus pertenencias personales. El Estudiante declara conocer y aceptar que la

Universidad no se hará responsable por pérdida, robo, hurto o destrucción de éstas.

i) Desarrollar en forma permanente un buen clima de respeto y trato deferente con los otros

miembros de la Comunidad Universitaria conforme las normas y principios que rige en la

Universidad.

j) Utilizar como vía formal de comunicación con la Universidad el correo electrónico institucional

que se le otorgará en su calidad de Estudiante.

k) El Estudiante declara que sus datos señalados en la comparecencia de este contrato son

fidedignos y son proporcionados para efectos de registro, comunicación y notificación con la

Universidad; asimismo, se obliga a comunicar a la jefatura de su programa cualquier modificación de

dichos datos.

QUINTO: En virtud de este convenio, la Estudiante está facultada para:

a) Conocer la reglamentación académica, administrativa y financiera que norma la vida

estudiantil en la Universidad, así como la calendarización de las actividades académicas.

b) Utilizar la infraestructura física y plataforma virtual, destinada a la docencia, conforme a las

normas de uso impartidas por la Universidad y respetar el derecho de los demás estudiantes sobre

ésta; sin perjuicio del pago de los derechos establecidos para tal efecto por la Universidad, cuando

sea procedente.

c) Participar en todas las actividades lectivas presenciales y/o virtuales de carácter académicas

o formativas complementarias inscritas y, en las extracurriculares que se desarrollen en la

Universidad;

d) Solicitar y obtener los certificados que necesite para acreditar su calidad de estudiante y los

estudios cursados.

SEXTO: Por su parte la Universidad se compromete a:

a) Cumplir en forma oportuna el Programas de Estudio en que se matricula el estudiante y las

normas de evaluación y graduación establecidas en la reglamentación vigente. En todo caso, la

Universidad queda facultada para actualizar el programa de estudio, reglamentación o

procedimientos, cuando las circunstancias lo ameriten; pudiendo realizar actividades en forma

presencial o virtual según las condiciones sanitarias lo permitan.

b) Impartir las actividades académicas fijadas según de acuerdo con el calendario semestral,

trimestral y anual y, su programación horaria; las que pudieran modificarse a razón de las

condiciones sanitarias del país u otro hecho que se disponga por disposición de la autoridad.

c) Promover actividades complementarias que contribuyan al desarrollo integral del estudiante;

d) Informar las fechas y formas de pago del derecho básico de matrícula, aranceles y otros

derechos, en caso de que procediere.

e) Designar por parte de la Dirección de Postgrado o programa tareas que puedan ser

ejecutadas por los becarios, en condición por retribución de la beca adjudicada. Las asignaciones de

tareas no deberán interferir en ningún caso con el desarrollo del plan de estudios de la becaria. Las

tareas específicas serán indicadas semestralmente a la becaria y su ejecución será condicionante

para la renovación de la beca

SÉPTIMO: La renuncia, abandono o el incumplimiento de la becaria al Programa de alguna de las

obligaciones contenidas en el presente convenio y sus anexos, faculta a la Universidad para exigir la

devolución de la totalidad de los fondos o dineros que se le hubiere entregado efectivamente por

concepto de beca.

La Universidad, a través de la Dirección de Postgrado, enviará mediante correo electrónico una carta

a la becaria, informando sobre

OCTAVO: Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas por la becaria en

relación al presente Convenio, éste deberá suscribir un pagaré en Unidades de Fomento, ante

notario, por el monto equivalente a la inversión que realizó la Universidad Católica de la Santísima

Concepción. Sin dicha garantía no se dará curso a la beca.

Dicho pagaré deberá ser renovado por la becaria anualmente, al término del año académico, para

mantener la continuidad de la beca. Cada año aumentará su monto conforme a los valores mencionados en el

anexo No1, considerando la suma de el o los años anteriores ya otorgados al becaria, más el nuevo periodo

anual que se le otorgará, el pagaré se hará efectivo sólo por los fondos o dineros que la Universidad

hubiere entregado efectivamente a la Becaria durante la duración del programa.

NOVENO: Para todos los efectos legales que deriven del presente convenio, las partes fijan

domicilio en la ciudad y comuna de Concepción, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales de

Justicia.

La personería del Rector , para representar a la UNIVERSIDAD CATOLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN, consta en Decreto de Gran Cancillería N° 05/2021, de fecha 13 de mayo de 2021, reducido a escritura pública en la Notaría de fecha.

ANEXO N°1: “CONDICIONES GENERALES”.

BENEFICIOS BECA DE MANTENCIÓN

La Universidad Católica de la Santísima Concepción, concede a la Becaria una beca por la cantidad

total
de $6.000.000.- (seis millones), dividida en 24 cuotas mensuales iguales de $250.000

(doscientos cincuenta mil pesos), como financiamiento de la Beca de Mantención y hasta una

duración máxima de 2 años.

La beca de mantención se comenzará a pagar a la becaria una vez que adquiera la calidad de alumno

regular del Programa, y se irá renovando por periodos anuales, previa aprobación de la Dirección de

Postgrado, siempre que se encuentre en cumplimiento de las obligaciones contraídas en el convenio y

los requisitos de mantención de la beca. En caso contrario, se suspenderá de forma inmediata.

Esta beca de mantención será depositada mensualmente en una cuenta personal de la becaria o

mediante vale vista a su nombre, modalidad que deberá ser informada oportunamente por la becaria

a la institución.

ANEXO N°2: “ACTIVIDADES ACADÉMICAS DE LA BECARIA”.

La becaria se compromete a cursar, aprobar y terminar las actividades académicas del Programa
conducente al grado
en la Universidad Católica de la

Santísima Concepción, según el siguiente plan de estudios:

1° Semestre

Ramos

2° Semestre

Ramos

3° Semestre

Ramos

4° Semestre

-Tesis de grado

2. Sin perjuicio de lo anterior, la becaria se compromete a asistir y participar de todas las actividades

académicas programadas por el magister, sea a través del Director de

Postgrado de la Facultad o del Jefe de Programa de Postgrado.

3. La becaria se compromete a desarrollar actividades de colaboración académica, con la finalidad

de contribuir a su formación, en los Programas y/o Proyectos vigentes en la Facultad,

según acuerdo con el Director de Postgrado o del Jefe de Programa de Postgrado de la Facultad del

Programa respectivo.

4. Al término de cada periodo académico semestral, y en el plazo de un mes, la becaria deberá

enviar a la Dirección de Postgrado un informe académico con las actividades curriculares realizadas,

firmado por el Director de Postgrado de la Facultad o, en su defecto, el Jefe de Programa de

Postgrado.

El convenio de beca y sus anexos se firma electrónicamente, en conformidad a las disposiciones

de la ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de

dicha firma, quedando a disposición de las partes.

P A G A R E (Este lo renové en 2023)

Debo y pagaré a la Universidad Católica de la Santísima Concepción en su domicilio

ubicado en Alonso Ribera N°2850 Concepción, o a quien su derecho represente, la

cantidad equivalente en pesos de UF 188,4 (ciento ochenta y ocho, cuatro unidades de

fomento), suma recibida por financiamiento de Beca de Mantención para realizar

estudios de postgrado.

Se deja constancia que la deuda se desglosa en el monto: UF 188,4 por concepto de

Beca de Mantención

Individualización del deudor. - (Mis datos)

Indivisibilidad. - Todas las obligaciones derivadas de este pagaré se considerarán

indivisibles para el suscriptor, sus herederos y/o sucesores para todos los efectos

legales.

Protesto. - Libero al acreedor de la obligación de protesto, pero si la Universidad optara

por la realización de dicha diligencia, podrá hacerlo, a su libre elección; en forma

bancaria, notarial o por el funcionario público que corresponda. En todo caso en el

evento de protesto me obligo a pagar los gastos e impuestos que se devenguen.

Impuestos, derechos y gastos. – Cualquier impuesto, derecho, gasto e incremento que

para la Universidad se ocasione o devengue con motivo de la suscripción de este pagaré,

modificaciones, prorroga, renovaciones, pagos, protestos, cobranza u otra circunstancia,

será de cargo exclusivo del suscriptor.

Intereses por retardo. – En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte

del capital, se devengará, a partir de la fecha de vencimiento y hasta el pago efectivo de

la obligación, el interés máximo convencional que la ley permita estipular para

operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustables, vigente a esta fecha.

Domicilio y competencia. - Para todos los efectos legales derivados del pagaré, el

deudor o suscriptor constituye domicilio en la ciudad de Concepción.

Concepción, 2023.-

Prórrogas. - El aval acepta desde ya todas las prórrogas o renovaciones que la Universidad conceda o que pacte con el deudor.
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Por favor avísenme si mi post está en el lugar correcto. Ojalá no desordenar su foro.


Demasiado texto, llegue al 3 párrafo. Seguro alguien lo leerá entero y responderá lo que necesitas, así es este antro de sabiduría. De lo que alcance a leer, solo te diré que te hagas responsable de lo que firmas, no seas una hija de puta.
 


Demasiado texto, llegue al 3 párrafo. Seguro alguien lo leerá entero y responderá lo que necesitas, así es este antro de sabiduría. De lo que alcance a leer, solo te diré que te hagas responsable de lo que firmas, no seas una hija de puta.

Hola Arthas. Voy a hacer un resumen, gracias. Tengo toda la intención de poder sacar mi grado y así saldar mi pagaré. Lamentablemente he tenido problemas varios: Desde que renunció mi profe guía hasta un duelo más o menos complicado que no me ha dejado centrarme en la investigación.

Pregunto acá también con vergüenza, sólo quiero saber qué complicaciones legales me puede traer tener esta deuda, o si derechamente la U me va a empezar a cobrar intereses por atrasarme.

Igualmente gracias por responder.
 
Hola Arthas. Voy a hacer un resumen, gracias. Tengo toda la intención de poder sacar mi grado y así saldar mi pagaré. Lamentablemente he tenido problemas varios: Desde que renunció mi profe guía hasta un duelo más o menos complicado que no me ha dejado centrarme en la investigación.

Pregunto acá también con vergüenza, sólo quiero saber qué complicaciones legales me puede traer tener esta deuda, o si derechamente la U me va a empezar a cobrar intereses por atrasarme.

Igualmente gracias por responder.

Yo estoy en una situación similar, con la diferencia que sí voy a salir (o eso espero).

Sin embargo, si sólo firmaste con la U y no te encalillaste con ningún banco, no debería pasarte nada más que una demanda. No sé si puedas quedar en DICOM la verdad.

De hecho, aunque pidas un prestamo de consumo, si no te encalillas y entregas bienes como aval, lo peor que te puede pasar si no pagas es quedar en DICOM. Obviamente que banco falabella o lo que sea va a demandar y eso, pero es complicado que te embarguen.
 
Sí, es lo que más quiero e intento. Cada día intento avanzar todo lo que puedo. Pero pregunto por miedo, ¿Sabes qué es lo peor que puede pasar?

Gracias por tu respuesta.
lo peor que va a pasar, es que te protesten el pagare y te hagan pagar en comodas cuotas mensuales, con intereses de la puta madre, ademas de meterte a Dicom. Nadie se va preso por este tipo de weas, asi que por ese lado no vas a tener problema.
 
lo peor que va a pasar, es que te protesten el pagare y te hagan pagar en comodas cuotas mensuales, con intereses de la puta madre, ademas de meterte a Dicom. Nadie se va preso por este tipo de weas, asi que por ese lado no vas a tener problema.
Muchas gracias. De verdad. Ignoro mucho el área de deudas y legislaciones.

Me quedo más tranquila: Tenía susto porque pensé que me podían meter presa o algo similar de no poder pagar mi deuda.
 
Sí, es lo que más quiero e intento. Cada día intento avanzar todo lo que puedo. Pero pregunto por miedo, ¿Sabes qué es lo peor que puede pasar?

Gracias por tu respuesta.

Creo que lo peor que puede pasar es dejar inconcluso lo academico. Por lo que leido te falta poco, ahora la tesis sobretodo si tiene que cumplir con algun objetivo academico hace que te consuma mucho tiempo además de ser mas compleja de desarollar que una tesis charcha para sacar rapido la carrera. Lo se porque yo tuve que sacar un paper porque mi tesis era proyecto fondecit y me tomo los 2 años.

Ahora no se tu contexto actual, pero tienes que estar consciente eso de que a futuro las cosas seran mas sencillas es falso. Entre mas pasa el tiempo, más dificil se vuelve concretar cosas, yo que tu invertiria todo el esfuerzo en terminar bien y cerrar por completo el ciclo. Mira que sumarias dos cosas: lo del pago y lo de la tesis para fituro
 
Pero terminas este semestre?
Debí haber salido el semestre pasado. Sin embargo me dieron mayor plazo, entregandome nota P en la asignatura correspondiente a mi Tesis.

El lado bueno es que he tenido avances: Logré sacar un paper de conferencia el año pasado, por lo que me pusieron un 7 en la parte teórica de la tesis. Ahora sólo falta publicar el paper (Ojalá poder hacerlo) y defender.

Lo malo es que a mi jefe de carrera sólo le interesa que publique un artículo. Desde que renunció mi profe guía hace un año que nisiquiera responde a mis correos donde consulto temas fundamentales de mi área.
 
Debí haber salido el semestre pasado. Sin embargo me dieron mayor plazo, entregandome nota P en la asignatura correspondiente a mi Tesis.

El lado bueno es que he tenido avances: Logré sacar un paper de conferencia el año pasado, por lo que me pusieron un 7 en la parte teórica de la tesis. Ahora sólo falta publicar el paper (Ojalá poder hacerlo) y defender.

Lo malo es que a mi jefe de carrera sólo le interesa que publique un artículo. Desde que renunció mi profe guía hace un año que nisiquiera responde a mis correos donde consulto temas fundamentales de mi área.
y que necesitas para publicar? aca en el foraze te podemos poner en primera pagina un rato, total el @Tintolio sube puras weas :)
 
y que necesitas para publicar? aca en el foraze te podemos poner en primera pagina un rato, total el @Tintolio sube puras weas :)
jajajajajajaja muchas gracias!!! son muy amables en este foro!!!!! Mi amigo me dijo que tuviera cuidado, pero me gusta mucho el ambiente acá.

Lamentablemente publicar en un foro no vale para sacar mi grado. ¡Gracias por la buena onda!
 
Si solo te falta el tema de la publicación no debería ser tan complejo. SI te complica el inglés incluso hay gente que puedes pagarle para que lo haga.
Si es por dramas personales como dices, es por estrés u otros? un psicólogo ahora te saldría más barato que todos los intereses que deberás pagar en un futuro si te demoras en sacar la tesis
 
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