Estaríamos en presencia de abuso y simulación segun los terminos del 4 Codigo Tributario, normativa actual, lo cual constituiría evasión y no elusión solo si se deja de lado (cuestión que hace todo periodista ignorante) un tema ahi que es bien discutible y son los esquemas tributarios agresivos y distinguir caso a caso verificando, no desde el punto de vista lego de la cuña periodistica, si se cumplen con los requisitos de arreglo artificial, que no hayan efectos jurídicos relevantes para el contribuyente y montaje juridico. Como son elementos taxativos, establecer el paso de la elusión, que todo contribuyente responsable debe practicar, a evasión es complicado.
Ahora en la lógica del ignorante y mal asesorado contribuyente la elusión es igual a evasión y si además el SII te dice que la evasión es diabólica, terminamos en la estúpida lógica de "si Yo no lo puedo hacer o no lo se hacer eres un empresario malvado", cuando en realidad todo Huevon que no descuenta sus gastos del pago es derechamente un imbécil