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Duda En Arrendamiento.

Pancho

Pendejit@
Registrado
2004/08/06
Mensajes
133
Hola a todos,

Tengo una duda con respecto al siguiente caso:
A es dueño de un departamento que a su vez arrienda a B (quien tiene a su mujer y un hijo). Resulta que B pelea con su mujer y desaparece, sin dejar rastros. La mujer de B, entonces, siguió pagando las rentas sin mediar contratos ni renovaciones... "de palabra".

Pasa que luego A celebra un contrato de compraventa con X quien se hace dueño del inmueble finalmente. X entonces quiere vivir en su nuevo departamento, pero la mujer de B sigue viviendo ahí. ¿Qué se puede hacer entonces para expeler a la mujer? Demanda de precario? Legislación del contrato de arrendamiento (lo dudo).

Muchas gracias por sus opiniones y ayuda.
 
Y no le avisaron antes a la señora?
Igual paja que si estai pagando de un dia pa otro te quieran sacar. Eso se conversa antes
 
En el caso de que no exista un contrato de arrendamiento y que éste haya sido de modo consensual, lamentablemente "B" no tiene como justificar que adquirió ese inmueble mediante arriendo. Me imagino que existirá alguna forma de solucionar ese tete.

Saludos.
 
A es un conchasumadre por haberle recibido plata a B hasta que llego X y B no le sirvio mas y le esta pegando la pata en la raja. Ojala B se lo cague con un par de meses por maricon.​
Supongo que A es de Aweonao no?​
 
:protesta: Muerte a A y un pape a X por gil.

Lamentablemente estas cosas solo se pueden solucionar en un tribunas y toman como poco unos 6 meses. Lo mejor es llegar a un acuerdo entre todas las partes.
 
¿Una duda, conversaron previamente A y la mujer de B, de las modalidades de este contrato verbal?
 
Así reflexionando a la rapida, el problema de un precario es que se podria probar el contrato, creo que alguna acción posesoria podria ser el camino mas adecuado.
 
solucion precario, el contrato celebrado entre A y B le es inoponible a x asi que la solucion es el precario.
minimo 6 meses, para evitar que b viva esos meses en forma gratuita solicitar al tribunal que b pague la renta de arrendamiento hasta que haga la entrega material del inmueble.

todo dependera en la terquedad de b ya que hay gente que al momento de ser notificada y acudir a la respectiva audiencia llegan a un acuerdo de dejar el inmueble en x tiempo pero tambien hay personas que esperan hasta el lanzamiento lo que en la practica estariamos hablando de 1 año
 
A es un conchesumadre por no avisarle a B con antelación, mientras feliz recibia todos los meses el pago del arriendo... X es medio weon por comprar weas que ya vienen con cacho..
 
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